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Grabación Guardia Civil

28 Comentarios
Viendo 21 - 28 de 28 comentarios
31/12/2010 19:53
No he dicho que la guardia civil no tenga capacidad de intervenir, he dicho que la seguridad ciudadana pura y dura es competencia de los mossos.
La guardia civil investiga delitos y detiene a sus autores en Cataluña y en todas partes del estado español (antes llamado España).
He querido decir, y parece ser que no me he explicado bien, que el hecho que se relata aquí debería ser algo serio, ya que la guardia civil no interviene como policía preventiva en esa comunidad, otra cosa es que se encuentren el delito fragante o que sea producto de una investigación.
Y la gente no sé si está confundida, pero yo no, ya que lo sé de primera mano.
31/12/2010 20:03
Dicho de otra manera, la guardia civil tiene las mismas competencias en cataluña que en el resto del estado, intentare explicarme, al ser cataluña parte del territorio nacional, y como fuerzas de seguridad del estado, puede y debe intervenir tanto de oficio, como a requerimiento, tanto de las autoridades, como de cualquier particular, yo tambien lo se de primera mano.
Un saludo.
04/01/2011 19:58
Pues no, amo a mis hijos, la GC no tiene las mismas competencias en Cataluña que en el resto del estado, sólo tiene las que tiene. Otra cosa es que como dices pueda y deba intervenir ante determinados hechos en determinadas circunstancias.
05/01/2011 21:06
Kapitan, se sorprenderia de los casos en que los mossos se niegan a recoger una denuncia de un hombre contra su exmujer y la guardia civil recoge dicha denuncia a requerimiento de estos particulares en supuestos de seguridad ciudadana, de estos casos el año pasado pude comprobar 18 casos y los muchos mas que deben haber.
Un cordial saludo
05/01/2011 23:42
Cualquier policía que se niegue a recoger una denuncia con una mínima base sabe que se arriesga a ser procesado por prevaricación. No entiendo tanta temeridad.

A la cama que te quedas sin "Reyes" ;-).

Saludos cordiales amo a mis hijos.
06/01/2011 13:34
Vertex, desde el despligue de los Mossos los únicos guardias civiles que realizan detenciones en vías o espacios públicos en Barcelona capital son los que pertenecen a unidades de investigación que combaten el crimen organizado y el terrorismo; las detenciones en el ámbito de la investigación previa por tales razones se hacen casi siempre de una manera discreta, así pues cuando la GC detiene a un chaval en el metro de Barcelona con la contundencia y firmeza narras, es lo más lógico pensar que el chaval era de todo menos inofensivo, y eso sí, es seguro que el pobrecito tiene encima un problema mucho más gordo que una rodilla en el cuello.

Craxo, Vertex ignoraba los antecedentes de la actuación e ignora también, parece ser, que los agentes de la autoridad pueden utilizar la fuerza física en determinadas circunstancias, pero soslayando esto y dando por sentado que los guardias estuvieran cometiendo pongamos que tres o cuatro delitos, en ningún caso se les podría procesar por obstrucción a la justicia por borrar unas imágenes u ocupar el medio de captación de las mismas, pues quien es de cajón que quien oculta o destruye las pruebas de un delito por él cometido realiza una conducta llamada "autoencubrimiento impune", que traducido significa que a mí no se me puede imputar nada por ocultar pruebas de un delito por mí cometido, es la misma filosofía que impide juzgar por desobediencia a los agentes a un delincuente que desobedenciendo el ¡alto a la policía! huye tras haber delinquido. ¿Le suena eso de "tiene derecho a no declarar contra sí mismo, etc"?

En cualquier caso la actuación de los guardias en este fue comedida, prudente y correcta, es en suma, ajustada plenamente a derecho.

Como se ha dicho existen diversas sentencias que han apoyado a agentes que han retirado medios de grabación y los han puesto inmediatamente a disposición de la autoridad judicial cumpliendo con todas las formalidades legales. Eso mismo es lo que yo habría hecho si hubiese actuado yo en este caso.

Artículo 19 de la L.O 1/92.

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento.

ASIMISMO PODRÁN OCUPAR PREVENTIVAMENTE LOS EFECTOS O INSTRUMENTOS SUSCEPTIBLES DE SER UTILIZADOS PARA ACCIONES ILEGALLES, DÁNDOLES EL DESTINO QUE LEGALMENTE PROCEDA.

Es obvio que se le puede dar un uso ilegal a una grabación de un agente de la autoridad, realizada por un particular que pasaba por allí, y como no soy yo, pobre agente, quien debe valorarlo, retiro el aparato y se entrego inmediatamente a Su Señoría para que decida. Cosa que además es totalmente legal si me limito a hacerlo así.

Existe, además del artículo citado, otra disposición legal que otorga a los agentes de la autoridad el poder de incautar cualquier objeto, sea el que sea, en el marco de una actuación legal que los agentes desarrollen por un delito ya cometido :

Artículo 282 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, Y RECOGER TODOS LOS EFECTOS, INSTRUMENTOS O PRUEBAS DEL DELITO DE CUYA DESAPARACIÓN HUBIERE PELIGRO, poniéndolos a disposición de la Autoridad Judicial.

Es por esto que si un viandante ha estado grabando con su móvil la comisión de un delito o de su supuesto/s autor/es, y la policía se entera de ello, el camarógrafo aficionado se queda sin móvil sí o sí, sin que esto tenga absolutamente nada que ver con el secreto de las comunicaciones y ni con el derecho a la propiedad, y pudiendo incluso llegar a ser detenido si se niega a entregar la prueba.

Espero, señor Vertex, que no se le ocurra colgar el video en internet, pues además de correr un serio peligro de cometer un ilícito penal, es lo más probable que ayude a más de un "malo" a conocer la identidad de los "buenos" que quieren pillarlos. Como he dicho, y lo sé de muy buena tinta, los guardias civiles no detienen a nadie en Barcelona utilizando esas formas si no existen razones de mucho peso, y si así detienen a alguien de por seguro que ése alguien es algo más que un simple raterillo del tres al cuarto.

Saludos.
06/01/2011 15:08
¿No se que tiene que ver el no declarar contra uno mismo con eliminar pruebas de otra parte?
Y aquí si te hacen borrar unas imágenes que será ilegal su publicación y podrá ser ilegal el destino que se les de no desde luego su captación.
Y lo hacen nos guste o no coaccionado al que ha grabado.



Entonces si alguien va a declarar contra mi y le amenazo para que no declare y con la mismas amenazas le pido que elimine una grabación en la que se me ve traficando con drogas ¿no estoy cometiendo ningún delito?
Es bueno saberlo.
Y me parece el colmo del despropósito

Según usted también nos podrían quitar los zapatos pues podrían ser un arma arrojadiza contra el primer ministro de alguna potencia extranjera pero no veo a los policías descalzándonos a todos cuando hay una visita de estado.
06/01/2011 19:13
Craxo, le ruego que no desvíe el tema. El asunto que aquí se debate no versa sobre unos agentes que amenazan para que no se declare contra ellos, eso sí sería delito, pero no este el caso. Tampoco ha dicho el camarógrafo que le amenazaran para que borrase las imágenes, y los agentes ni siquiera ocuparon el medio de grabación a pesar de poder hacerlo según el art. 19 de la 1/92, por eso decía que la actuación fue prudente, se limitaron a advertir de lo que podría pasar si se publicaban las imágenes.

Por ningún lado aparecen elementos que le permitan sentirse lógicamente indignado o molesto por este asunto, así que su inquietud por estos hechos parece estar más basada en impresiones personales generales que en el concreto caso narrado.

Su último comentario es demasiado fantasioso, así que no recojo el guante. En cualquier caso lo que se pueda o no intervenir por la policía no lo establezco yo sino las leyes, y el "según usted" no vale, porque yo he dicho lo que he dicho y no otras cosas.

Un cordial saludo.




07/01/2011 00:32
Pues claro que la actuación del G.C es correcta al no eliminar las fotos ni el video .
Y advertir de las consecuencias de hacer mal uso de ellas.
Pero es que ya no estábamos en eso , si no en la posibilidad de la policía de obligar a borrar imagines independientemente del uso que se haga de ellas.

Y usted lo había entendido perfectamente pues no a hablado de lo que hizo este guardia civil en particular si no el derecho de el agente de la autoridad de pedir eliminar esas imagines.
Y peor aun del derecho a eliminar esas imagines como derecho a no declarar contra uno mismo en caso de que hubiera un delito.


En cuanto el hecho fantasioso , ya será menos , busque Erdogan , ayuntamiento , Sevilla.


Y el según usted en este caso precisamente si que vale por que muchas de estas acciones son por criterio de los agentes en las que teniendo dos casos similares no tienen por que comportarse igual.
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31/12/2010 19:53
No he dicho que la guardia civil no tenga capacidad de intervenir, he dicho que la seguridad ciudadana pura y dura es competencia de los mossos.
La guardia civil investiga delitos y detiene a sus autores en Cataluña y en todas partes del estado español (antes llamado España).
He querido decir, y parece ser que no me he explicado bien, que el hecho que se relata aquí debería ser algo serio, ya que la guardia civil no interviene como policía preventiva en esa comunidad, otra cosa es que se encuentren el delito fragante o que sea producto de una investigación.
Y la gente no sé si está confundida, pero yo no, ya que lo sé de primera mano.
31/12/2010 20:03
Dicho de otra manera, la guardia civil tiene las mismas competencias en cataluña que en el resto del estado, intentare explicarme, al ser cataluña parte del territorio nacional, y como fuerzas de seguridad del estado, puede y debe intervenir tanto de oficio, como a requerimiento, tanto de las autoridades, como de cualquier particular, yo tambien lo se de primera mano.
Un saludo.
04/01/2011 19:58
Pues no, amo a mis hijos, la GC no tiene las mismas competencias en Cataluña que en el resto del estado, sólo tiene las que tiene. Otra cosa es que como dices pueda y deba intervenir ante determinados hechos en determinadas circunstancias.
05/01/2011 21:06
Kapitan, se sorprenderia de los casos en que los mossos se niegan a recoger una denuncia de un hombre contra su exmujer y la guardia civil recoge dicha denuncia a requerimiento de estos particulares en supuestos de seguridad ciudadana, de estos casos el año pasado pude comprobar 18 casos y los muchos mas que deben haber.
Un cordial saludo
05/01/2011 23:42
Cualquier policía que se niegue a recoger una denuncia con una mínima base sabe que se arriesga a ser procesado por prevaricación. No entiendo tanta temeridad.

A la cama que te quedas sin "Reyes" ;-).

Saludos cordiales amo a mis hijos.
06/01/2011 13:34
Vertex, desde el despligue de los Mossos los únicos guardias civiles que realizan detenciones en vías o espacios públicos en Barcelona capital son los que pertenecen a unidades de investigación que combaten el crimen organizado y el terrorismo; las detenciones en el ámbito de la investigación previa por tales razones se hacen casi siempre de una manera discreta, así pues cuando la GC detiene a un chaval en el metro de Barcelona con la contundencia y firmeza narras, es lo más lógico pensar que el chaval era de todo menos inofensivo, y eso sí, es seguro que el pobrecito tiene encima un problema mucho más gordo que una rodilla en el cuello.

Craxo, Vertex ignoraba los antecedentes de la actuación e ignora también, parece ser, que los agentes de la autoridad pueden utilizar la fuerza física en determinadas circunstancias, pero soslayando esto y dando por sentado que los guardias estuvieran cometiendo pongamos que tres o cuatro delitos, en ningún caso se les podría procesar por obstrucción a la justicia por borrar unas imágenes u ocupar el medio de captación de las mismas, pues quien es de cajón que quien oculta o destruye las pruebas de un delito por él cometido realiza una conducta llamada "autoencubrimiento impune", que traducido significa que a mí no se me puede imputar nada por ocultar pruebas de un delito por mí cometido, es la misma filosofía que impide juzgar por desobediencia a los agentes a un delincuente que desobedenciendo el ¡alto a la policía! huye tras haber delinquido. ¿Le suena eso de "tiene derecho a no declarar contra sí mismo, etc"?

En cualquier caso la actuación de los guardias en este fue comedida, prudente y correcta, es en suma, ajustada plenamente a derecho.

Como se ha dicho existen diversas sentencias que han apoyado a agentes que han retirado medios de grabación y los han puesto inmediatamente a disposición de la autoridad judicial cumpliendo con todas las formalidades legales. Eso mismo es lo que yo habría hecho si hubiese actuado yo en este caso.

Artículo 19 de la L.O 1/92.

1. Los agentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad podrán limitar o restringir, por el tiempo imprescindible, la circulación o permanencia en vías o lugares públicos en supuestos de alteración del orden, la seguridad ciudadana o la pacífica convivencia, cuando fuere necesario para su restablecimiento.

ASIMISMO PODRÁN OCUPAR PREVENTIVAMENTE LOS EFECTOS O INSTRUMENTOS SUSCEPTIBLES DE SER UTILIZADOS PARA ACCIONES ILEGALLES, DÁNDOLES EL DESTINO QUE LEGALMENTE PROCEDA.

Es obvio que se le puede dar un uso ilegal a una grabación de un agente de la autoridad, realizada por un particular que pasaba por allí, y como no soy yo, pobre agente, quien debe valorarlo, retiro el aparato y se entrego inmediatamente a Su Señoría para que decida. Cosa que además es totalmente legal si me limito a hacerlo así.

Existe, además del artículo citado, otra disposición legal que otorga a los agentes de la autoridad el poder de incautar cualquier objeto, sea el que sea, en el marco de una actuación legal que los agentes desarrollen por un delito ya cometido :

Artículo 282 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La Policía judicial tiene por objeto y será obligación de todos los que la componen, averiguar los delitos públicos que se cometieren en su territorio o demarcación; practicar, según sus atribuciones, las diligencias necesarias para comprobarlos y descubrir a los delincuentes, Y RECOGER TODOS LOS EFECTOS, INSTRUMENTOS O PRUEBAS DEL DELITO DE CUYA DESAPARACIÓN HUBIERE PELIGRO, poniéndolos a disposición de la Autoridad Judicial.

Es por esto que si un viandante ha estado grabando con su móvil la comisión de un delito o de su supuesto/s autor/es, y la policía se entera de ello, el camarógrafo aficionado se queda sin móvil sí o sí, sin que esto tenga absolutamente nada que ver con el secreto de las comunicaciones y ni con el derecho a la propiedad, y pudiendo incluso llegar a ser detenido si se niega a entregar la prueba.

Espero, señor Vertex, que no se le ocurra colgar el video en internet, pues además de correr un serio peligro de cometer un ilícito penal, es lo más probable que ayude a más de un "malo" a conocer la identidad de los "buenos" que quieren pillarlos. Como he dicho, y lo sé de muy buena tinta, los guardias civiles no detienen a nadie en Barcelona utilizando esas formas si no existen razones de mucho peso, y si así detienen a alguien de por seguro que ése alguien es algo más que un simple raterillo del tres al cuarto.

Saludos.
06/01/2011 15:08
¿No se que tiene que ver el no declarar contra uno mismo con eliminar pruebas de otra parte?
Y aquí si te hacen borrar unas imágenes que será ilegal su publicación y podrá ser ilegal el destino que se les de no desde luego su captación.
Y lo hacen nos guste o no coaccionado al que ha grabado.



Entonces si alguien va a declarar contra mi y le amenazo para que no declare y con la mismas amenazas le pido que elimine una grabación en la que se me ve traficando con drogas ¿no estoy cometiendo ningún delito?
Es bueno saberlo.
Y me parece el colmo del despropósito

Según usted también nos podrían quitar los zapatos pues podrían ser un arma arrojadiza contra el primer ministro de alguna potencia extranjera pero no veo a los policías descalzándonos a todos cuando hay una visita de estado.
06/01/2011 19:13
Craxo, le ruego que no desvíe el tema. El asunto que aquí se debate no versa sobre unos agentes que amenazan para que no se declare contra ellos, eso sí sería delito, pero no este el caso. Tampoco ha dicho el camarógrafo que le amenazaran para que borrase las imágenes, y los agentes ni siquiera ocuparon el medio de grabación a pesar de poder hacerlo según el art. 19 de la 1/92, por eso decía que la actuación fue prudente, se limitaron a advertir de lo que podría pasar si se publicaban las imágenes.

Por ningún lado aparecen elementos que le permitan sentirse lógicamente indignado o molesto por este asunto, así que su inquietud por estos hechos parece estar más basada en impresiones personales generales que en el concreto caso narrado.

Su último comentario es demasiado fantasioso, así que no recojo el guante. En cualquier caso lo que se pueda o no intervenir por la policía no lo establezco yo sino las leyes, y el "según usted" no vale, porque yo he dicho lo que he dicho y no otras cosas.

Un cordial saludo.




07/01/2011 00:32
Pues claro que la actuación del G.C es correcta al no eliminar las fotos ni el video .
Y advertir de las consecuencias de hacer mal uso de ellas.
Pero es que ya no estábamos en eso , si no en la posibilidad de la policía de obligar a borrar imagines independientemente del uso que se haga de ellas.

Y usted lo había entendido perfectamente pues no a hablado de lo que hizo este guardia civil en particular si no el derecho de el agente de la autoridad de pedir eliminar esas imagines.
Y peor aun del derecho a eliminar esas imagines como derecho a no declarar contra uno mismo en caso de que hubiera un delito.


En cuanto el hecho fantasioso , ya será menos , busque Erdogan , ayuntamiento , Sevilla.


Y el según usted en este caso precisamente si que vale por que muchas de estas acciones son por criterio de los agentes en las que teniendo dos casos similares no tienen por que comportarse igual.