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Gastos universitarios

7 Comentarios
 
Gastos universitarios
02/11/2017 11:14
Estoy divorciado y en mi sentencia dice que tengo que abonar una pensión de alimentos para los gastos ordinarios y el 50% de los extraordinarios (hasta ahora solo temas médicos, excursiones, clases particulares), mi hijo comenzara la universidad el año próximo y me surge alguna duda ya que la madre quiere que se marche a estudiar fuera de nuestra provincia con la cantidad de gastos que ocasiona estar fuera.
¿los gastos de la universidad matricula, alquiler, comidas, viajes, etc. se consideran gastos ordinarios?
¿Si estos gastos se considerasen extraordinarios, tendría que seguir pagando la manutención siendo que ya no viviría en la casa de la madre nada mas que fines de semana alternos igual que yo?
02/11/2017 12:35
joluagu
Si ya no va a vivir con su madre y es mayor de edad puedes pedir modificación de medidas para pagar la pensión de alimentos (entiendo que todos estos gastos son ordinarios) directamente a tu hijo.
02/11/2017 13:19
joluagu
podrian considerarse extraordinarios, u ordinarios no usuales, los gastos de matricula, pero no tiene mucho sentido que si el hijo vive en Gijon, (por poner un ejemplo) y se le pasa una manutencion X para gastos de comida, habitacion, educacion etc., y se va a estudiar a Santiago de Compostela, se pague tambien la mitad de la compra en el Super...

En cualquier caso, deberia haber acuerdo previo entre ambos progenitores. El hecho de que los progenitores esten divorciados no implica que los hijos puedan hacer lo que quieran. Hay cientos de familias en las que los progenitores no estan separados, y los hijos no estudian fuera porque los padres no pueden o no quieren sufragar ese gasto
03/11/2017 19:49
joluagu
Hola, yo te voy a comentar lo que a mi me ha pasado. Lo primero si lo que va ha estudiar está en tu provincia, ciudad, deberías de enviar un burofax indicando que la carrera que estudia está es esta provincia. Si por casualidad no está y debe de irse a otra ciudad, tienes dos opciones. La primera si tu estás de acuerdo en que siga estudiando en la Universidad, cosa que es potestativo, si dices que sí, apechuga con los gastos que ello conlleva, que se consideran extraordinarios a todas las luces, en estos gastos extraordinarios, si no tiene beca, a pagar conforme tienes indicado los gastos extraordinarios, si tiene beca, a descontar la parte proporcionar, solo y exclusivamente los gastos de alojamiento, nada más, los demás se consideran ordinarios. Unos juzgados consideran ordinarios los gastos que son de poca cuantía, otros lo consideran como extraordinario, de todas formas, esto es muy abierto a interpretaciones de dichos mandatarios.
Ten en cuenta que los gastos que se generan fuera de donde habitualmente reside casi siempre se considera extraordinarios, porque claro, con la manutención no se puede pagar esos gastos extraordinarios.
Envíale un burofax exponiendo tus opiniones y que te conteste en diez días, si no lo hace, es problema suyo, y por lo tanto la comunicación está hecha.
Saludos y buena suerte, pero con sentido de buen padre.
14/02/2018 12:39
joluagu
Mis hijos asisten a un colegio concertado y ahora terminan la secundaria pero iran en el mismo centro a bachillerato pero que sera privado, cuyo coste se multiplica por más de cuatro. Coste que yo no puedo costear. Este coste no estaba concretado en su momento en la pension alimenticia hace seis años y yo le he dicho a mi ex que lo paguemos como gasto extraordinario dado que la educación obligatoria ya la han terminado y empiezan un nuevo ciclo. El se niega y me dice que si quiero vaya a juicio, pero no llego a tiempo, y economicamente no puedo pagar dos bachilleratos...y no me deja matricularlos en uno publico.
14/02/2018 12:59
duc
Si no es educación obligatoria no estarías en principio obligado a sufragarlo, aunque es razonable que quieras que sigan estudiando. No sé qué pondrá en tu convenio para que lo tengas que pagar tú solo, pero podrías acudir a jurisdicción voluntaria para poder matricularlo en uno público argumentando que no puedes pagar eso, o que se deba pagar a medias.
14/02/2018 13:08
paquito xocolatero
El alega que como están matriculados desde P3 en este centro no puedo cambiarlos y necesito una autorización de el para hacerlo. También dice que es una continuidad en el estudio porque siguen en el mismo centro....El hecho de que acaben la educación obligatoria propuesta por el gobierno y el ministerio de Educación (se lo he dicho) y que pasa de concertado a privado no es suficiente. El ha comentado que si no lo matriculo yo lo hará el y me denunciará para que al final lo tenga que abonar todo.
Obviamente si es aceptado como gasto extraordinario yo si puedo costearlo. Que me puede pasar.
En la sentencia de divorcio especifica que recibo una pensión alimenticia que incluye los gastos por educación, pero claro en aquel entonces mis hijos estudiaban primaria.
14/02/2018 15:59
duc
Bueno, es lo que dice él. No tengo nada claro que un juez vaya a decir lo mismo. La pensión se calculó para ciertos gastos, y si estos han cambiado y no puedes, pues no puedes, ¿qué vas a hacer?
Puedes pedir modificación de medidas (ya que los gastos habrán aumentado considerablemente) o ir a jurisdicción voluntaria para que te permitan matricularlo en otro centro.
Es verdad que necesitas la autorización de él para matricularlo en otro centro... de él, o de un juez.
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02/11/2017 11:14
Estoy divorciado y en mi sentencia dice que tengo que abonar una pensión de alimentos para los gastos ordinarios y el 50% de los extraordinarios (hasta ahora solo temas médicos, excursiones, clases particulares), mi hijo comenzara la universidad el año próximo y me surge alguna duda ya que la madre quiere que se marche a estudiar fuera de nuestra provincia con la cantidad de gastos que ocasiona estar fuera.
¿los gastos de la universidad matricula, alquiler, comidas, viajes, etc. se consideran gastos ordinarios?
¿Si estos gastos se considerasen extraordinarios, tendría que seguir pagando la manutención siendo que ya no viviría en la casa de la madre nada mas que fines de semana alternos igual que yo?
02/11/2017 12:35
joluagu
Si ya no va a vivir con su madre y es mayor de edad puedes pedir modificación de medidas para pagar la pensión de alimentos (entiendo que todos estos gastos son ordinarios) directamente a tu hijo.
02/11/2017 13:19
joluagu
podrian considerarse extraordinarios, u ordinarios no usuales, los gastos de matricula, pero no tiene mucho sentido que si el hijo vive en Gijon, (por poner un ejemplo) y se le pasa una manutencion X para gastos de comida, habitacion, educacion etc., y se va a estudiar a Santiago de Compostela, se pague tambien la mitad de la compra en el Super...

En cualquier caso, deberia haber acuerdo previo entre ambos progenitores. El hecho de que los progenitores esten divorciados no implica que los hijos puedan hacer lo que quieran. Hay cientos de familias en las que los progenitores no estan separados, y los hijos no estudian fuera porque los padres no pueden o no quieren sufragar ese gasto
03/11/2017 19:49
joluagu
Hola, yo te voy a comentar lo que a mi me ha pasado. Lo primero si lo que va ha estudiar está en tu provincia, ciudad, deberías de enviar un burofax indicando que la carrera que estudia está es esta provincia. Si por casualidad no está y debe de irse a otra ciudad, tienes dos opciones. La primera si tu estás de acuerdo en que siga estudiando en la Universidad, cosa que es potestativo, si dices que sí, apechuga con los gastos que ello conlleva, que se consideran extraordinarios a todas las luces, en estos gastos extraordinarios, si no tiene beca, a pagar conforme tienes indicado los gastos extraordinarios, si tiene beca, a descontar la parte proporcionar, solo y exclusivamente los gastos de alojamiento, nada más, los demás se consideran ordinarios. Unos juzgados consideran ordinarios los gastos que son de poca cuantía, otros lo consideran como extraordinario, de todas formas, esto es muy abierto a interpretaciones de dichos mandatarios.
Ten en cuenta que los gastos que se generan fuera de donde habitualmente reside casi siempre se considera extraordinarios, porque claro, con la manutención no se puede pagar esos gastos extraordinarios.
Envíale un burofax exponiendo tus opiniones y que te conteste en diez días, si no lo hace, es problema suyo, y por lo tanto la comunicación está hecha.
Saludos y buena suerte, pero con sentido de buen padre.
14/02/2018 12:39
joluagu
Mis hijos asisten a un colegio concertado y ahora terminan la secundaria pero iran en el mismo centro a bachillerato pero que sera privado, cuyo coste se multiplica por más de cuatro. Coste que yo no puedo costear. Este coste no estaba concretado en su momento en la pension alimenticia hace seis años y yo le he dicho a mi ex que lo paguemos como gasto extraordinario dado que la educación obligatoria ya la han terminado y empiezan un nuevo ciclo. El se niega y me dice que si quiero vaya a juicio, pero no llego a tiempo, y economicamente no puedo pagar dos bachilleratos...y no me deja matricularlos en uno publico.
14/02/2018 12:59
duc
Si no es educación obligatoria no estarías en principio obligado a sufragarlo, aunque es razonable que quieras que sigan estudiando. No sé qué pondrá en tu convenio para que lo tengas que pagar tú solo, pero podrías acudir a jurisdicción voluntaria para poder matricularlo en uno público argumentando que no puedes pagar eso, o que se deba pagar a medias.
14/02/2018 13:08
paquito xocolatero
El alega que como están matriculados desde P3 en este centro no puedo cambiarlos y necesito una autorización de el para hacerlo. También dice que es una continuidad en el estudio porque siguen en el mismo centro....El hecho de que acaben la educación obligatoria propuesta por el gobierno y el ministerio de Educación (se lo he dicho) y que pasa de concertado a privado no es suficiente. El ha comentado que si no lo matriculo yo lo hará el y me denunciará para que al final lo tenga que abonar todo.
Obviamente si es aceptado como gasto extraordinario yo si puedo costearlo. Que me puede pasar.
En la sentencia de divorcio especifica que recibo una pensión alimenticia que incluye los gastos por educación, pero claro en aquel entonces mis hijos estudiaban primaria.
14/02/2018 15:59
duc
Bueno, es lo que dice él. No tengo nada claro que un juez vaya a decir lo mismo. La pensión se calculó para ciertos gastos, y si estos han cambiado y no puedes, pues no puedes, ¿qué vas a hacer?
Puedes pedir modificación de medidas (ya que los gastos habrán aumentado considerablemente) o ir a jurisdicción voluntaria para que te permitan matricularlo en otro centro.
Es verdad que necesitas la autorización de él para matricularlo en otro centro... de él, o de un juez.