Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Gastos de sumimistro eléctrico: recibo de la luz.

4 Comentarios
 
Gastos de sumimistro eléctrico: recibo de la luz.
13/12/2019 22:27
Entré a vivir en el piso actual el 22 de noviembre.

Dejé el otro piso el 22 de noviembre.

Leimos contador y me cobraron consumo hasta ese día.

En el nuevo piso me han dicho que no dan recibo de los gastos de luz. Sí de la renta.

Solo fotocopia de la factura desglosada de Iberdrola con el sello de pagado.

Me ha llamado la mujer del arrendador según contrato y ha puesto en la mesa una factura de Iberdrola.

Me ha dicho que le dijeron en Iberdrola que había que prorratear al no ser un mes entero.

No había buena iluminación y con la letra pequeña y sin gafas y el ruido de otras dos personas hablando; yo dividí entre 30 y multipliqué por 9 días que estuve en noviembre.

Luego me dí cuenta que en el período que abarca ese recibo no estaba aún viviendo en el piso.
Yo estaba en el otro piso.

Debido a que tenía que avisar con 30 días de antelación que dejaba el antiguo piso para no perder la fianza, entré en el nuevo piso el 22 de noviembre.

La factura de la luz va del 20/10/19 a 21/11/19.
Entré a vivir en el piso el 22/11/19.

Entiendo que NO tengo que pagar nada de ese recibo.

Prorratee por error 9 días. Pensé que iba de 1 a 30 de octubre pero no lo leí ni interpreté bien.

No creo que tuviera que prorratear 21 días de noviembre.

Se acordó que no pagaba renta mientras esperábamos los 30 días de preaviso.

Me correspondería pagar algo?

Esta arrendadora es casi analfabeta.

El marido no.

Pero el manda poco a pesar de ser el que fima contrato de arrendamiento. Y el titular en las facturas de suministros.
14/12/2019 08:10
Joseasturias
Si le han cobrado electricidad durante un tiempo en que usted no era arrendatario de ese piso, no le corresponde a usted pagarla, sea unos días antes de usted mudarse o del año anterior. También dice usted que se acordó "que no pagaba renta mientras esperábamos los 30 días de preaviso" - habría que ver para estar totalmente seguros lo que acordaron de los suministros en ese tiempo.
14/12/2019 10:03
Legil
Aún no me la han cobrado.

De los suministros no acordamos nada expresamente.

Lógicame al no estar yo viviendo hasta el día siguiente 22/11/19 al que abarca el período dela factura que va de 20/10/19 a 21/11/19, supongo que no me correspondería pagarlo.

Pagué ese mismo período el recibo de la luz en el piso en que vivía antes.

No soy omnipresente.

Cosa distinto es que calle y no diga nada porque es una vieja casi totalmente analfabeta la mujer del arrendador.
Y pague.
Y prefiero llevarme bien.
Saben donde trabajo de funcionario los arrendadores pero a ella le da igual, de momento.
14/12/2019 10:56
Joseasturias
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Legil.
14/12/2019 12:44
Joseasturias
No se dijo nada expresamente de los gastos de luz.

Se dijo que yo pagaba renta desde el día que entrase a vivir.
El 22 de noviembre.

Entiendo que si no se dijo nada no tengo que pagar el recibo de la luz del tiempo que no estuve viviendo.
Gastos de sumimistro eléctrico: recibo de la luz. | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Gastos de sumimistro eléctrico: recibo de la luz.

4 Comentarios
 
Gastos de sumimistro eléctrico: recibo de la luz.
13/12/2019 22:27
Entré a vivir en el piso actual el 22 de noviembre.

Dejé el otro piso el 22 de noviembre.

Leimos contador y me cobraron consumo hasta ese día.

En el nuevo piso me han dicho que no dan recibo de los gastos de luz. Sí de la renta.

Solo fotocopia de la factura desglosada de Iberdrola con el sello de pagado.

Me ha llamado la mujer del arrendador según contrato y ha puesto en la mesa una factura de Iberdrola.

Me ha dicho que le dijeron en Iberdrola que había que prorratear al no ser un mes entero.

No había buena iluminación y con la letra pequeña y sin gafas y el ruido de otras dos personas hablando; yo dividí entre 30 y multipliqué por 9 días que estuve en noviembre.

Luego me dí cuenta que en el período que abarca ese recibo no estaba aún viviendo en el piso.
Yo estaba en el otro piso.

Debido a que tenía que avisar con 30 días de antelación que dejaba el antiguo piso para no perder la fianza, entré en el nuevo piso el 22 de noviembre.

La factura de la luz va del 20/10/19 a 21/11/19.
Entré a vivir en el piso el 22/11/19.

Entiendo que NO tengo que pagar nada de ese recibo.

Prorratee por error 9 días. Pensé que iba de 1 a 30 de octubre pero no lo leí ni interpreté bien.

No creo que tuviera que prorratear 21 días de noviembre.

Se acordó que no pagaba renta mientras esperábamos los 30 días de preaviso.

Me correspondería pagar algo?

Esta arrendadora es casi analfabeta.

El marido no.

Pero el manda poco a pesar de ser el que fima contrato de arrendamiento. Y el titular en las facturas de suministros.
14/12/2019 08:10
Joseasturias
Si le han cobrado electricidad durante un tiempo en que usted no era arrendatario de ese piso, no le corresponde a usted pagarla, sea unos días antes de usted mudarse o del año anterior. También dice usted que se acordó "que no pagaba renta mientras esperábamos los 30 días de preaviso" - habría que ver para estar totalmente seguros lo que acordaron de los suministros en ese tiempo.
14/12/2019 10:03
Legil
Aún no me la han cobrado.

De los suministros no acordamos nada expresamente.

Lógicame al no estar yo viviendo hasta el día siguiente 22/11/19 al que abarca el período dela factura que va de 20/10/19 a 21/11/19, supongo que no me correspondería pagarlo.

Pagué ese mismo período el recibo de la luz en el piso en que vivía antes.

No soy omnipresente.

Cosa distinto es que calle y no diga nada porque es una vieja casi totalmente analfabeta la mujer del arrendador.
Y pague.
Y prefiero llevarme bien.
Saben donde trabajo de funcionario los arrendadores pero a ella le da igual, de momento.
14/12/2019 10:56
Joseasturias
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Legil.
14/12/2019 12:44
Joseasturias
No se dijo nada expresamente de los gastos de luz.

Se dijo que yo pagaba renta desde el día que entrase a vivir.
El 22 de noviembre.

Entiendo que si no se dijo nada no tengo que pagar el recibo de la luz del tiempo que no estuve viviendo.