Hola que tal, como estais. Bueno a ver si alguien sabe aclararme una duda que tengo: ¿Se puede quedr para sí, sin dárselo a nadie, ni a la comunidad de vecinos ni a ningún particular, el promotor de unos pisos que ha entregado, de un habitáculo que está en la zona de los cuartos de agua, ascensores, etc y que está situado en el espacio que va desde las puertas cortafuegos de los garajes hasta las escaleras de los pisos. Espero alguna respuesta. Muchas gracias.
Habrá que ver la escritura de división en Propiedad Horizontal, y ver si figuran como fincas independientes esos habitaculos, o si son anejas a una vivienda. (sirve como orientación los planos del proyecto de obra, presentados para la obtención de licencia, puede que allí ya están los habitaculos... o no)
El promotor, como dueño del edificio se puede quedar las fincas que quiera, pero como indicas lo primero a determinar si esa es zona común o no.
Y por norma, lo que no es propiedad privativa es elemento común, incluso lo que existe pero no aparece en escrituras, creo que se les llama restos de fabrica, o eso le oí a Loscertales en un video.