No tengo claro unos gastos extras que me pide mi exmujer. Estoy divorciado y mi ex y mis hijas tienen el uso y disfrute de la vivienda propiedad al 50% entre ella y yo. me dice que tengo que pagar la mitad del mantenimiento del ascensor, el cual paga la comunidad cada 3 meses. En el convenio pone gastos ordinarios de comunidad los paga ella, y los extraordinarios por mitad entre ella y yo. Yo creo que es un gasto ordinario, pero alguien sabe algo?
Gracias por cualquier contestacion
Normlamente, el gasto de mantenimiento se paga con la cuota ordinaria. Por si se trata de una derrama extraordinaria, es sencillo, le pide copia del acta donde figura esa obligación o contacta con el presidente de la comunidad o el administrador para que, como copropietario, le aclare ese extremo. No estaría de más acudir a las reuniones de la comunidad. Si no existe derrama alguna, sencillamente le envía un burofax indicando que el mantenimiento del ascensor va incluido en la cuota de comunidad que le corresponde pagar a ella. Un saludo.
En este asunto la jurisprudencia esta muy dividida y una parte considera que los gastos de comunidad los paga el propietario del piso y no el conyuge que reside en la vivienda por decisión judicial y otra parte opina lo contrario. La mayoría es de la opinión de que los gastos de comunidad los tiene que abonar solo y exclusivamente quien reside en el piso y no el propietario que no reside en el mismo. Ahora bien esto es entre los ex-conyuges, ya que respecto a la Comunidad quien responde son los propietario.
Espero haberle ayudado.
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Si bien tiene razón el compañero en cuanto a la jurispudencia, entiendo que en este caso, loss gastos de comunidad están acordados en el convenio regulador, así que estando aprobado judicialmente habiendo mediado acuerdo entre las partes, dudo mucho que pueda discutirse. Un saludo.
Ah!,pero...el conyuge co-propietario que no tiene el uso y disfrute de la vivienda puede ir a las reuniones de vecinos? y pedir que le manden copia de las actas de las reuniones?. Yo se las pedi al Presidente y me las ha negado.
Claro que puede acudir y pedir las copias. Lo que sucede es que, a la hora de votar hay que señalar un representante pues no pueden votar ambos. En cuanto a las copias, existen dos opciones, o requerir a la otra copropietaria para que le facilite la copia o solicitarla al presidente o administrador si existiera pagando el coste de la fotocopia si no estuviera cubierto. No olvide que son derechos relacionados con la propiedad y que ambos, son parte de una comunidad de propietarios. Si el presidente se la niega, se le requiere fehacientemente y si persiste, se le puede reclamar judicialmente, teniendo incluso responsabilidad personal. Un saludo.