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Grabar conversacion sin consentimiento expreso.

6 Comentarios
 
Grabar conversacion sin consentimiento expreso.
19/09/2010 21:06
Hola

Una delegada sindical (llamemosla "Ana") se reune en el comité de una empresa y lleva una grabadora oculta para grabar lo que allí acontece en la reunión de distintas secciones sindicales.

Porque por lo visto hay uno de ellos que suele insultarla y amenazarla delante de los demás. Pero luego nadie dice nada en defensa de la insultada, amenazada, etc...

Esta delegada sindical (Ana) tiene miedo de grabar las conversaciones, por miedo a que no sea aceptada como prueba en posibles juicios o incluso que pueda suponer algo perjudicial para ella (delito o similares) y por tanto le da miedo hacer uso de ello.

Además, los delegados de otras secciones sindicales (los que la insultan, amedrantan, amenazan, etc..) dicen en voz alta: "NO TENDRAS UNA GRABADORA ¿no? Porque no te autorizamos a grabarnos, asi que no grabes o te meteras en un lio muy gordo si lo haces.

¿Es cierto todo esto? ¿Puede Ana grabar sin miedo lo que ocurra, para así poder tener prueba de las amenazas, insultos, etc... a pesar de que en medio de la reunión digan los insultadores: NO TE DOY MI CONSENTIMIENTO PARA QUE ME GRABES?

¿Vulneraría eso algun derecho fundamental o seria delito o perjudicial de alguna manera para mi cliente (Ana)?

Gracia.s
20/09/2010 13:50
Las grabaciones son válidas como prueba ante un juez, siempre y cuando el grabador esté participando en la conversación. NO SON VÁLIDAS, cuando el grabador no esté en la conversación.

Por lo tanto, según cuentas tus pruebas si son validas, y yo personalmente hablaría con tu sindicato para que ejerciera la tutela de tus derechos.

Salvo mejor opinión.
20/09/2010 22:26
Pero, una cosa.

Mi duda mayor se centra en la orden que me da la otra persona: "TE PROHIBO QUE ME GRABES, si es que me estas grabando ocultamente".

Si se oye esa prohibición, ¿debo dejar de grabar por eso?.

O ¿puedo hacer caso omiso a su desautorización y aún asi seguir grabando?. ¿o me pasaría algo si sigo grabando una vez que me han dicho que no lo haga y ademas se oirá en la grabación dicha orden?

Eso es lo que mas me interesa. Saber si al mediar la orden de PROHIBICION de grabarle (porque esa persona tenga indicios para creer que tengo una grabadora oculta por ejemplo digamos...), si sigo siendo lícita la grabación oculta, y sin el consentimiento de aquel que me desautorizó a grabarle.

Gracias.
20/09/2010 23:08
Si se dirigía a tí, en un sitio público, o delante de más gente,le puedes grabar y punto. Diga lo que diga. Hay bastante jurisprudencia al respecto. No puede intentar que algo que haga en un espacio público y dirigido a tí luego no pueda publicitarse.

Otro tema es que lo hiciera en su casa.

Dile que a ver si se cree que porque te prohíba grabarle eso le permite a él insutlarte. Supongo que tú también le habrás dicho que no te insulte.. ¿te ha hecho caso?

Denuncia y ponte en manos de un abogado. A ese sindicalista espalidado se le puede caer el pelo.

Suerte.
21/09/2010 10:35
Denunciale, ya que la orden que te da es para que no quede constancia de los insultos, tambien te digo que la cobertura que le da la ley a un miembro del comite de empresa o delegado sindical no es ilimitada, esto es, si dichos miembros hacen un ilicito penal y son condenados podrían incluso ser despedidos por despido procedente.

21/09/2010 20:51
Todas las grabaciones si se hacen bien, bien quiere decir, una audición correcta, acompañada de una transcripción sobre soporte de papel de la conversación grabada y, si puede ser, el peritado de las voces, (Esto último, no es concluyente). Y SOBRE TODO, la intervención del que graba, como parte de la las personas que intervienen en la conversación. Sí así se hace, todas las grabaciones son legales.
sALUDOS
19/11/2010 08:31
Os quiero dar las gracias a todos... Esto está surtiendo efectos.

Las grabaciones han sido aportadas al proceso judicial, junto con las transcripciones sobre papel. Ahora a esperar a ver que pasa...

El abogado del sindicato ha aceptado aportar estas pruebas.

Ya os contaré.
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19/09/2010 21:06
Hola

Una delegada sindical (llamemosla "Ana") se reune en el comité de una empresa y lleva una grabadora oculta para grabar lo que allí acontece en la reunión de distintas secciones sindicales.

Porque por lo visto hay uno de ellos que suele insultarla y amenazarla delante de los demás. Pero luego nadie dice nada en defensa de la insultada, amenazada, etc...

Esta delegada sindical (Ana) tiene miedo de grabar las conversaciones, por miedo a que no sea aceptada como prueba en posibles juicios o incluso que pueda suponer algo perjudicial para ella (delito o similares) y por tanto le da miedo hacer uso de ello.

Además, los delegados de otras secciones sindicales (los que la insultan, amedrantan, amenazan, etc..) dicen en voz alta: "NO TENDRAS UNA GRABADORA ¿no? Porque no te autorizamos a grabarnos, asi que no grabes o te meteras en un lio muy gordo si lo haces.

¿Es cierto todo esto? ¿Puede Ana grabar sin miedo lo que ocurra, para así poder tener prueba de las amenazas, insultos, etc... a pesar de que en medio de la reunión digan los insultadores: NO TE DOY MI CONSENTIMIENTO PARA QUE ME GRABES?

¿Vulneraría eso algun derecho fundamental o seria delito o perjudicial de alguna manera para mi cliente (Ana)?

Gracia.s
20/09/2010 13:50
Las grabaciones son válidas como prueba ante un juez, siempre y cuando el grabador esté participando en la conversación. NO SON VÁLIDAS, cuando el grabador no esté en la conversación.

Por lo tanto, según cuentas tus pruebas si son validas, y yo personalmente hablaría con tu sindicato para que ejerciera la tutela de tus derechos.

Salvo mejor opinión.
20/09/2010 22:26
Pero, una cosa.

Mi duda mayor se centra en la orden que me da la otra persona: "TE PROHIBO QUE ME GRABES, si es que me estas grabando ocultamente".

Si se oye esa prohibición, ¿debo dejar de grabar por eso?.

O ¿puedo hacer caso omiso a su desautorización y aún asi seguir grabando?. ¿o me pasaría algo si sigo grabando una vez que me han dicho que no lo haga y ademas se oirá en la grabación dicha orden?

Eso es lo que mas me interesa. Saber si al mediar la orden de PROHIBICION de grabarle (porque esa persona tenga indicios para creer que tengo una grabadora oculta por ejemplo digamos...), si sigo siendo lícita la grabación oculta, y sin el consentimiento de aquel que me desautorizó a grabarle.

Gracias.
20/09/2010 23:08
Si se dirigía a tí, en un sitio público, o delante de más gente,le puedes grabar y punto. Diga lo que diga. Hay bastante jurisprudencia al respecto. No puede intentar que algo que haga en un espacio público y dirigido a tí luego no pueda publicitarse.

Otro tema es que lo hiciera en su casa.

Dile que a ver si se cree que porque te prohíba grabarle eso le permite a él insutlarte. Supongo que tú también le habrás dicho que no te insulte.. ¿te ha hecho caso?

Denuncia y ponte en manos de un abogado. A ese sindicalista espalidado se le puede caer el pelo.

Suerte.
21/09/2010 10:35
Denunciale, ya que la orden que te da es para que no quede constancia de los insultos, tambien te digo que la cobertura que le da la ley a un miembro del comite de empresa o delegado sindical no es ilimitada, esto es, si dichos miembros hacen un ilicito penal y son condenados podrían incluso ser despedidos por despido procedente.

21/09/2010 20:51
Todas las grabaciones si se hacen bien, bien quiere decir, una audición correcta, acompañada de una transcripción sobre soporte de papel de la conversación grabada y, si puede ser, el peritado de las voces, (Esto último, no es concluyente). Y SOBRE TODO, la intervención del que graba, como parte de la las personas que intervienen en la conversación. Sí así se hace, todas las grabaciones son legales.
sALUDOS
19/11/2010 08:31
Os quiero dar las gracias a todos... Esto está surtiendo efectos.

Las grabaciones han sido aportadas al proceso judicial, junto con las transcripciones sobre papel. Ahora a esperar a ver que pasa...

El abogado del sindicato ha aceptado aportar estas pruebas.

Ya os contaré.