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373 Comentarios
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07/03/2006 15:21
Hola a todos.
Después de buscar y encontrar “la Jurisprudencia”, he llegado a la conclusión de que NO siendo, en “CIRCUNSTANCIAS VARIAS” (pensándolo bien, ¡SIEMPRE!) está por encima (de la Ley). Esto me consuela y me anima en lo que pienso hacer a partir de ahora, cuando me convoquen a Junta; y quien NO esté de acuerdo que impugne. Por suerte para mí, la única que impugna en mi Comunidad soy yo. Mis adorables “vecinos” NO tienes esos “ardiles”, sólo se dejan llevar por lo que dice Don Felipe (el administrador). En caso de “impugnarme” a mí y a mi grabación, Felipe tendrá que dar alguna explicación, ¡digo yo! (demandarme por haber obtenido, mediante grabación, pruebas que demuestras que el administrador ha actuando en contra de lo que dice la Ley, engañando a toda la Comunidad), Y luego, en el mejor de los casos, para la Comunidad, que tengan que pagar ellos sus COSTAS, dadas mis circunstancia. ¿No les parece un absurdo?

Lorea, yo NO iba a un colegio de monjas, estaba “ingresada” en él, en contra de mi voluntad (familia numerosa).
JMP. Me muero de ganas de ver “las dos plantas de María” (salvo que sean los pies). Lorea, SÍ es cierto, me pica la curiosidad; después de esto NO te pica a ti, aunque sea sólo un poquito? (la curiosidad). Estoy segura que NO soy la única, de momento, también Isabol.

Saludos.
07/03/2006 14:32
Me autocorrijo: "colilla" no, "coletilla" sí ¿En que estaría yo pensando si no fumo?
¿Qué procedimientos serían esos que supusieran vulneración de derechos fundamentales o libertades públicas?
¿En qué condiciones se estima que una grabación es ilegal?
Me voy a leer la sentencia que nos aconsejó Justa.
Gracias
07/03/2006 14:00
Pues a mi la curiosidad me está matando. ¿Me podrían decir como se titula exactamente el post de "las 2 plantas de María", en el foro penal y de qué fecha es? Que no lo encuentro.
07/03/2006 11:32
Isabol, vuelves a dar en el/la clava. Dices: "Si la Jurisprudencia establece que es posible grabar, SIEMPRE QUE DICHA GRABACIÓN NO SEA REALIZADA DE FORMA ILEGAL, lo que habría que determinar es en qué condiciones se estima que una grabación es legal, en lugar de elucubrar sobre si se puede o no se puede"
¿Recuerdas la "colilla" que remarqué en mi mensaje del día 02/03/2006 :SALVO QUE SE HUBIERAN OBTENIDO, DIRECTA O INDIRECTAMENTE, MEDIANTE PROCEDIMIENTOS QUE SUPONGAN VULNERACIÓN DE DERECHOS FUNDAMENTALES O LIBERTADES PÚBLICAS?
Elucubremos, entonces, sobre esto.

JMP, a mi ni me picaba la curiosidad ni me pica. Era María Rosa la curiosa (rima incluida), no yo.
perfil JMP
07/03/2006 09:51
Amiga Isabol; Has dado en el clavo. Hay gente que pasa mucha hambre y además lo demuestran, y por eso se venden tratando de hacer gala de un físico envidiable, (ya me imagino yo ese opulento y envidiable corpachón).

Para que veas que estas en lo cierto, y especialmente para Maria Rosa y Lorea que les picaba la curiosidad, he rescatado el asunto de las 2 plantas de María en el foro Penal.

Lo siento por el caballero DickTurpin que, al igual que todos en alguna ocasión, no estuvo muy afortunado en sus intervenciones, pero demuestra a las claras lo que manifiesta Isabol y, por que no reiterarlo, el profundo desconocimiento jurídico de JADE, su fiel escudera. Eso si de Literarutura un crack. Cuidado García Márquez.

Amiga Isabol, el derecho es para listos. El día de mañana si te ganas la vida en este mundo no tardarás en darte cuenta que, más allá de posturas absurdas, lo que dice el Tribunal Supremo va a misa, y más el Constitucional cuya doctrina y resoluciones son vinculantes al y como dije.

Haces muy bien en no dejarte llevar por opiniones como los de la escudera fiel.
07/03/2006 09:20
Bueno foreros, aunque estoy más verde que las aceitunas tempraneras, me atrevo a contradecir a algunas personas más preparadas que yo. Cierto que la juriprudencia no es ley, pero no olvidemos que es fuente del derecho y como tal, tiene fuerza jurídica, o eso, o resulta que mi catedrático, no tiene ni idea del tema y yo podría demandar a mi Universidad por no darme una formación correcta.

Si la jurisprudencia establece que es posible grabar, siempre que dicha grabación no sea realizada de forma ilegal, lo que habría que determinar es en qué condiciones se estima que una grabación es legal , en lugar de elucubrar sobre si se puede o no se puede. Por lo que he leído parece que sí se puede, aunque no me gusta la idea.

La forma que tiene Jade de defender las exposiciones de Turpin se parece a lo que hago con mi chico. Le saco las uñas al que le lleve la contraria, aunque no tenga razón.
07/03/2006 09:04
Maria Rosa
Lo que comentas de las flores a María.
Yo no iba a un colegio de monjas, o sea, no era colegiada. Pero en la escuela pública a la que asistía, también se cantaba lo que tu dices: "Venid y vamos todos con flores a María, con flores... que madre nuestra es"
Y llevábamos un ramo de flores. Yo como tenía flores en mi patio (que era particular) solía llevar el más grande. Y la maestra ¡me tenía una pelota! Que cuando había de salir a algún sitio, me dejaba en su lugar de vicepresidenta y yo ponía orden.
Ahora ya no se llevan flores, se siembran plantas de María que adornas también y algunos/as además las aprovechan.
¡Qué mundo!
07/03/2006 08:19
¿Aclarar qué? Sencilla y llanamente no has contestado. Igual es que no lo sabes.
¿Qué base tiene el Colegio para afirmar: "un vecino podrá grabar con el consentimiento de todos los presentes en la reunión"?
"Un administrador o secretario podrá grabar con el consentimiento de la mayoría y únicamente con fines de facilitar el trabajo de redacción del Acta, es decir fines de trabajo nada más"
¿Y si el administrador/secretario es también propietario?
"Si un vecino se niega a apagar el instrumento de grabación podrá llamarse a la policía puesto que es un delito"
¿Qué delito? ¿Cómo procederían los agentes? ¿En base a qué?
Ya ves que aclararme, no me has aclarado nada. Y si me sigues llamando Lorena yo te voy a llamar Alejandrus ¡que te enteres!

07/03/2006 00:16
Pues como dije más arriba fue una persona que se identificó con nombre apellidos y cargo concreto dentro del Colegio. Pro el cargo que dijo, la persona sabía de lo que hablaba y tras su afirmación le insistí en que me lo ratificara y así fue.
Estoy esperando que la Agencia de Protección de datos me responda a un caso que les he planteado, evidentemente es uno calcado al que comentamos para ver que me comentan, en cuanto sepa algo os lo digo.
Yo sigo firme a que la única consulta concreta sobre este tema en concreto es la que hice yo, la jurisprudencia está muy bien pero no se ajusta a lo que aquí mencionamos, si tan claro es que muestren jurisprudencia concreta.

Espero haberte aclarado algo lorena, un saludo.

07/03/2006 00:09
Me siento suficientemente preparado para afirmar de forma tajante que jurisprudencia NO es ley, la ley señor mío (DP) sólo puede ser realizada por el poder legislativo y no el judicial que se encarga de aplicarla y e todo casa de suplir sus lagunas, se podrá equiparar pero no igualar, ponga en un examen de teoría del derecho de primero de carrera que la jurisprudencia es ley que le veo en septiembre rectificando. Pero en fin este no es tema que nos concierne en este momento.
Sólo sé que tras más de 300 mensajes no hemos sacado nada, repito nada en claro, lo que unos ofrecemos no sirve ya que es el Colegio de Admin de MAdrid el que lo dice y para otros no nos sirve jurisprudencia (que no ley), que no pensamos sea equiparable.

Un saludo
07/03/2006 00:06
Alejandro
¿En qué se basa el Colegio de Administradores de Fincas de Madrid para asegurar las palabras que nos escribiste aquí?
Yo te creo, te lo aseguro. Pero como lo dices con tanto convencimiento, digo que alguna base habrá para tan rotunda afirmación.
No entiendo lo que me está pasando. ¿Cómo se pueden creer a la vez dos opiniones contrapuestas?
Espero tu respuesta Alejandro.
06/03/2006 23:49
Hola, Lorea. Mira esto.

JMP le dice a Jade:
“Qurida Jade, dos puntos:

Me alegra enormemente que prefieras elegir al amigo Turpin antes que a mi. Se que todavía sientes rencor por el tema de las dos plantas de la María donde, dicho sea de paso, hiciste un ridículo espantoso. Lo siento pero yo no tengo la culpa de aquello, y que te lo vuelva a repetir no es un insulto, ni un intento de imponer mis ideas. Simplemente yo expongo lo que pienso y que cada uno opine lo que quiera. Te recuerdo que esto es un foro de OPINION, querida.” Fin.

Lorea. Ahora te pregunto: Tu que eres de letras, sabes donde puedo ver el TEMA “las dos plantas de María”?. A primera vista me era familiar, más tarde me di cuenta que lo que me recordaba era “con flores a María” (colegio de monjas) pero eso NO tiene que ver con estos menesteres.

Referente a mi mensaje anterior. ¡NO insisto!.

Saludos.
perfil dp
06/03/2006 23:33
Veamos, Lorea: no suelo preguntar nunca si el que interpela, habla, comenta, etc. es licenciado, diplomado, bachiller o mero aficionado a estas cuestiones. Las opiniones son libres. Pero si uno afirma cosas como que "la jurisprudencia del TS no es ley" sí que parece exigible una fundamentación mínima. Personalmente, no suelo hacer semejantes juicios sobre cuestiones económicas, psicológicas o musicales porque no tengo ni idea y sería pretencioso hasta el planteármelo. Pero parece que en el ámbito jurídico, al menos en este foro, hay mucho avezado. En fin .. allá ellos, porque es legítimo aunque a mí me genera contrariedad.
Cuando alguien dice ser letrado (como se ha dicho aquí) y se dicen cosas como la anterior o del mismo estilo, además de hacernos dudar a todos acerca de muchas cosas, se corre el riesgo de hacer el ridículo. Pero .. allá cada uno.
Por otra parte, la grabación que pueda realizar el presidente-administrador, si interviene en la junta, es legítima. Los motivos para que lo haga pueden ser miles, pero ellos no van a otorgar legalidad o ilegalidad a esa acción. Personalmente, realizo muchas grabaciones de conversaciones que luego no utilizo, pero las conservo cierto tiempo "por si acaso". La vida me ha demostrado que nunca se sabe cuándo van a ser útiles. Aquí se ha comentado que muchos propietarios han constatado tras celebrarse una junta que el acta había sido manipulada escribiendo "unánime" cuando la decisión se había tomado por mayoría. De ahí que la gente grabe, porque quiere tener una prueba OBJETIVA de lo ocurrido, y que siempre valdrá más que 2000 testificales.
Pero todo lo anterior no implica que nadie tenga la obligación de grabar nada. Cada uno es libre de hacerlo o no, pero que uno no lo haga no implica que cualquier otro lo realice. Y si alguien entiende que se vulnera su sagrado derecho a la intimidad (o el que sea) que vaya al juzgado a denunciar o querellarse.
Sr. Alejandro, ¿que tendrá que ver lo que yo o usted piense, con lo que tiene establecido el TS? Piense usted lo que quiera, como la le dije, pero la realidad es tal cual es y por mucho le desgrade o considere delictivo si mañana es grabado (con los requisitos mil veces nombrados) podrá presentar querella y comprobar como el sujeto activo sale absuelto. Si cree que la acción es ilegal llame a la policía, pero entonces vaya preparándose porque la reacción de los agentes puede ser cualquiera: desde no hacer nada (conocedor de la legalidad), pasando por detener al "grabador" por cualquier delito (incluso por delitos privados) y acabando por ir llamando a los superiores que estén de servicio para ver si alguien sabe cómo se debe actuar (le podría explicar situaciones dantescas al respecto).
Puede decir lo que quiera respecto a si las sentencias que he puesto son sólo casos esporádicos, que no tienen nada que ver con lo que aquí tratamos, incluso que esa jurisprudencia no es antigua y asentada, porque, insisto, la realidad no la va a cambiar ni usted ni yo, afortunadamente.
Y esto no tiene nada que ver con opiniones personales ni soflamas demócratas (la transición hace tiempo que pasó como para que toque esa fibra). Siga usted pensando que la jurisprudencia no es ley, que ya ve como incluso los estudiantes que han intervenido le desmienten. Eso por no citar la jurisprudencia puesta por JMP (al que podrán criticar todo lo que quieran pero cuya valía jurídica es envidiable) y la que cualquiera puede constatar en todas las bases de datos jurídicas. Lo deseable sería que muchos la leyeran para darse cuenta de que si un coche es verde, desde luego no es azul. Salvo que se quiera seguir viendo verde, incluso cuando se pinta de negro.
Saludos.



06/03/2006 23:05
damaot, deberías salir a decir eso de: "Este coloquio ya ha entrado en un diálogo de sordos, después de "299" actuaciones..."
Y seguimos sin convencernos. Aquí algo está fallando. O no hay evidencias tan claras o somos excesivamente incrédulos.
06/03/2006 22:28
DP, buenas conclusiones sacas, opinas lo que yo, o estás equivocado y no sirves, bien, bien, a gente como tú hay que agradecerle que hoy vivamos en democracia.....
06/03/2006 20:50
Lorea, de haber grabado la Junta más bien, seriese para obligar al secretario-administrador a cumplir con su acometido (reflejar en Acta lo acontecido en Junta). Yo sabía que de haber ido me la hubiera jugado. Porque lo sabía?.
Te cuento.
Unos días antes de la Junta (yo creo que le forcé a adelantarla) hable con él “Ilegitimo”, su mujer (secretaria del administrador) delante, ambos dos bastante tensos. Ese día también hable con el administrador, me dijo algo de un contrato de compra-venta privado (NO me lo enseñó, él mismo se delató, yo callá). En el tema de cuentas, coeficientes y exoneraciones, me dio toita la razón “iba a corregirlo”, me dio su palabra.
A los pocos días (viernes noche) convocatoria a Junta Ordinaria para el lunes siguiente. La mayoría ni se enteró. De haber asistido a la Junta me la hubiera jugado.
Lorea, tú en mi lugar que hubieras o hubieses echo: asistir a Junta sin grabadora (¡ojo! Eres morosa sin derecho de voto, lo que digas NO vale para nada), asistir a la Junta con grabadora (siempre puedes demostrar que SÍ tenía derecho de voto, y mucho más), o NO asistir y mediante burofax (22 eurazos que NO es “ moco pavo”) hacer valer tus derechos, mostrando tu disconformidad con los “APAÑOS” del presidente y del secretario-administrador.

Si NO quieres NO me conteste pero prefiero que lo hagas, pero NO te sientas obligada ¡Por favor!.

Saludos.

PD. Con mi mensaje 298. Superaremos los 300?. Y los 400? . ¡Quien sabe!
06/03/2006 20:30
DP
"se puede percibir que aquí hay licenciados con falta de reciclaje" También hay no licenciado en fase de reciclaje. Siempre os olvidais de nosotros, caramba.
Entonces dice que, cualquier propietario puede acudir a la Junta con grabadora o cámara de video con intención de grabar sus conversaciones y las de los demás y no se vulnera ningún derecho. Hasta ahí, me lo creo. Le creo, DP, sin más.
Pero este tipo de actuaciones, así tomadas sin comentarlas tan siquiera, pudiera o pudiese ser que ocasionaran algún conflicto que podría llegar incluso a la suspensión de la Junta por parte del Presidente.
¿Qué pasa si alguien se te viene encima con intención de apagarte el aparato? Eso en el mejor de los casos.

Por otro lado, yo preguntaba si es esa la misma situación que, si el administrador, por su cuenta y riesgo, decide grabar la Junta (cámara oculta) sin conocimiento de ninguno de los presentes.

Finalmente, lo que sigue, es una opinión personal, totalmente mía propia que si no viene al caso puede eliminarse sin contemplaciones ni miramientos.
Pienso, que no siendo un caso de falsedad manifiesta y continuada ¿qué necesidad hay de grabar? ¿Para demostrar qué?
Nosotros en nuestras Juntas aparte de hablar, ¡nos echamos unas carcajadas! y hasta de los desacuerdos nos mofamos, o sea, nos desternillamos.
Así que, fijaos que fundamento de grabación. ¡Como para enviar copias de esto!
O el 301.
06/03/2006 19:54
Muchas gracias DP, has sido muy amable al sacarme de mi duda.
perfil dp
06/03/2006 19:39
Afortunadamente para todos las intervenciones de JMP siempre son provechosas jurídicamente. De todos los juristas (·no me refiero sólo a los licenciados en derecho, sino los que ejercen la profesión, ya que aquí se puede percibir que hay licenciados con falta de reciclaje) es notorio el carácter que poseen las sentencias del TC y TS. Que se diga, y se siga manteniendo, que "no son ley" es algo que gracias a la sentencia aportada por JMP se constata que es una abismal aberración jurídica.
De igual forma es más que evidente que toda persona puede grabar las conversaciones que mantenga, se celebren en un portal, en su casa, en el juzgado, en la playa o en la Antártida. Y ello sin tener que comunicar nada al interlocutor/es.
Esto lo podrá negar quien no haya presentado nunca una grabación en los juzgados, porque en caso contrario sabe que, además de no vulnerar derecho, secrero, intimidad, etc. alguno, esa prueba se convierte en la base de la futura sentencia que dicte el órgano juzgador. Por supuesto que lo negará quien no haya ganado nunca un caso con esas herramientas y se valga siempre de miles de testificales, "documentales" y otros medios probatorios.
Para Isabol: tienes los apuntes bien tomados, pero (lo verás más adelante) no sólo las del TS. El TC, como supremo intérprete de la Constit. goza de más eficacia respecto a su ámbito decisorio (derechos fundamentales, constitucionalidad leyes, bloque constitucionalidad, etc.). No todo lo que leas en este tipo de foros es "sagrado" por mucho que lo digan licenciados y profesionales de reconocida competencia. En este mensaje puedes leer cosas que chocan con la correcta doctrina que vas a recibir, por no decir otra cosa.
Saludos.
06/03/2006 19:32
damaot. Te reservamos el "300".

No nos hagas el feo.