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Gastos de comunidad de piso en uso y disfrute. ¿Reclamación?

2 Comentarios
 
Gastos de comunidad de piso en uso y disfrute. ¿reclamación?
20/02/2007 12:04
Mi padre se ha vendido el piso donde vive mi madre por uso y disfrute concedido por sentencia de divorcio mientras viva. El piso está única y exclusivamente a nombre de mi padre (separación de bienes) ella solo puede vivir allí, ahora se lo ha vendido a un inversor. Hasta ahora y durante 20 años ella ha estado pagando los gastos de comunidad ordinario y extraordinario por miedo a que el no lo pagasen y embargasen el piso. Ahora se supone que deberá pagarlos el nuevo propietario?. Y ¿puede mi madre reclamarle toda esta cantidad pagada a mi padre? ya que el motivo de asumirlo ella era el miedo a que lo embargasen y él lo ha vendido a un tercero?. En la sentencia de divorcio no decía nada de quien debía pagarlos, ella lo asumió por consejo de un abogado.
20/02/2007 12:14
Los gastos de comunidad debe pagarlos el propietario pues es el responsable frente a la comunidad, si existe arrendamiento (que no es el caso), el inquilino lo abona al propietario para que éste se lo ingrese a la comunidad. Entiendo que podría reclamar las que no estén prescritas pues se hizo cargo de gastos imputables al propietario.
Un saludo.
20/02/2007 12:16
Y a partir de ahora pagará el nuevo propietario, aunque ella siga disfrutando del uso y disfrute. ¿Es así?
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Gastos de comunidad de piso en uso y disfrute. ¿reclamación?
20/02/2007 12:04
Mi padre se ha vendido el piso donde vive mi madre por uso y disfrute concedido por sentencia de divorcio mientras viva. El piso está única y exclusivamente a nombre de mi padre (separación de bienes) ella solo puede vivir allí, ahora se lo ha vendido a un inversor. Hasta ahora y durante 20 años ella ha estado pagando los gastos de comunidad ordinario y extraordinario por miedo a que el no lo pagasen y embargasen el piso. Ahora se supone que deberá pagarlos el nuevo propietario?. Y ¿puede mi madre reclamarle toda esta cantidad pagada a mi padre? ya que el motivo de asumirlo ella era el miedo a que lo embargasen y él lo ha vendido a un tercero?. En la sentencia de divorcio no decía nada de quien debía pagarlos, ella lo asumió por consejo de un abogado.
20/02/2007 12:14
Los gastos de comunidad debe pagarlos el propietario pues es el responsable frente a la comunidad, si existe arrendamiento (que no es el caso), el inquilino lo abona al propietario para que éste se lo ingrese a la comunidad. Entiendo que podría reclamar las que no estén prescritas pues se hizo cargo de gastos imputables al propietario.
Un saludo.
20/02/2007 12:16
Y a partir de ahora pagará el nuevo propietario, aunque ella siga disfrutando del uso y disfrute. ¿Es así?