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Gastos extraordinarios inexistentes

7 Comentarios
 
15/01/2018 10:33
Coin1
Deberías haber solicitado tú la modificación de medidas, no ella. Mientras un juez no diga lo contrario tras la modificación debe pagarse la cantidad convenida. No entiendo que por no instar ella el procedimiento de modificación (porque nunca es obligatorio, es un derecho que tienen ambas partes a la tutela judicial, pero nunca es obligatorio ir al juez si no quieres) haya estafa de ningún tipo, ni tampoco entiendo (salvo que se diga lo contrario en el convenio) que deba ella informarte de nada salvo que tú se lo preguntes.
Lo que sí que tiene usted que hacer es solicitar la modificación de medidas cuanto antes para que se rebaje la pensión, también cuanto antes. En el convenio por lo que cuentas se dice bastante claro: dejará de pagarse rebajando la pensión si estas clases se dejan de hacer, mediante procedimiento ordinario de modificación de medidas. Y si este no ha existido...
14/01/2018 23:16
Coin1
Buenas noches
Gracias por sus comentarios, le puedo garantizar que no es mi caso, mi única pretensión es que se responsabilice de lo que le corresponda hasta ahora lo he hecho yo en su totalidad y las cosas no son así.
Le pregunto lo de los cumpleaños porque el sí está de acuerdo en que las niñas celebren el cumpleaños con sus amigas que supone un gasto extra, o al menos para mí lo es, pero no quiere contribuir económicamente, y si estuvo en las fiestas.
Gracias nuevamente.
14/01/2018 22:58
Mery33
Todo lo que no esté estipulado en el convenio como gastos extraordinarios, deberá ser acordado por las partes para llegar a consenso. Por ejemplo, los cumpleaños no son un gasto extraordinario. Es algo independiente que VDS celebran, pero que el padre no tiene porque pagar, salvo que fuera invitado y estuviera de acuerdo, cosa que dudo mucho, a juzgar por su comentario. Las excursiones de fin de semana, serían gastos extraordinario si son organizadas por el colegio al que acuden sus hijas a estudiar, porque se consideran necesarias y de interés para su formación. No lo serán si son independientes del mismo.
Hace VD muy bien en exigir que se paguen los gastos extraordinarios, pero no olvide su obligación de contribuir también. No digo que no lo haga, pero hay muchas personas que tienen a los padres como cajeros automáticos y no es así. La obligación es de ambos progenitores.
14/01/2018 22:47
Coin1
Tanto si recibía las clases de un particular como si fuera una academia, deberían existir recibos de estas clases. Al ser un particular, la cosa se puede complicar, si tal vez no declaraba ese dinero y por lo tanto, no emitía recibos de ningún tipo. Pero eso no evita que un juez lo pueda llamar a declarar a un juicio. Tal vez no sería necesaria en este caso, la intervención de un detective, sino que su abogado presente la solicitud al juez para que el profesor/a acuda al juicio de Modificación de Medidas para que declare hasta que fecha dio clases a su hijo. Al ser un tema de familia, no va a ir por lo penal, pero si puede conseguir rebajar la pensión y crear un antecedente muy negativo a su ex en el juzgado, de cara a futuras actuaciones judiciales. ¡Suerte!
12/01/2018 08:08
Coin1
Llevo divorciada año y medio y mi ex marido no se hace cargo de ningún gasto extraordinario, pero me he marcado un punto de inflexión y voy a hacer lo posible porque se haga cargo de lo que le corresponda.
Tengo claro que, clases extraescolares, gafas y dentista son gastos extraordinarios, pero no sé si por ejemplo la celebración del cumpleaños de las niñas con sus amigas lo son, las excursiones de fin de curso....... que por ejemplo mi hija mayor este año viaja fuera una semana y claro el gasto es elevado.
Gracias de antemano.
10/01/2018 17:33
Papicajero
Cuando me divorcié aporte una prueba grabada, que el juez ni el psicosocial no quiso escuchar, donde me pedía dinero por dejarme ver a mi hijo. Y es profesora.

La cosa es si puedo ir por lo penal.

La paciencia es la clave.

Gracias por tus consejos.
10/01/2018 17:13
Coin1
Madre mía lo que hacen algunas por dinero, luego se dan golpes de pecho diciendo que no quieren para nada la pensión.
En primer lugar yo mataría muy bien todos los cabos antes de iniciar el procedimiento es decir, contrataría un detective privado donde quede constancia que en la actualidad tu hijo no va a esas clases, intentaría conseguir todas las pruebas documentos etc que dejen constancia de este echo y si pudieras averiguar desde cuando lleva sin ir. Para que cuando inicies el procedimiento no vuelva a inscribirlo y diga que eso fue algo puntual. Si puedes demostrar que lleva 2 años sin llevarlo mejor que mejor.
Por otra parte yo consultarla con tu abogado si puedes reclamarle el dinero desde que no va,pero vamos que iria a por todas porque si ese dinero iva destinado al niño y no es así donde va?
Suerte
Gastos extraordinarios inexistentes
10/01/2018 17:04
En la sentencia de mi divorcio queda estipulada una pensión de 550 euros de los cuales 100 son para unas clases de idiomas que mi hijo venía dando 1 año, por lo que lo tomaron como fijo. Esto fue hace 4 años. Quedó específicamente claro en la sentencia que eran para esas clases y que en el momento que dejase de necesitar esas clases se debería abrir procedimiento (modificación de medidas) para actualizar esa pensión. Mi ex no me ha dicho nada y ha seguido cobrando la pensión sin decirme nada y resulta que mi hijo lleva 2 años sin ir a esas clases, que por otro lado se las daba un particular en su casa. Al estar estipulado ese gasto específicamente para esas clases y no haber ido mi hijo porque ella le borro sin comunicarme nada. ¿se podría considerar estafa o apropiación indebida? Entiendo que yo estoy obligado a pagar la pensión, pero ella creo que la sentencia la obliga a decirme que no debo pagar ese dinero ya que no está yendo mi hijo.
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15/01/2018 10:33
Coin1
Deberías haber solicitado tú la modificación de medidas, no ella. Mientras un juez no diga lo contrario tras la modificación debe pagarse la cantidad convenida. No entiendo que por no instar ella el procedimiento de modificación (porque nunca es obligatorio, es un derecho que tienen ambas partes a la tutela judicial, pero nunca es obligatorio ir al juez si no quieres) haya estafa de ningún tipo, ni tampoco entiendo (salvo que se diga lo contrario en el convenio) que deba ella informarte de nada salvo que tú se lo preguntes.
Lo que sí que tiene usted que hacer es solicitar la modificación de medidas cuanto antes para que se rebaje la pensión, también cuanto antes. En el convenio por lo que cuentas se dice bastante claro: dejará de pagarse rebajando la pensión si estas clases se dejan de hacer, mediante procedimiento ordinario de modificación de medidas. Y si este no ha existido...
14/01/2018 23:16
Coin1
Buenas noches
Gracias por sus comentarios, le puedo garantizar que no es mi caso, mi única pretensión es que se responsabilice de lo que le corresponda hasta ahora lo he hecho yo en su totalidad y las cosas no son así.
Le pregunto lo de los cumpleaños porque el sí está de acuerdo en que las niñas celebren el cumpleaños con sus amigas que supone un gasto extra, o al menos para mí lo es, pero no quiere contribuir económicamente, y si estuvo en las fiestas.
Gracias nuevamente.
14/01/2018 22:58
Mery33
Todo lo que no esté estipulado en el convenio como gastos extraordinarios, deberá ser acordado por las partes para llegar a consenso. Por ejemplo, los cumpleaños no son un gasto extraordinario. Es algo independiente que VDS celebran, pero que el padre no tiene porque pagar, salvo que fuera invitado y estuviera de acuerdo, cosa que dudo mucho, a juzgar por su comentario. Las excursiones de fin de semana, serían gastos extraordinario si son organizadas por el colegio al que acuden sus hijas a estudiar, porque se consideran necesarias y de interés para su formación. No lo serán si son independientes del mismo.
Hace VD muy bien en exigir que se paguen los gastos extraordinarios, pero no olvide su obligación de contribuir también. No digo que no lo haga, pero hay muchas personas que tienen a los padres como cajeros automáticos y no es así. La obligación es de ambos progenitores.
14/01/2018 22:47
Coin1
Tanto si recibía las clases de un particular como si fuera una academia, deberían existir recibos de estas clases. Al ser un particular, la cosa se puede complicar, si tal vez no declaraba ese dinero y por lo tanto, no emitía recibos de ningún tipo. Pero eso no evita que un juez lo pueda llamar a declarar a un juicio. Tal vez no sería necesaria en este caso, la intervención de un detective, sino que su abogado presente la solicitud al juez para que el profesor/a acuda al juicio de Modificación de Medidas para que declare hasta que fecha dio clases a su hijo. Al ser un tema de familia, no va a ir por lo penal, pero si puede conseguir rebajar la pensión y crear un antecedente muy negativo a su ex en el juzgado, de cara a futuras actuaciones judiciales. ¡Suerte!
12/01/2018 08:08
Coin1
Llevo divorciada año y medio y mi ex marido no se hace cargo de ningún gasto extraordinario, pero me he marcado un punto de inflexión y voy a hacer lo posible porque se haga cargo de lo que le corresponda.
Tengo claro que, clases extraescolares, gafas y dentista son gastos extraordinarios, pero no sé si por ejemplo la celebración del cumpleaños de las niñas con sus amigas lo son, las excursiones de fin de curso....... que por ejemplo mi hija mayor este año viaja fuera una semana y claro el gasto es elevado.
Gracias de antemano.
10/01/2018 17:33
Papicajero
Cuando me divorcié aporte una prueba grabada, que el juez ni el psicosocial no quiso escuchar, donde me pedía dinero por dejarme ver a mi hijo. Y es profesora.

La cosa es si puedo ir por lo penal.

La paciencia es la clave.

Gracias por tus consejos.
10/01/2018 17:13
Coin1
Madre mía lo que hacen algunas por dinero, luego se dan golpes de pecho diciendo que no quieren para nada la pensión.
En primer lugar yo mataría muy bien todos los cabos antes de iniciar el procedimiento es decir, contrataría un detective privado donde quede constancia que en la actualidad tu hijo no va a esas clases, intentaría conseguir todas las pruebas documentos etc que dejen constancia de este echo y si pudieras averiguar desde cuando lleva sin ir. Para que cuando inicies el procedimiento no vuelva a inscribirlo y diga que eso fue algo puntual. Si puedes demostrar que lleva 2 años sin llevarlo mejor que mejor.
Por otra parte yo consultarla con tu abogado si puedes reclamarle el dinero desde que no va,pero vamos que iria a por todas porque si ese dinero iva destinado al niño y no es así donde va?
Suerte
Gastos extraordinarios inexistentes
10/01/2018 17:04
En la sentencia de mi divorcio queda estipulada una pensión de 550 euros de los cuales 100 son para unas clases de idiomas que mi hijo venía dando 1 año, por lo que lo tomaron como fijo. Esto fue hace 4 años. Quedó específicamente claro en la sentencia que eran para esas clases y que en el momento que dejase de necesitar esas clases se debería abrir procedimiento (modificación de medidas) para actualizar esa pensión. Mi ex no me ha dicho nada y ha seguido cobrando la pensión sin decirme nada y resulta que mi hijo lleva 2 años sin ir a esas clases, que por otro lado se las daba un particular en su casa. Al estar estipulado ese gasto específicamente para esas clases y no haber ido mi hijo porque ella le borro sin comunicarme nada. ¿se podría considerar estafa o apropiación indebida? Entiendo que yo estoy obligado a pagar la pensión, pero ella creo que la sentencia la obliga a decirme que no debo pagar ese dinero ya que no está yendo mi hijo.