Acudan a un letrado que en todo caso le necesitan para la ratificacion judicial de su separacion/divorcio El les asesorara pero tanto en cuanto nos encontramos con la liquidacion de la sociedad de gananciales y la disolucion del condominio, en principio estara exento de ITP quedando el resto de gastos al 50% ( notaria, registro. ICJD etc) Un saludo
Si se ratifican ante el juez, bastará con pagar abogado y procurador, creo que basta con la anotación en el registro, pero no estoy muy segura. En ese caso libraría los gastos de notario.
Hola, pido ayuda para saber qué gastos debería de pagar en mi caso de separación matrimonial referente a lo siguiente:
Mi mujer y yo estamos en situación de vienes gananciales y vamos a separarnos de mutuo acuerdo.
La vivienda habitual me la voy a quedar yo comprando a mi mujer su parte que es el 50% nos han recomendado que en el convenio regulador hagamos constar que en ese acto procedemos a realizar la disolución de gananciales, yo deberé de abonar a mi mujer la cantidad de 120.000 € correspondientes al 50% de la vivienda, pero yo no se que gastos tendré que abonar de notarios, escrituras, impuestos.
¿qué conceptos son los que debería de pagar? ¿Tengo que volver a pagar escrituras, notarios, impuestos de transmisiones patrimoniales y etc.?