sera apartado del servicio hasta la resolucion, osea que quedan fuera de empleo y sueldo, solo faltaria cobrar, ¡¡¡vamos¡¡¡ y si sale condenado y el delito es cometido ejerciendo su profesion seria expulsado de picoletolandia.
El guardia en prision preventiva pasaria a la situacion administrativa de suspenso de funciones ( asi se llama) si asi lo dispone el ministro de defensa, ademas dependiendo de las circunstancias de caso el ministro de defensa podria dictar el cese en el destino. El guardia estaria en esta situacion no hasta que se dicte sentencia, si no durante la duracion de la prision preventiva, o 6 meses como maximo si esta imputado pero no preso.
El guardia suspenso de funciones cobraria el sueldo base y los trienios ( hay algo llamado presuncion de inocencia y no se trata de privar de su medio de vida a quien todavia no ha sido juzgado)
Si se condena al guardia podria ser expulsado tanto si el delito tiene relacion con el servicio como si no la tiene, eso si tras la instruccion del correspondiente procedimiento disciplinario.