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He perdido lo que me deben que es 241,71 ¿Queé debo hacer?

1 Comentarios
 
He perdido lo que me deben que es 241,71 ¿queé debo hacer?
14/05/2020 09:59
Buenas
Mi mi pregunta es la siguiente
Hace un mes que hice la declaración de la renta y me salia ha devolver
Y hoy me ha llegado una carta de hacienda
Y me pone comunicación de pago
Y ordenación del pago importe liquidado de la devolución 0,00
Detalles de deducciones y me pone por dudas con juzgados. Juzgados y audiencias
Y abajo pone total de deducciones 241,71
Que es esto hacienda puede hacerlo
He perdido lo que me deben que es 241,71
Que debo hacer
14/05/2020 10:34
43129568z
En estos casos Hacienda es un mero recaudador que está obligada a cumplir las órdenes de embargo de créditos que recibe de los Juzgados, sin entrar ni conocer los detalles de la sentencia.
Debes averiguar el Juzgado que lo reclama para poder conocer con exactitud el origen de la deuda y su importe total ya que puede ser superior y no se haya cancelado en su totalidad.

El origen de estas deudas con siempre privadas, es decir reclamadas por la via civil por alguna persona o empresa particular.
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He perdido lo que me deben que es 241,71 ¿Queé debo hacer?

1 Comentarios
 
He perdido lo que me deben que es 241,71 ¿queé debo hacer?
14/05/2020 09:59
Buenas
Mi mi pregunta es la siguiente
Hace un mes que hice la declaración de la renta y me salia ha devolver
Y hoy me ha llegado una carta de hacienda
Y me pone comunicación de pago
Y ordenación del pago importe liquidado de la devolución 0,00
Detalles de deducciones y me pone por dudas con juzgados. Juzgados y audiencias
Y abajo pone total de deducciones 241,71
Que es esto hacienda puede hacerlo
He perdido lo que me deben que es 241,71
Que debo hacer
14/05/2020 10:34
43129568z
En estos casos Hacienda es un mero recaudador que está obligada a cumplir las órdenes de embargo de créditos que recibe de los Juzgados, sin entrar ni conocer los detalles de la sentencia.
Debes averiguar el Juzgado que lo reclama para poder conocer con exactitud el origen de la deuda y su importe total ya que puede ser superior y no se haya cancelado en su totalidad.

El origen de estas deudas con siempre privadas, es decir reclamadas por la via civil por alguna persona o empresa particular.