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Grabación de la vista

2 Comentarios
 
Grabación de la vista
08/11/2018 10:53
Quiero recurrir uma sentencia de delitos leves hacia mi ex pareja. Mi abogado quiere que le renuncie.

El caso es que, la jueza absolvió al denunciado diciendo que no se solicitó la en sala oir la grabación. Y mi abogado dice que la prueba estaba en CD junto al expediente, además estaba cotejado por el secretario, y que él no tiene la culpa si ella no lo tuvo en cuenta. ¿Como es posible que la jueza le absolviera diciendo eso? Yo tampoco entendí, porque en sala no se reprodució dicha grabación. Y sé que estaba el CD en mi expediente

Pero, ahora ya que quiere la renuncia, le solicité todas las documentaciones y la grabación de la vista para recurrir. Y él se niega. Pues yo le dije que hasta que no me dé mis documentaciones y la grabación no lo firmaré. Entonces me mandó este correo:" Respecto a la documentación y grabación el código Deontológico de la Abogacía Española solo contempla expresamente la obligación de entregar al cliente la documentación recibida de él (Art. Código Deontológico art. 12), conforme a lo expuesto no le puedo entregar documentación relativa al denunciado."

¿Puede él negar a darme la grabación del juicio? Solo me queda 2 dias para recurrir.

Gracias a todos!
08/11/2018 12:24
Cilla
Hola Cilla,

Pues bien, ante la negativa de tu abogado de no darte la grabación del juicio en CD, y debido a que quiere renunciar a seguir con tu caso, presenta un escrito ante el Juzgado de instrucción que llevó el procedimiento por delitos leves (antiguas faltas), y siempre y cuando estés en plazo para recurrir, solicitando que al renunciar tu abogado de oficio (que supongo que es de oficio, aclara esto por favor, por si a lo mejor es particular), que se libre Oficio por el Juzgado al Colegio de Abogados de tu provincia, a fin de que te designen otro Abogado del turno de oficio con suspensión del plazo para recurrir la Sentencia que es de 5 dias a partir del dia siguiente a que te la notifiquen, por eso te decia, siempre y cuando estés en plazo para recurrir y no hayan transcurridos esos 5 dias...

Espero haberte aclarado algo, y si hay dudas, escribelas en el foro.

Chao.
08/11/2018 19:38
Audiencia2020
Hola Audiencia2020,

Era un abogado particular. Mañana presento ante el juzgado la documentación para paralizar en procedimiento ya que he solicitado abogado de Oficio.
Grabación de la vista | PorticoLegal
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Grabación de la vista

2 Comentarios
 
Grabación de la vista
08/11/2018 10:53
Quiero recurrir uma sentencia de delitos leves hacia mi ex pareja. Mi abogado quiere que le renuncie.

El caso es que, la jueza absolvió al denunciado diciendo que no se solicitó la en sala oir la grabación. Y mi abogado dice que la prueba estaba en CD junto al expediente, además estaba cotejado por el secretario, y que él no tiene la culpa si ella no lo tuvo en cuenta. ¿Como es posible que la jueza le absolviera diciendo eso? Yo tampoco entendí, porque en sala no se reprodució dicha grabación. Y sé que estaba el CD en mi expediente

Pero, ahora ya que quiere la renuncia, le solicité todas las documentaciones y la grabación de la vista para recurrir. Y él se niega. Pues yo le dije que hasta que no me dé mis documentaciones y la grabación no lo firmaré. Entonces me mandó este correo:" Respecto a la documentación y grabación el código Deontológico de la Abogacía Española solo contempla expresamente la obligación de entregar al cliente la documentación recibida de él (Art. Código Deontológico art. 12), conforme a lo expuesto no le puedo entregar documentación relativa al denunciado."

¿Puede él negar a darme la grabación del juicio? Solo me queda 2 dias para recurrir.

Gracias a todos!
08/11/2018 12:24
Cilla
Hola Cilla,

Pues bien, ante la negativa de tu abogado de no darte la grabación del juicio en CD, y debido a que quiere renunciar a seguir con tu caso, presenta un escrito ante el Juzgado de instrucción que llevó el procedimiento por delitos leves (antiguas faltas), y siempre y cuando estés en plazo para recurrir, solicitando que al renunciar tu abogado de oficio (que supongo que es de oficio, aclara esto por favor, por si a lo mejor es particular), que se libre Oficio por el Juzgado al Colegio de Abogados de tu provincia, a fin de que te designen otro Abogado del turno de oficio con suspensión del plazo para recurrir la Sentencia que es de 5 dias a partir del dia siguiente a que te la notifiquen, por eso te decia, siempre y cuando estés en plazo para recurrir y no hayan transcurridos esos 5 dias...

Espero haberte aclarado algo, y si hay dudas, escribelas en el foro.

Chao.
08/11/2018 19:38
Audiencia2020
Hola Audiencia2020,

Era un abogado particular. Mañana presento ante el juzgado la documentación para paralizar en procedimiento ya que he solicitado abogado de Oficio.