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Gastos ascensor

7 Comentarios
 
Gastos ascensor
26/01/2020 16:23
Hola.
En breve deberíamos cambiar el ascensor debido a su antigüedad; me surgen dudas por la distribución del gasto. En el título constitutivo figura la planta sótano (garajes) con el 9 % de cuota de participación y los locales con el 17%; sótano y locales no participan en gastos de mantenimiento del ascensor pero entiendo que sí deberían participar para el cambio de este, ¿es así?
Gracias desde ya.
27/01/2020 21:17
slim
El ascensor es un elemento común y forma parte del valor del edificio, efectivamente están exento de mantenimiento, pero debe comprobar si la Audiencia Provincial ha creado alguna jurisprudencia en su provincia, exonerando de todo a los locales, acuda a un abogado.
27/01/2020 21:42
slim
ni se le ocurra gasterse el dinero en un abogado para esa pregunta.
lo normal es que tenga que contribuir a su instalación, para saber si está exento solicite la escritura de división nhorizontal en el Registro, ahí le indicará si está exento o no, lo normal es que no
olvidesé de la audencia provincial
28/01/2020 12:15
slim
Loslocales estan siempre obligados al pago cuandose trata de una instalacion de ascensor exnovo, es decir instalarlo porque la finca carece de el.

En su caso, ya que dice que se trata de una renovacion (actualizacion o adaptacion a normativa) la cosa no esta tan clara.

Debera consultar la escritura de division horizontal puesto que la obligacion o no del pago dependera de la redaccion de esta exoneracion de gastos de ascensor.
Si la exoneracion del pago de gastos de ascensor es generica (no concreta cuales son) se entiende segun sentencias varias que se contienen todos los gastos sean ordinarios o no, como el caso de la renovacion, y no tendrian ustedes que contribuir a ello
Sin embargo, si la redaccion concreta los gastos de los que estan exentos (por ejem; mantenimienyo y reparacion) y la renovacion no esta expresamente mencionada si tendran que contribuir a ella.

Si tiene usted dudas respecto a la interpretacion del texto de la escritura de division horizontal siempre es mejor consultar a un abogado. En los foros puede encontrar respuesta incorrectas o inadecuadas al no tener toda la informacion de su caso concreto.
28/01/2020 14:41
chelinka
Mujer, chelinka cuanto tiempo sin leerte

Me alegro de que hayas vuelto.

Saludos.
28/01/2020 14:58
slim
Opino que si los propietarios de locales no están contribuyendo al gasto de mantenimiento del ascensor, tampoco están obligados a contribuir a la renovación.

Obligarlos a contribuir a la renovación entablando un pleito es perder el tiempo.

Los promotores de viviendas ya saben como vender mejor los locales, en títulos constitutivos y estatutos, les eximen de muchos gastos siempre que no tengan accesos al portal, piscinas, o zonas deportivas, etc.
Solo están obligados cuando no existiera el ascensor o bajarlos a cota cero por el tema de la supresión de barreras arquitectónicas.

Saludos y suerte.
29/01/2020 05:32
juanchito
Muchas gracias a todos; ha quedado claro por dónde ir en este asunto; saludos.
29/01/2020 11:42
slim
Si el título constitutivo establece, como nos comenta, que los locales están exonerados de los gastos de mantenimiento (gastos ordinarios) la exención no es genérica sino específica, gastos de mantenimiento. La sustitución integral de un ascensor debido a su antigüedad o al mal estado no puede considerarse como mantenimiento sino que es un gastos extraordinario del ascensor y por lo tanto los locales están obligados a contribuir según su cuota.
En un caso similar al suyo se pronunció hace muy poco el tribunal supremo y declaró la obligación de los locales de contribuir.
Sentencia TS 10 de octubre de 201 nº 531/2019, rec. 2693/2016.
Gastos ascensor | PorticoLegal
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Gastos ascensor
26/01/2020 16:23
Hola.
En breve deberíamos cambiar el ascensor debido a su antigüedad; me surgen dudas por la distribución del gasto. En el título constitutivo figura la planta sótano (garajes) con el 9 % de cuota de participación y los locales con el 17%; sótano y locales no participan en gastos de mantenimiento del ascensor pero entiendo que sí deberían participar para el cambio de este, ¿es así?
Gracias desde ya.
27/01/2020 21:17
slim
El ascensor es un elemento común y forma parte del valor del edificio, efectivamente están exento de mantenimiento, pero debe comprobar si la Audiencia Provincial ha creado alguna jurisprudencia en su provincia, exonerando de todo a los locales, acuda a un abogado.
27/01/2020 21:42
slim
ni se le ocurra gasterse el dinero en un abogado para esa pregunta.
lo normal es que tenga que contribuir a su instalación, para saber si está exento solicite la escritura de división nhorizontal en el Registro, ahí le indicará si está exento o no, lo normal es que no
olvidesé de la audencia provincial
28/01/2020 12:15
slim
Loslocales estan siempre obligados al pago cuandose trata de una instalacion de ascensor exnovo, es decir instalarlo porque la finca carece de el.

En su caso, ya que dice que se trata de una renovacion (actualizacion o adaptacion a normativa) la cosa no esta tan clara.

Debera consultar la escritura de division horizontal puesto que la obligacion o no del pago dependera de la redaccion de esta exoneracion de gastos de ascensor.
Si la exoneracion del pago de gastos de ascensor es generica (no concreta cuales son) se entiende segun sentencias varias que se contienen todos los gastos sean ordinarios o no, como el caso de la renovacion, y no tendrian ustedes que contribuir a ello
Sin embargo, si la redaccion concreta los gastos de los que estan exentos (por ejem; mantenimienyo y reparacion) y la renovacion no esta expresamente mencionada si tendran que contribuir a ella.

Si tiene usted dudas respecto a la interpretacion del texto de la escritura de division horizontal siempre es mejor consultar a un abogado. En los foros puede encontrar respuesta incorrectas o inadecuadas al no tener toda la informacion de su caso concreto.
28/01/2020 14:41
chelinka
Mujer, chelinka cuanto tiempo sin leerte

Me alegro de que hayas vuelto.

Saludos.
28/01/2020 14:58
slim
Opino que si los propietarios de locales no están contribuyendo al gasto de mantenimiento del ascensor, tampoco están obligados a contribuir a la renovación.

Obligarlos a contribuir a la renovación entablando un pleito es perder el tiempo.

Los promotores de viviendas ya saben como vender mejor los locales, en títulos constitutivos y estatutos, les eximen de muchos gastos siempre que no tengan accesos al portal, piscinas, o zonas deportivas, etc.
Solo están obligados cuando no existiera el ascensor o bajarlos a cota cero por el tema de la supresión de barreras arquitectónicas.

Saludos y suerte.
29/01/2020 05:32
juanchito
Muchas gracias a todos; ha quedado claro por dónde ir en este asunto; saludos.
29/01/2020 11:42
slim
Si el título constitutivo establece, como nos comenta, que los locales están exonerados de los gastos de mantenimiento (gastos ordinarios) la exención no es genérica sino específica, gastos de mantenimiento. La sustitución integral de un ascensor debido a su antigüedad o al mal estado no puede considerarse como mantenimiento sino que es un gastos extraordinario del ascensor y por lo tanto los locales están obligados a contribuir según su cuota.
En un caso similar al suyo se pronunció hace muy poco el tribunal supremo y declaró la obligación de los locales de contribuir.
Sentencia TS 10 de octubre de 201 nº 531/2019, rec. 2693/2016.