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Gastos en vivienda

8 Comentarios
 
Gastos en vivienda
14/02/2018 22:02
Hola. Hace ya 10 años se le atribuyó a la madre de mi hijo el uso y disfrute de la vivienda, la cuál es mía al 100%. La compré estando soltero.
En sentencia no se especificó nada sobre los gastos y bueno, te callas y te aguantas. Pero llega un momento en el que ya no puedes más; hipoteca, Ibi, comunidad y basura.
¿Creéis que conseguiré algo reclamando?. Me han comentado que ella debería de pagar comunidad y basura, que solicite una modificación de sentencia el cuál lo especifique.
¿Qué me decís?.
Luego está el tema del novio de la madre de mi hijo. Allí lleva viviendo 7 años. Pero me dijeron que me tenía que meter en detectives para demostrarlo y me niego. Cuesta muy caro.
Un saludo
14/02/2018 23:46
Mydso
Legalmente y salvo que la sentencia de divorcio indique algo diferente, el conyuge que tiene el uso de la vivienda debe pagar los gastos derivados del uso (luz, agua,etc) mientras que los impuestos (IBI, basura) deben ser pagados por el propietario.

En lo único que no hay jurisprudencia clara es en el pago de la comunidad ya que teoricamente le corresponde al propietario pero varias audiencias provinciales lo han establecido como derivado del uso habitual de la vivienda y por tanto debería pagarlo el conyuge que tiene el uso de la vivienda.

Es decir que legalmente usted debe asumir los pagos de la hipoteca, el IBI y el impuesto de basuras. Lo único que podría solicitar modificar es la cuota de la comunidad, y aun así no hay garantía de que se le otorgue el cambio.
15/02/2018 10:09
Mydso
Los impuestos y las obligaciones con la comunidad son única y exclusivamente del propietario, viva ahí él, esté vacía, tenga otorgado el derecho de uso a otras personas, o se tenga alquilada la vivienda. Se puede llegar a acuerdo para que otro se haga cargo de esos gastos (bien en convenio de separación o paternofiliales, o en contrato de alquiler) pero de cara a quien puede cobrar por estos conceptos el único obligado al pago y a quien se exigirá o embargará llegado el caso, es el propietario. Este a su vez podrá reclamar esas cantidades si hubiera acuerdo para que las asumiera otra parte, pero si no hay acuerdo contractual sobre el que pueda reclamarlo, no procederá reclamación alguna de una obligación que como propietario le corresponde únicamente a este.
15/02/2018 11:41
paquito xocolatero
Existen varias sentencias de Audiencias provinciales que han dado la razón al propietario en el pago de la comunidad, ya que lo consideran un gasto derivado del uso de la vivienda. No obstante y tal como indica, en caso de impago, la comunidad iría contra el propietario.
15/02/2018 12:02
Mydso
Sí, la comunidad (los gastos ordinarios, al menos) puede asociarse al uso, aunque depende mucho de como esté redactado el convenio. Sería de todas maneras por el acuerdo (el convenio en este caso) entre el propietario y el que la ocupa; de cara a la comunidad es irrelevante y el obligado al pago es el propietario en todo caso. El IBI podría ser mucho más discutible (diría que no hay sentencias en este sentido salvo acuerdo explícito), y las derramas o la hipoteca en cambio no tiene mucho sentido que vaya asociado al uso, ya que son pagos que de una forma u otra revierten en el valor de la propiedad.
15/02/2018 12:11
Mydso
Totalmente de acuerdo, por los casos que yo he visto, el único sitio donde "rascar" sería en el pago a la comunidad. Los impuestos municipales se consideran un gasto inherente a la propiedad y recaen directamente en el propietario.

Los gastos por derrama recaen en el propietario ya que no son derivados del uso y resultan en beneficio de la propiedad. Respecto a las reparaciones en caso de haberlas habría que distinguir entre las ordinarias (derivadas del uso y que tiene que pagar el que tiene uso de la vivienda) y las extraordinarias o de mejora que recaen sobre el propietario.
15/02/2018 13:23
Mydso
En fin... A seguir pagando, no queda otra.
Vaya tela, que alegría tener como únicos gastos la luz y agua. Mientras aquí el c***** paga su casa en la que no vive, más gastos, un alquiler y una manutención.
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
15/02/2018 15:37
Mydso
Es una situación generalmente injusta, no te voy a decir que no. El motivo es lógico (la defensa prioritaria del menor) pero en muchos casos se asigna de forma injustificada aunque ambos se puedan permitir igual un alquiler y no haya motivo alguno para que se quede el piso uno, no sé si será el caso. Pero bueno, míralo como una obligación que te han puesto de meter dinero en un plan de pensiones, que cuando tu hijo sea mayor podrás recuperar (por intentar ver el lado bueno), y la tranquilidad de que tu hijo tiene un mínimo cuidado. Es dinero que no disfrutas, pero que no "pierdes". Y también la pensión de alimentos, si se calculó bien, puede que sea algo menor gracias a eso.
Quedan los gastos ordinarios de comunidad, que según lo que diga o no diga el convenio, "podrías" conseguir que los tuviera que pagar ella (creo que aun no hay sentencia que dicte jurisprudencia y como dice Wolframio algún caso hay). El resto ni pierdas el tiempo.
Suerte.
16/02/2018 19:11
Mydso
En mi caso por suerte llegamos a un acuerdo y pagamos el 50% cada uno. Saludos!
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14/02/2018 22:02
Hola. Hace ya 10 años se le atribuyó a la madre de mi hijo el uso y disfrute de la vivienda, la cuál es mía al 100%. La compré estando soltero.
En sentencia no se especificó nada sobre los gastos y bueno, te callas y te aguantas. Pero llega un momento en el que ya no puedes más; hipoteca, Ibi, comunidad y basura.
¿Creéis que conseguiré algo reclamando?. Me han comentado que ella debería de pagar comunidad y basura, que solicite una modificación de sentencia el cuál lo especifique.
¿Qué me decís?.
Luego está el tema del novio de la madre de mi hijo. Allí lleva viviendo 7 años. Pero me dijeron que me tenía que meter en detectives para demostrarlo y me niego. Cuesta muy caro.
Un saludo
14/02/2018 23:46
Mydso
Legalmente y salvo que la sentencia de divorcio indique algo diferente, el conyuge que tiene el uso de la vivienda debe pagar los gastos derivados del uso (luz, agua,etc) mientras que los impuestos (IBI, basura) deben ser pagados por el propietario.

En lo único que no hay jurisprudencia clara es en el pago de la comunidad ya que teoricamente le corresponde al propietario pero varias audiencias provinciales lo han establecido como derivado del uso habitual de la vivienda y por tanto debería pagarlo el conyuge que tiene el uso de la vivienda.

Es decir que legalmente usted debe asumir los pagos de la hipoteca, el IBI y el impuesto de basuras. Lo único que podría solicitar modificar es la cuota de la comunidad, y aun así no hay garantía de que se le otorgue el cambio.
15/02/2018 10:09
Mydso
Los impuestos y las obligaciones con la comunidad son única y exclusivamente del propietario, viva ahí él, esté vacía, tenga otorgado el derecho de uso a otras personas, o se tenga alquilada la vivienda. Se puede llegar a acuerdo para que otro se haga cargo de esos gastos (bien en convenio de separación o paternofiliales, o en contrato de alquiler) pero de cara a quien puede cobrar por estos conceptos el único obligado al pago y a quien se exigirá o embargará llegado el caso, es el propietario. Este a su vez podrá reclamar esas cantidades si hubiera acuerdo para que las asumiera otra parte, pero si no hay acuerdo contractual sobre el que pueda reclamarlo, no procederá reclamación alguna de una obligación que como propietario le corresponde únicamente a este.
15/02/2018 11:41
paquito xocolatero
Existen varias sentencias de Audiencias provinciales que han dado la razón al propietario en el pago de la comunidad, ya que lo consideran un gasto derivado del uso de la vivienda. No obstante y tal como indica, en caso de impago, la comunidad iría contra el propietario.
15/02/2018 12:02
Mydso
Sí, la comunidad (los gastos ordinarios, al menos) puede asociarse al uso, aunque depende mucho de como esté redactado el convenio. Sería de todas maneras por el acuerdo (el convenio en este caso) entre el propietario y el que la ocupa; de cara a la comunidad es irrelevante y el obligado al pago es el propietario en todo caso. El IBI podría ser mucho más discutible (diría que no hay sentencias en este sentido salvo acuerdo explícito), y las derramas o la hipoteca en cambio no tiene mucho sentido que vaya asociado al uso, ya que son pagos que de una forma u otra revierten en el valor de la propiedad.
15/02/2018 12:11
Mydso
Totalmente de acuerdo, por los casos que yo he visto, el único sitio donde "rascar" sería en el pago a la comunidad. Los impuestos municipales se consideran un gasto inherente a la propiedad y recaen directamente en el propietario.

Los gastos por derrama recaen en el propietario ya que no son derivados del uso y resultan en beneficio de la propiedad. Respecto a las reparaciones en caso de haberlas habría que distinguir entre las ordinarias (derivadas del uso y que tiene que pagar el que tiene uso de la vivienda) y las extraordinarias o de mejora que recaen sobre el propietario.
15/02/2018 13:23
Mydso
En fin... A seguir pagando, no queda otra.
Vaya tela, que alegría tener como únicos gastos la luz y agua. Mientras aquí el c***** paga su casa en la que no vive, más gastos, un alquiler y una manutención.
Muchas gracias a todos por vuestras respuestas.
15/02/2018 15:37
Mydso
Es una situación generalmente injusta, no te voy a decir que no. El motivo es lógico (la defensa prioritaria del menor) pero en muchos casos se asigna de forma injustificada aunque ambos se puedan permitir igual un alquiler y no haya motivo alguno para que se quede el piso uno, no sé si será el caso. Pero bueno, míralo como una obligación que te han puesto de meter dinero en un plan de pensiones, que cuando tu hijo sea mayor podrás recuperar (por intentar ver el lado bueno), y la tranquilidad de que tu hijo tiene un mínimo cuidado. Es dinero que no disfrutas, pero que no "pierdes". Y también la pensión de alimentos, si se calculó bien, puede que sea algo menor gracias a eso.
Quedan los gastos ordinarios de comunidad, que según lo que diga o no diga el convenio, "podrías" conseguir que los tuviera que pagar ella (creo que aun no hay sentencia que dicte jurisprudencia y como dice Wolframio algún caso hay). El resto ni pierdas el tiempo.
Suerte.
16/02/2018 19:11
Mydso
En mi caso por suerte llegamos a un acuerdo y pagamos el 50% cada uno. Saludos!