Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Gastos en alquiler

4 Comentarios
 
Gastos en alquiler
03/03/2020 17:01
Buenos días.
En enero del año pasado (2019) alquile un piso. Pago x dinero por el alquiler y otros 200 € para gastos de suministros. Por contrato pone que al año se regularizaran las cantidades pagando la diferencia o devolviendo lo pagado demás. El caso es que se que mis gastos no son ni de lejos los 2400€ que he pagado, calculo que son la mitad mas o menos.
La casera "no tiene tiempo" para hacer las cuentas, y ni me contesta ni me enseña las facturas correspondientes.
Lógicamente yo quiero que me devuelva lo que he pagado de más y ver si se podría regularizar cada menos tiempo.
¿Como me aconsejáis a proceder?
03/03/2020 19:12
solub
En primer lugar yo le recomiendo un requerimiento amistoso, mediante un burofax con acuse de recibo y certificación de texto; en el escrito dele un plazo prudente para responder, de una semana, por ejemplo.

Si no responde tiene varias opciones:

1º- La mas barata: usted, en cuanto inquilino, es consumidor, pida la mediación de los servicios de consumo de su municipio, o de los servicios de vivienda de su comunidad autonómica.

2º- Esto es mas caro: al hablar de una cuantía de 2.400 € se necesita abogado y procurador: el abogado encargado debe decidir la acción que entabla, yo de momento, y sin estudiar a fondo el asunto, me inclino por la de rendición de cuentas, ya que estimo que se trata de un mandamiento para gestionar dichos pagos, o sea, que no se concibe que haya entrega anticipada de fondos sujetos a liquidación si no hay mandamiento.

Cito:

"La rendición de cuentas es la operación que está obligada a realizar toda persona que tenga encomendada la administración de bienes ajenos, (...) con indicación de todo cuanto ha realizado en el desempeño de su cometido, de todo lo que ha pagado y de todo cuanto ha recibido: Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 28-10-1969."

Pero igual puede considerarse como un pago hecho por tercero del art. 1158 CC. En todo caso, el abogado que usted elija decidirá el enfoque.
04/03/2020 08:02
solub
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
05/03/2020 23:25
solub
Gracias por los consejos.
Otra pregunta. ¿Me ha de mostrar los recibos de lo pagado? o ¿diciéndome la cantidad se supone que he de quedar conforme?
06/03/2020 08:16
solub
Como bien le han comentado los compañeros, si hay que realizar una regularización sobre las cantidades pagadas por suministros, la casera debe presentar las cuentas y las facturas para que ambos queden conformes. Si fuese al revés y hubiese pagado de menos, no tendría tanto reparo en mostrarselas.
Gastos en alquiler | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Gastos en alquiler

4 Comentarios
 
Gastos en alquiler
03/03/2020 17:01
Buenos días.
En enero del año pasado (2019) alquile un piso. Pago x dinero por el alquiler y otros 200 € para gastos de suministros. Por contrato pone que al año se regularizaran las cantidades pagando la diferencia o devolviendo lo pagado demás. El caso es que se que mis gastos no son ni de lejos los 2400€ que he pagado, calculo que son la mitad mas o menos.
La casera "no tiene tiempo" para hacer las cuentas, y ni me contesta ni me enseña las facturas correspondientes.
Lógicamente yo quiero que me devuelva lo que he pagado de más y ver si se podría regularizar cada menos tiempo.
¿Como me aconsejáis a proceder?
03/03/2020 19:12
solub
En primer lugar yo le recomiendo un requerimiento amistoso, mediante un burofax con acuse de recibo y certificación de texto; en el escrito dele un plazo prudente para responder, de una semana, por ejemplo.

Si no responde tiene varias opciones:

1º- La mas barata: usted, en cuanto inquilino, es consumidor, pida la mediación de los servicios de consumo de su municipio, o de los servicios de vivienda de su comunidad autonómica.

2º- Esto es mas caro: al hablar de una cuantía de 2.400 € se necesita abogado y procurador: el abogado encargado debe decidir la acción que entabla, yo de momento, y sin estudiar a fondo el asunto, me inclino por la de rendición de cuentas, ya que estimo que se trata de un mandamiento para gestionar dichos pagos, o sea, que no se concibe que haya entrega anticipada de fondos sujetos a liquidación si no hay mandamiento.

Cito:

"La rendición de cuentas es la operación que está obligada a realizar toda persona que tenga encomendada la administración de bienes ajenos, (...) con indicación de todo cuanto ha realizado en el desempeño de su cometido, de todo lo que ha pagado y de todo cuanto ha recibido: Sentencia de la Sala 1ª del Tribunal Supremo de 28-10-1969."

Pero igual puede considerarse como un pago hecho por tercero del art. 1158 CC. En todo caso, el abogado que usted elija decidirá el enfoque.
04/03/2020 08:02
solub
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
05/03/2020 23:25
solub
Gracias por los consejos.
Otra pregunta. ¿Me ha de mostrar los recibos de lo pagado? o ¿diciéndome la cantidad se supone que he de quedar conforme?
06/03/2020 08:16
solub
Como bien le han comentado los compañeros, si hay que realizar una regularización sobre las cantidades pagadas por suministros, la casera debe presentar las cuentas y las facturas para que ambos queden conformes. Si fuese al revés y hubiese pagado de menos, no tendría tanto reparo en mostrarselas.