Hacienda me trae loca. Si pudierais ayudarme con esta duda que tengo... ¿Que hago con una minuta que se que no me van a apagar?¿La meto en Hacienda, pero cuando? ¿Espero a que me paguen, la meto y luego hago una rectificación? ¿Que pasa si la meto y luego no me paga el cliente? ¿Como se hace esa rectificación?. ¿Como numero esa minuta?. ¿La numero cuando haga la jura de cuentas? Agradezco cualquier opinión.