No veo procedente el fondo de la discusión. Ud. es el Presidente y por lo tanto el que tiene que tomar las desiciones en la Comunidad. El Vicepresidente, solo está para sustituirlo a Ud. en caso de ausencia. Por otro lado, ese tipo de cuestiones deben regularse y decidirse en Junta General de Propietarios por mayoría.
Sin duda .Vd.puede grabarse a simismo como propia defensa, y si alguien se aventura contra Vd. quedará ·"cazado". Antes se requerían testigos pero ahora incluso se pueden grabar las telefónicas Las amenazas quedan penadas en su condición mas leve con 6 meses a 2 años de cárcel, según el contenido, pudiendo llegar a 6 añosde prisión. Si cundiese el ejemplo habría más respeto. Salvo mejor criterio.
Hola buenas, soy el presidente de la Comunidad y he tenido una discusión con el vicepresidente de la misma por el motivo de apagar la calefación el día 6 de abril que hacía 25º. Con malos modos, insultos, amenazas..etc. Y grabamos la conversación sin imágenes, integra en el móvil, sin saberlo él. ¿ Es legal esta grabación ?. Gracias