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Gravamen en Escritura

1 Comentarios
 
15/12/2010 15:37
Hola de nuevo.
Por favor, ¿Alguien me puede orientar en la pregunta que hacía ayer? sobre la conveniencia o no, de comprar una vivienda con la carga indicada.
Muchas gracias por responder.
Saludos.
Gravamen en escritura
14/12/2010 13:17
Buenos días a todos.
En la Nota simple de una vivienda que deseo comprar, aparece la siguiente carga:
"Se halla GRAVADA:
- Con la afeccion, como carga real, del pago del saldo de la liquidación definitiva de la cuenta del proyecto de reparcelación, en la que le corresponde una cuota de 3,07884 por ciento, y un importe en el saldo de la cuenta provisional de la
reparcelación de 392390,04 euros, según consta en su inscripción 1a de fecha cuatro de marzo de dos mil cuatro, inscripción que fue provocada en virtud de escritura de protocolización del proyecto de reparcelación, otorgada el día veintinueve de enero
de dos mil cuatro, ante el Notario de Illescas, don José-Ignacio Navarro Bertrán, protocolo 426, subsanada por otra otorgada el veintiséis de febrero de dos mil cuatro, ante el mismo notario, protocolo 1.011, que causó la inscripción 1a."
¿Es importante o me pueden reclamar económicamente?¿Tiene efectos negativos para mí?
Gracias por informarme.
Gravamen en Escritura | PorticoLegal
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15/12/2010 15:37
Hola de nuevo.
Por favor, ¿Alguien me puede orientar en la pregunta que hacía ayer? sobre la conveniencia o no, de comprar una vivienda con la carga indicada.
Muchas gracias por responder.
Saludos.
Gravamen en escritura
14/12/2010 13:17
Buenos días a todos.
En la Nota simple de una vivienda que deseo comprar, aparece la siguiente carga:
"Se halla GRAVADA:
- Con la afeccion, como carga real, del pago del saldo de la liquidación definitiva de la cuenta del proyecto de reparcelación, en la que le corresponde una cuota de 3,07884 por ciento, y un importe en el saldo de la cuenta provisional de la
reparcelación de 392390,04 euros, según consta en su inscripción 1a de fecha cuatro de marzo de dos mil cuatro, inscripción que fue provocada en virtud de escritura de protocolización del proyecto de reparcelación, otorgada el día veintinueve de enero
de dos mil cuatro, ante el Notario de Illescas, don José-Ignacio Navarro Bertrán, protocolo 426, subsanada por otra otorgada el veintiséis de febrero de dos mil cuatro, ante el mismo notario, protocolo 1.011, que causó la inscripción 1a."
¿Es importante o me pueden reclamar económicamente?¿Tiene efectos negativos para mí?
Gracias por informarme.