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Hacerle salir del escondite

1 Comentarios
 
Hacerle salir del escondite
08/06/2014 19:11
Hola a tod@s
Es una pregunta espero q sencilla.
Aunque ya tengo otro hilo abierto x impago de pensiones etc tc mi pregunta es: si yo prsento modificacion de mediadas respecto al regimen de visitas e importes de pension y mi exmarido como viene haciendo no recoge ningun auto del juez de famia e indica direcciones falsas para hacernos a todos perder el tiempo... Si no recoge esas notificaciones la modificaciones se aceptan o tiene q estar el personado??? No se si me he explixado bien, gracias
09/06/2014 11:37
El juzgado intentará la notificación en el domicilio que ustedes digan y en el que señalen de parte contraria. Si no hay resultado, entonces notifican mediante edictos dando un plazo para la personación.

Si sigue sin presentarse, llegado el plazo otorgado para ello, lo declararán en rebeldía y el procedimiento sigue su curso. Habrá vista en la que su abogado/a expondrá sus pretensiones, y al no estar el demandado, éste no podrá oponerse ni alegar nada. Entonces el Juez tendrá que decidir con el material que tiene, que será solo el de su parte.

Pero tenga en cuenta que una cosa es que el procedimiento siga su curso y otra cosa es que se estimen todas sus pretensiones. Una cosa no tiene que llevar necesariamente a la otra, ya que el que decide es el juez en base al mejor interés del menor.

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Hacerle salir del escondite
08/06/2014 19:11
Hola a tod@s
Es una pregunta espero q sencilla.
Aunque ya tengo otro hilo abierto x impago de pensiones etc tc mi pregunta es: si yo prsento modificacion de mediadas respecto al regimen de visitas e importes de pension y mi exmarido como viene haciendo no recoge ningun auto del juez de famia e indica direcciones falsas para hacernos a todos perder el tiempo... Si no recoge esas notificaciones la modificaciones se aceptan o tiene q estar el personado??? No se si me he explixado bien, gracias
09/06/2014 11:37
El juzgado intentará la notificación en el domicilio que ustedes digan y en el que señalen de parte contraria. Si no hay resultado, entonces notifican mediante edictos dando un plazo para la personación.

Si sigue sin presentarse, llegado el plazo otorgado para ello, lo declararán en rebeldía y el procedimiento sigue su curso. Habrá vista en la que su abogado/a expondrá sus pretensiones, y al no estar el demandado, éste no podrá oponerse ni alegar nada. Entonces el Juez tendrá que decidir con el material que tiene, que será solo el de su parte.

Pero tenga en cuenta que una cosa es que el procedimiento siga su curso y otra cosa es que se estimen todas sus pretensiones. Una cosa no tiene que llevar necesariamente a la otra, ya que el que decide es el juez en base al mejor interés del menor.