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Grabaciones

4 Comentarios
 
Grabaciones
17/12/2006 21:11
Buenas, el hecho es el siguiente:

Como ya sabréis algunos foreros mi hija estuvo en tratamiento psicológico en un CAI como consecuencia del SAP generado por su madre, el hecho es que estos “profesionales” emitieron un informe a petición del Juzgado de Familia manifestando que la madre en ningún momento de la intervención se había negado a que el padre retomase el régimen de visitas con su padre, MANIFIESTACIONES TOTALMENTE FALSAS puesto que en una entrevista el trabajador social me manifestó que la madre estaba dispuesta a llegar hasta el final para no dejarme ver a mis hijos, teniendo las mismas grabadas en audio ya que como es de cátedra, no has de fiarte jamás de este tipo de instituciones.

He pensado enviarles un burofax solicitando que se retracten de las mismas haciendo propias las que me manifestaron cuatro meses antes de hacer el referido informe, acto que no realizarán por lo que me veré en la obligación de denunciarles por FALSEDAD DOCUMENTAL, por lo que me gustaría que a parte de darme vuestra opinión sobre esta posible denuncia, me dijerais si el juzgado admitirá tales grabaciones, ya que una vez en el foro alguien colgó jurisprudencia sobre la admisión como prueba de unas grabaciones por parte del Constitucional pero no las encuentro.

Podeís ayudarme,

Gracias.
18/12/2006 03:02
Carracuca, sobre reclamación sobre actuaciones de sicosociales puede serte de interés contactar con los servicios jurídicos de amnistia Infantil, tiene avanzado algun aspecto de ese tipo de reclamaciones, y realizada alguna, puede ser complementario a la información que recibas aquí.
Un saludo, y suerte.
18/12/2006 10:24
Si no puedes probar que alguien más escuchara las afirmaciones del trabajador social ... será difícil que puedas probar la falsedad documental aparte de que los juzgados se ponen del lado de estos personajillos sin cuestionarlos siquiera.
Asesórate primero legalmente, pero si no te entendí mal y tienes esas grabaciones del trabajador social diciéndote eso que dices y fue quien firmó el informe ... quizás tengas alguna posibilidad.
En cuanto a las grabaciones, la STC nº 114/1984 de 29 de noviembre, afirma que quien graba una conversación con otro no viola el derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3 C.E.), salvo que afecte a la intimidad de las personas (SSTS 14-05-2001 y 22-12-2000). Convendrá que de presentarla, la perites antes para que te emitan un informe que diga que la cinta no ha sido manipulada, caso contrario sólo tendrá valor como prueba indiciaria.
Suerte. Un saludo.
18/12/2006 14:22
¿Para peritar la cinta no hace falta saber que es voz se corresponde con la psicologa y el trabajador social, pregunto?.

¿Aun así también puedo pedir que expresamente se periten esas grabaciones en el juzgado para que quede prueba feaciente de que son originales, o no?

En cuanto al contenido de las grabaciones, hablamos de mi hija de cuatro años de edad, por lo que siendo yo su padre y acudiendo a tratamiento psicologico dificilmente pueden alegar que se esta afetando la intimidad de mi hija.

Aun con todo decirte que estas grabaciones empece a efectuarlas puesto que no me podía creer que la propia psicologa que estaba tratando a mi hija de cuatro años de SAP, dijera que la culpa de haberse generado el sap en la menor la tenía todo el grupo familiar y no solamente la madre, intentando con ello esculparla del mismo, así mismo la madre realizó unas grabaciones durisimas para mi hija diciendo la pobre que su papa le hacia esto y lo otro, llegando a manifestarme también la psicologa que eran cosas que se había inventado la madre por un conflicto de lealtades, cuando se ve a las claras que la niña esta totalmente inducida por su madre, sencillamente lamentable.
18/12/2006 14:30
Pd: me puedes dar mas información sobre las sentencias del Tribunal Supermo, he encontrado la del Constitucional pero no las otras, muchas gracias.
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17/12/2006 21:11
Buenas, el hecho es el siguiente:

Como ya sabréis algunos foreros mi hija estuvo en tratamiento psicológico en un CAI como consecuencia del SAP generado por su madre, el hecho es que estos “profesionales” emitieron un informe a petición del Juzgado de Familia manifestando que la madre en ningún momento de la intervención se había negado a que el padre retomase el régimen de visitas con su padre, MANIFIESTACIONES TOTALMENTE FALSAS puesto que en una entrevista el trabajador social me manifestó que la madre estaba dispuesta a llegar hasta el final para no dejarme ver a mis hijos, teniendo las mismas grabadas en audio ya que como es de cátedra, no has de fiarte jamás de este tipo de instituciones.

He pensado enviarles un burofax solicitando que se retracten de las mismas haciendo propias las que me manifestaron cuatro meses antes de hacer el referido informe, acto que no realizarán por lo que me veré en la obligación de denunciarles por FALSEDAD DOCUMENTAL, por lo que me gustaría que a parte de darme vuestra opinión sobre esta posible denuncia, me dijerais si el juzgado admitirá tales grabaciones, ya que una vez en el foro alguien colgó jurisprudencia sobre la admisión como prueba de unas grabaciones por parte del Constitucional pero no las encuentro.

Podeís ayudarme,

Gracias.
18/12/2006 03:02
Carracuca, sobre reclamación sobre actuaciones de sicosociales puede serte de interés contactar con los servicios jurídicos de amnistia Infantil, tiene avanzado algun aspecto de ese tipo de reclamaciones, y realizada alguna, puede ser complementario a la información que recibas aquí.
Un saludo, y suerte.
18/12/2006 10:24
Si no puedes probar que alguien más escuchara las afirmaciones del trabajador social ... será difícil que puedas probar la falsedad documental aparte de que los juzgados se ponen del lado de estos personajillos sin cuestionarlos siquiera.
Asesórate primero legalmente, pero si no te entendí mal y tienes esas grabaciones del trabajador social diciéndote eso que dices y fue quien firmó el informe ... quizás tengas alguna posibilidad.
En cuanto a las grabaciones, la STC nº 114/1984 de 29 de noviembre, afirma que quien graba una conversación con otro no viola el derecho al secreto de las comunicaciones (art. 18.3 C.E.), salvo que afecte a la intimidad de las personas (SSTS 14-05-2001 y 22-12-2000). Convendrá que de presentarla, la perites antes para que te emitan un informe que diga que la cinta no ha sido manipulada, caso contrario sólo tendrá valor como prueba indiciaria.
Suerte. Un saludo.
18/12/2006 14:22
¿Para peritar la cinta no hace falta saber que es voz se corresponde con la psicologa y el trabajador social, pregunto?.

¿Aun así también puedo pedir que expresamente se periten esas grabaciones en el juzgado para que quede prueba feaciente de que son originales, o no?

En cuanto al contenido de las grabaciones, hablamos de mi hija de cuatro años de edad, por lo que siendo yo su padre y acudiendo a tratamiento psicologico dificilmente pueden alegar que se esta afetando la intimidad de mi hija.

Aun con todo decirte que estas grabaciones empece a efectuarlas puesto que no me podía creer que la propia psicologa que estaba tratando a mi hija de cuatro años de SAP, dijera que la culpa de haberse generado el sap en la menor la tenía todo el grupo familiar y no solamente la madre, intentando con ello esculparla del mismo, así mismo la madre realizó unas grabaciones durisimas para mi hija diciendo la pobre que su papa le hacia esto y lo otro, llegando a manifestarme también la psicologa que eran cosas que se había inventado la madre por un conflicto de lealtades, cuando se ve a las claras que la niña esta totalmente inducida por su madre, sencillamente lamentable.
18/12/2006 14:30
Pd: me puedes dar mas información sobre las sentencias del Tribunal Supermo, he encontrado la del Constitucional pero no las otras, muchas gracias.