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Gastos en extinción de condominio con hipoteca

2 Comentarios
 
Gastos en extinción de condominio con hipoteca
17/02/2020 17:59
Buenas tardes,
Mi marido y yo vamos a separarnos y tenemos una hipoteca que queremos resolver. Para ello hemos decidido realizar una extinción de condominio, el se quedaría con mi parte, que aunque figura un 50% a efectos de hipoteca, en realidad yo sólo tengo 1/3 parte de la propiedad, y así lo hemos escriturado en la escritura de compraventa. Él quiere quedarse con la vivienda, por lo que me abonará a mí la parte proporcional que me corresponde.
Dicho esto, a la hora de realizar las gestiones de la extinción de condominio, tengo entendido que a la parte "compradora" le correspondería abonar los gastos correspondientes a AJD y a la parte vendedora los gastos de notaría, registro y plusvalía (en caso de haberla, desde luego en nuestro caso no lo es ya que cuando compramos las viviendas estaban más caras, con diferencia).
Resumiendo, podrían confirmarme que esto es así? y si así fuere, el importe que nos quedaría de la hipoteca a abonar serían 242000 €. Podrían decirme de manera aproximada cuanto sería el gasto de notaría y registro? Tengo entendido que el de AJD está entre el 1 y el 1,5% dependiente de la CCAA en donde se resida.
Mil gracias
19/02/2020 10:37
otropati
El precio de la notaría y el registro dependen del bien del inmueble, no de la hipoteca. Se lo dirán en la propia notaría donde vayan a formalizar la extinción de condominio, pregunte ahí y se lo dirán casi al céntimo. De todas maneras se puede repercutir el coste como quieran, aunque el de registro corresponde en todo caso al comprador, que es el que lo va a poner a su nombre, no al vendedor.
De todas maneras, una pregunta: ¿están ustedes en separación de bienes? Si lo están, no hay problema, pero si están en gananciales esa vivienda no es un condominio que se pueda extinguir, sino que la vía sería una liquidación de gananciales (que es judicial, se puede realizar en el momento mismo del divorcio, y sería mucho más económica porque no habría impuestos).
19/02/2020 19:35
paquito xocolatero
Muchas gracias por su respuesta, y atendiendo a la misma, efectivamente tenemos separación de bienes.
Resumiendo, tanto AJD como registro está regulado que van por cuenta del comprador, mientras que plusvalía iría por cuenta del que vendedor, quedando por determinar quien pagaría la notaría.
Gracias mil,
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Gastos en extinción de condominio con hipoteca

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Gastos en extinción de condominio con hipoteca
17/02/2020 17:59
Buenas tardes,
Mi marido y yo vamos a separarnos y tenemos una hipoteca que queremos resolver. Para ello hemos decidido realizar una extinción de condominio, el se quedaría con mi parte, que aunque figura un 50% a efectos de hipoteca, en realidad yo sólo tengo 1/3 parte de la propiedad, y así lo hemos escriturado en la escritura de compraventa. Él quiere quedarse con la vivienda, por lo que me abonará a mí la parte proporcional que me corresponde.
Dicho esto, a la hora de realizar las gestiones de la extinción de condominio, tengo entendido que a la parte "compradora" le correspondería abonar los gastos correspondientes a AJD y a la parte vendedora los gastos de notaría, registro y plusvalía (en caso de haberla, desde luego en nuestro caso no lo es ya que cuando compramos las viviendas estaban más caras, con diferencia).
Resumiendo, podrían confirmarme que esto es así? y si así fuere, el importe que nos quedaría de la hipoteca a abonar serían 242000 €. Podrían decirme de manera aproximada cuanto sería el gasto de notaría y registro? Tengo entendido que el de AJD está entre el 1 y el 1,5% dependiente de la CCAA en donde se resida.
Mil gracias
19/02/2020 10:37
otropati
El precio de la notaría y el registro dependen del bien del inmueble, no de la hipoteca. Se lo dirán en la propia notaría donde vayan a formalizar la extinción de condominio, pregunte ahí y se lo dirán casi al céntimo. De todas maneras se puede repercutir el coste como quieran, aunque el de registro corresponde en todo caso al comprador, que es el que lo va a poner a su nombre, no al vendedor.
De todas maneras, una pregunta: ¿están ustedes en separación de bienes? Si lo están, no hay problema, pero si están en gananciales esa vivienda no es un condominio que se pueda extinguir, sino que la vía sería una liquidación de gananciales (que es judicial, se puede realizar en el momento mismo del divorcio, y sería mucho más económica porque no habría impuestos).
19/02/2020 19:35
paquito xocolatero
Muchas gracias por su respuesta, y atendiendo a la misma, efectivamente tenemos separación de bienes.
Resumiendo, tanto AJD como registro está regulado que van por cuenta del comprador, mientras que plusvalía iría por cuenta del que vendedor, quedando por determinar quien pagaría la notaría.
Gracias mil,