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Gastos extraordinarios. ¿hace falta ir a juicio?

1 Comentarios
 
Gastos extraordinarios. ¿hace falta ir a juicio?
07/02/2018 16:19
Saludos,
De antemano gracias por perder su tiempo en este hilo ;). Estoy separado mediante convenio hace unos 3 años, todo estipulado en cuanto a regimen de visites, vacaciones, etc..Siempre he sido tolerante en cuanto a las solicitudes de mi ex mujer incluso he visto a la mi hija en comun en funcion de lo ella me ha dicho, y pagado religiosamente tanto la manutencion como la mitad de la hipoteca que tenemos a 50%.

Hace poco me ha impuesto sin decirme nada que he de pagar la mitad del comedor escolar, el AMPA y la actividad extraescolar, asi como un seguro que esta en la hipoteca que tiene mi nombre de forma retroactiva (es decir pagando todo lo que le debo hasta dia de hoy). No me ha dado pie a negociar imponiendome que o pago o "hará lo que tenga que hacer", no quiero tener que ir a juicio para que mi hija tenga que vivir esto, por culpa de ello bajo la cabeza, pero creo que a llegado el momento de almenos intentar ser justos. En el convenio pone literalmente

" Sin prejuicio de lo referido con anterioridad, los gastos extraordinarios que pudieran generarse, correran a cargo de ambos progenitores por mitad. A tales efectos, se consideraran gestos extraordinarios los gestos medicos no cubiertos por la SS (ortodòncia, oculista, pròtesis, etc.) y las actividades extraescolares consensuades por ambos progenitores, así como cualquier gasto imprevisible y necesario para la menor. Tambien se consideraran gestos extraordinarios los gestos de guarderia que tambien seran sufragados por mitades entre ambos progenitores"

¿Mi duda es si tengo que pagar eso que me pide legalmente?
¿Mi otra duda es si ahora que voy a tener otro niño con otra pareja cambia la situacion del convenio?

Gracias de antemano.
08/02/2018 11:48
Aureo84
Comedor escolar y AMPA son gastos previsibles y periódicos, por tanto ordinarios. Ya están incluidos en la pensión de alimentos (salvo que se indique lo contrario en el convenio) y NO tienes por qué pagarlos.
La actividad extraescolar si venía haciéndose antes de fijar la pensión por alimentos también está incluida. Si ha empezado a hacerla después depende de si se ha hecho de forma consensuada o no. Si lo ha decidido solo su madre tampoco tienes por qué pagar la mitad, si la habéis consensuado sí.
El seguro de la hipoteca, si va vinculado a esta, corresponde igual que si fuera parte de la cuota. Si no se ha pagado, puede solicitarlo de forma retroactiva.
¿Hace falta ir a juicio? Pues es ella la que te tendría que interponer la demanda, le corresponde a ella decidirlo, pero salvo lo del seguro y quizá la actividad extraescolar, no tiene razón, ella.
A la última pregunta, el que vayas a tener otro hijo PUEDE ser motivo de modificación de medidas. No supone por sí solo un motivo suficiente, salvo que los medios económicos del alimentante (tú) resultaran insuficientes en la nueva situación. En el fondo es como si no estuvieras separado: si tienes medios económicos suficientes no tendrás por qué reducir en gastos de los hijos al tener otro (te lo quitarás de vacaciones o lo que sea), pero si no te llega el dinero no te queda más remedio, teniendo que cuidar a todos por igual.
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Gastos extraordinarios. ¿hace falta ir a juicio?
07/02/2018 16:19
Saludos,
De antemano gracias por perder su tiempo en este hilo ;). Estoy separado mediante convenio hace unos 3 años, todo estipulado en cuanto a regimen de visites, vacaciones, etc..Siempre he sido tolerante en cuanto a las solicitudes de mi ex mujer incluso he visto a la mi hija en comun en funcion de lo ella me ha dicho, y pagado religiosamente tanto la manutencion como la mitad de la hipoteca que tenemos a 50%.

Hace poco me ha impuesto sin decirme nada que he de pagar la mitad del comedor escolar, el AMPA y la actividad extraescolar, asi como un seguro que esta en la hipoteca que tiene mi nombre de forma retroactiva (es decir pagando todo lo que le debo hasta dia de hoy). No me ha dado pie a negociar imponiendome que o pago o "hará lo que tenga que hacer", no quiero tener que ir a juicio para que mi hija tenga que vivir esto, por culpa de ello bajo la cabeza, pero creo que a llegado el momento de almenos intentar ser justos. En el convenio pone literalmente

" Sin prejuicio de lo referido con anterioridad, los gastos extraordinarios que pudieran generarse, correran a cargo de ambos progenitores por mitad. A tales efectos, se consideraran gestos extraordinarios los gestos medicos no cubiertos por la SS (ortodòncia, oculista, pròtesis, etc.) y las actividades extraescolares consensuades por ambos progenitores, así como cualquier gasto imprevisible y necesario para la menor. Tambien se consideraran gestos extraordinarios los gestos de guarderia que tambien seran sufragados por mitades entre ambos progenitores"

¿Mi duda es si tengo que pagar eso que me pide legalmente?
¿Mi otra duda es si ahora que voy a tener otro niño con otra pareja cambia la situacion del convenio?

Gracias de antemano.
08/02/2018 11:48
Aureo84
Comedor escolar y AMPA son gastos previsibles y periódicos, por tanto ordinarios. Ya están incluidos en la pensión de alimentos (salvo que se indique lo contrario en el convenio) y NO tienes por qué pagarlos.
La actividad extraescolar si venía haciéndose antes de fijar la pensión por alimentos también está incluida. Si ha empezado a hacerla después depende de si se ha hecho de forma consensuada o no. Si lo ha decidido solo su madre tampoco tienes por qué pagar la mitad, si la habéis consensuado sí.
El seguro de la hipoteca, si va vinculado a esta, corresponde igual que si fuera parte de la cuota. Si no se ha pagado, puede solicitarlo de forma retroactiva.
¿Hace falta ir a juicio? Pues es ella la que te tendría que interponer la demanda, le corresponde a ella decidirlo, pero salvo lo del seguro y quizá la actividad extraescolar, no tiene razón, ella.
A la última pregunta, el que vayas a tener otro hijo PUEDE ser motivo de modificación de medidas. No supone por sí solo un motivo suficiente, salvo que los medios económicos del alimentante (tú) resultaran insuficientes en la nueva situación. En el fondo es como si no estuvieras separado: si tienes medios económicos suficientes no tendrás por qué reducir en gastos de los hijos al tener otro (te lo quitarás de vacaciones o lo que sea), pero si no te llega el dinero no te queda más remedio, teniendo que cuidar a todos por igual.