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1 Comentarios
 
Guarda legal
11/09/2017 18:03
Buenas tardes,

Solicité una reducción de jornada por guarda legal a la empresa después de varios meses y de mutuo acuerdo con la empresa creo que voy a volver a trabajar durante un tiempo en horario normal, por que por temas familiares ahora puedo compaginar algo mejor la guarda lega, sin embargo me quedan un par de dudas, si no modifico en la seguridad social la guarda legal, esta ¿continua vigente y en activo o estaría suspendido temporalmente hasta que vuelva con el horario establecido en la guarda legal? Si resulta que está en estado suspendido hasta que vuelva al horario establecido ¿computaría en la seguridad social como guarda legal por el total de horas o sería con las horas que este haciendo en ese momento?. ¿o tendría si o si que modificar mi guarda legal?
13/09/2017 13:28
Maria3322
Hola. Si vd. vuelve a realizar su jornada habitual renunciando a la reducción de jornada pactada, previo acuerdo con la empresa, es la empresa quien comunicará a la Seguridad Social que vuelve a realizar el 100% de su jornada. Vd., no tiene que hacer nada. La reducción horaria siempre que esté entre los límites establecidos, por cuidado familiar en 1º grado, cotizan como si se estuviera trabajando al 100%.
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11/09/2017 18:03
Buenas tardes,

Solicité una reducción de jornada por guarda legal a la empresa después de varios meses y de mutuo acuerdo con la empresa creo que voy a volver a trabajar durante un tiempo en horario normal, por que por temas familiares ahora puedo compaginar algo mejor la guarda lega, sin embargo me quedan un par de dudas, si no modifico en la seguridad social la guarda legal, esta ¿continua vigente y en activo o estaría suspendido temporalmente hasta que vuelva con el horario establecido en la guarda legal? Si resulta que está en estado suspendido hasta que vuelva al horario establecido ¿computaría en la seguridad social como guarda legal por el total de horas o sería con las horas que este haciendo en ese momento?. ¿o tendría si o si que modificar mi guarda legal?
13/09/2017 13:28
Maria3322
Hola. Si vd. vuelve a realizar su jornada habitual renunciando a la reducción de jornada pactada, previo acuerdo con la empresa, es la empresa quien comunicará a la Seguridad Social que vuelve a realizar el 100% de su jornada. Vd., no tiene que hacer nada. La reducción horaria siempre que esté entre los límites establecidos, por cuidado familiar en 1º grado, cotizan como si se estuviera trabajando al 100%.