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gastos extra

12 Comentarios
 
25/10/2006 22:19
uff..estoy medianamente de acuerdo...pero...un gasto extraordinario..por ejemplo una ortodoncia...(tan de moda ahora...y antes era raro..asi tengo yo la boca..jeje)...tendra que estar consesuado de que dentista aceptan el presupuesto..no??..y el colegio..de pago o publico?..y un millon de cosas mas...que esta ligado con la Patria Potestad, que suele ejercer siempre el custodio, y que su quebrantamiento tampoco sancionan los juzgados, independientemente si es considerado gasto ordinario o extraordinario..
primero...todo consensuado...
segundo..Libre ejercicio de la Patria Potestad Compartida
tercero...La morcilla de Burgos.
cuarto...."CUSTODIA COMPARTIDA" no niegues lo que te niegan a ti..
25/10/2006 13:41
Nube, yo tengo el mismo problema que tu. En la sentencia de separación (hace 15) no se decia nada de los gastos extraordinarios, que si bien en un bebe son casi inexistentes, en un adolescente pueden ser cuantiosos. Yo hablaría con el padre e intentaría consensuar los gastos extraordinarios de los que está dispuesto a hacerse cargo. En caso negativo, es decir, que consideres que puedes tener problemas, instaría a una modificación de medidas en las que de exprese de forma explícita que estos gastos serán al 50%. De todas formas, yo he tenido en mi mano una sentencia, que me enseñó mi abogado, en la que viene a decir a modo de resumen, que determinados gastos extraordinarios, de necesidad, no hace falta que esté especificado en el convenio para que sean asumidos por ambos padres, ya que el caracter extraordinario e imprevisible de los mismos determinan la no inclusión en la pensión alimenticia y la responsabilidad de ambos progenitores que tienen la patria potestad.
25/10/2006 11:15


De momento intenta ponerte de acuerdo en eso a través de abogados, como no s ha hablado de ello quizá no ponga pegas, y si las pone, ya sabe a que atenerse cuando llegue el momento e tales gatos extras, un saludito
21/10/2006 13:45
No los puedes reclamar pues la sentencia no los contempla. Otra cosa es que puedas intentar instar una modificación de medidas justificando esas necesidades por cambio de circunstancias para que se reconozcan.
Un saludo.
21/10/2006 01:39
ja ja ja nube precisamente por esos comentarios sobre el boli y el aumento de senos que tambien lei te lo pregunte porque me quede tan alucinada al leer eso ...... ; en cuanto a la ortodoncia yo no soy abogado pero a mi entender si que se trata de un gasto extraordinario al igual que las clases particulares de refuerzo como bien te ha comentado Raul37. Un saludo!
20/10/2006 13:40
Gracias a todos por las respuestas, pero sigo con dudas, porque mi problema no es determinar qué son gastos extraordinarios, sino que en la sentencia de separación se aprueba un convenio regulador en el que no se mencionan los gastos extraordinarios, ¿qué ocurre entonces con esos gastos?, ¿pueden reclamarse en todo caso al progenitor no custodio o hay que acudir a una modificación de medidas para obtener una sentencia en la que se contemple el pago de los gastos extraordinarios?.
20/10/2006 12:36
Tambien decirte Nube, que si el niñ@ necesita refuerzo escolar fuera del horario de clase,eso tambien son extras.Espero que puedas llevar una buena relación con tu ex.porque sladreis ganando todos y sobre todo tus hij@s.
20/10/2006 11:36
bienvenida al foro nube...eso lo primero...
ya habras visto que de todo hay en la viña del señor..no?? pero todos buena gente..ehh
los gastos extraordinarios..deben de ser consensuados...o sea acordados entre conyuges..hay gastos que son necesarios..como es una ortodoncia..pero habria que ponerse de acuerdo a la hora de aceptar un presupuesto..de uno..u otro dentista..no?..y por un general los gastos de escolarizacion estan incluidos dentro de la pension de alimentos..(art.142) bata, libros, etc..a no ser que especifique lo contrario en sentencia.
20/10/2006 09:18
En primer lugar, pido disculpas si he molestado a alguien. No os quepa duda de que me tomo estos temas y todo en general muy en serio, simplemente, no pude evitar una "ligera" sonrisa cuando leí que alguien reclamaba el precio de un bic o una operación de aumento de senos. Espero que esto os aclare mi postura. En mi caso, y al respecto de la respuesta de Judith, lo que pretendo reclamar son clases particulares, ortodoncia, ... en general, gastos en los que no tengo duda de que son extraordinarios. El tema es la falta de previsión en el convenio, ya que no se dice nada al respecto de los gastos extraordinarios, no sé si puedo reclamarlos con la sentencia actual o si debo acudir a una modificación de medidas. Un saludo y gracias.
20/10/2006 02:09
Nube puede saberse que tipo de gasto extraordinario es el que quieres reclamarle? (es solo por curiosidad ya que supongo que no seran los tipicos libros y como el otro dia lei varios casos que me sorprendieron mucho lo que se les reclamaba siento curiosidad por saber tu caso) Un saludo.
19/10/2006 21:57
Bueno Martir no seas dur@,ya se ira dando cuenta que hay poco de que reirse, pero hay que poner de vez encuando una nota de humor y hoy al leer este escrito de NUBE me ha saltado una sutil mueca parecida a una sonrisa...Mira NUBE, si lees en el foro y no hace ni dos dias,se ha hablado de este tema Y MUCHO.
19/10/2006 21:51
"Acabo de descubrir este foro y me parece muy interesante y divertido (algunas anécdotas son muy buenas)".
Pues en este foro no se trata de cuestiones divertidas sino de, muy al contrario, de tragedias familiares.
Gastos extra
19/10/2006 20:45
Hola a todos : acabo de descubrir este foro y me parece muy interesante y divertido (algunas anécdotas son muy buenas). El caso es que no tengo muy claro qué ocurre cuando no se ha previsto nada respecto a los gastos extraordinarios de los hijos en un convenio firmado de mutuo acuerdo. En el convenio únicamente se contiene que el progenitor no custodio abonará una cantidad mensual en concepto de alimentos para los hijos y contribución a las cargas familiares, y no se dice nada respecto a los gastos extra. ¿Es posible reclamárselos o hay que instar una modificación de medidas?. Gracias anticipadas.
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12 Comentarios
 
25/10/2006 22:19
uff..estoy medianamente de acuerdo...pero...un gasto extraordinario..por ejemplo una ortodoncia...(tan de moda ahora...y antes era raro..asi tengo yo la boca..jeje)...tendra que estar consesuado de que dentista aceptan el presupuesto..no??..y el colegio..de pago o publico?..y un millon de cosas mas...que esta ligado con la Patria Potestad, que suele ejercer siempre el custodio, y que su quebrantamiento tampoco sancionan los juzgados, independientemente si es considerado gasto ordinario o extraordinario..
primero...todo consensuado...
segundo..Libre ejercicio de la Patria Potestad Compartida
tercero...La morcilla de Burgos.
cuarto...."CUSTODIA COMPARTIDA" no niegues lo que te niegan a ti..
25/10/2006 13:41
Nube, yo tengo el mismo problema que tu. En la sentencia de separación (hace 15) no se decia nada de los gastos extraordinarios, que si bien en un bebe son casi inexistentes, en un adolescente pueden ser cuantiosos. Yo hablaría con el padre e intentaría consensuar los gastos extraordinarios de los que está dispuesto a hacerse cargo. En caso negativo, es decir, que consideres que puedes tener problemas, instaría a una modificación de medidas en las que de exprese de forma explícita que estos gastos serán al 50%. De todas formas, yo he tenido en mi mano una sentencia, que me enseñó mi abogado, en la que viene a decir a modo de resumen, que determinados gastos extraordinarios, de necesidad, no hace falta que esté especificado en el convenio para que sean asumidos por ambos padres, ya que el caracter extraordinario e imprevisible de los mismos determinan la no inclusión en la pensión alimenticia y la responsabilidad de ambos progenitores que tienen la patria potestad.
25/10/2006 11:15


De momento intenta ponerte de acuerdo en eso a través de abogados, como no s ha hablado de ello quizá no ponga pegas, y si las pone, ya sabe a que atenerse cuando llegue el momento e tales gatos extras, un saludito
21/10/2006 13:45
No los puedes reclamar pues la sentencia no los contempla. Otra cosa es que puedas intentar instar una modificación de medidas justificando esas necesidades por cambio de circunstancias para que se reconozcan.
Un saludo.
21/10/2006 01:39
ja ja ja nube precisamente por esos comentarios sobre el boli y el aumento de senos que tambien lei te lo pregunte porque me quede tan alucinada al leer eso ...... ; en cuanto a la ortodoncia yo no soy abogado pero a mi entender si que se trata de un gasto extraordinario al igual que las clases particulares de refuerzo como bien te ha comentado Raul37. Un saludo!
20/10/2006 13:40
Gracias a todos por las respuestas, pero sigo con dudas, porque mi problema no es determinar qué son gastos extraordinarios, sino que en la sentencia de separación se aprueba un convenio regulador en el que no se mencionan los gastos extraordinarios, ¿qué ocurre entonces con esos gastos?, ¿pueden reclamarse en todo caso al progenitor no custodio o hay que acudir a una modificación de medidas para obtener una sentencia en la que se contemple el pago de los gastos extraordinarios?.
20/10/2006 12:36
Tambien decirte Nube, que si el niñ@ necesita refuerzo escolar fuera del horario de clase,eso tambien son extras.Espero que puedas llevar una buena relación con tu ex.porque sladreis ganando todos y sobre todo tus hij@s.
20/10/2006 11:36
bienvenida al foro nube...eso lo primero...
ya habras visto que de todo hay en la viña del señor..no?? pero todos buena gente..ehh
los gastos extraordinarios..deben de ser consensuados...o sea acordados entre conyuges..hay gastos que son necesarios..como es una ortodoncia..pero habria que ponerse de acuerdo a la hora de aceptar un presupuesto..de uno..u otro dentista..no?..y por un general los gastos de escolarizacion estan incluidos dentro de la pension de alimentos..(art.142) bata, libros, etc..a no ser que especifique lo contrario en sentencia.
20/10/2006 09:18
En primer lugar, pido disculpas si he molestado a alguien. No os quepa duda de que me tomo estos temas y todo en general muy en serio, simplemente, no pude evitar una "ligera" sonrisa cuando leí que alguien reclamaba el precio de un bic o una operación de aumento de senos. Espero que esto os aclare mi postura. En mi caso, y al respecto de la respuesta de Judith, lo que pretendo reclamar son clases particulares, ortodoncia, ... en general, gastos en los que no tengo duda de que son extraordinarios. El tema es la falta de previsión en el convenio, ya que no se dice nada al respecto de los gastos extraordinarios, no sé si puedo reclamarlos con la sentencia actual o si debo acudir a una modificación de medidas. Un saludo y gracias.
20/10/2006 02:09
Nube puede saberse que tipo de gasto extraordinario es el que quieres reclamarle? (es solo por curiosidad ya que supongo que no seran los tipicos libros y como el otro dia lei varios casos que me sorprendieron mucho lo que se les reclamaba siento curiosidad por saber tu caso) Un saludo.
19/10/2006 21:57
Bueno Martir no seas dur@,ya se ira dando cuenta que hay poco de que reirse, pero hay que poner de vez encuando una nota de humor y hoy al leer este escrito de NUBE me ha saltado una sutil mueca parecida a una sonrisa...Mira NUBE, si lees en el foro y no hace ni dos dias,se ha hablado de este tema Y MUCHO.
19/10/2006 21:51
"Acabo de descubrir este foro y me parece muy interesante y divertido (algunas anécdotas son muy buenas)".
Pues en este foro no se trata de cuestiones divertidas sino de, muy al contrario, de tragedias familiares.
Gastos extra
19/10/2006 20:45
Hola a todos : acabo de descubrir este foro y me parece muy interesante y divertido (algunas anécdotas son muy buenas). El caso es que no tengo muy claro qué ocurre cuando no se ha previsto nada respecto a los gastos extraordinarios de los hijos en un convenio firmado de mutuo acuerdo. En el convenio únicamente se contiene que el progenitor no custodio abonará una cantidad mensual en concepto de alimentos para los hijos y contribución a las cargas familiares, y no se dice nada respecto a los gastos extra. ¿Es posible reclamárselos o hay que instar una modificación de medidas?. Gracias anticipadas.