Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

helpman; help!

2 Comentarios
 
Helpman; help!
30/07/2003 13:37
tengo 1 piso con terraza privada de 60m2 hacia la parte trasera del edificio. deseo instalar una pergola de madera q cubrira unos 45m2 e irá separada de la pared del edificio unos 40 cm

en una reunion de vecinos la mayoría se opuso alegando q restaba visibilidad al piso superior, aún cuando la altura 2,40 m no supera la placa q nos separa y no hay ni habrá nada delante de la terraza

dejé constancia en acta de mi inconformidad en la votación y busco asesoría legal para saber si realmente necesito la aprobacion de la junta.

1000 gracias
30/07/2003 20:30
En el caso que planteas entiendo de aplicacion el art. 7 de la LPH segun el cual:

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

Pues bien, en éste caso estamos ante la instalacion de un elemento movible que por tanto no menoscaba o altera la seguridad del edificio, su estructura general, ya que se puede desmontar.

Respecto de la alteracion, opino que al ser la parte trasera la misma no se produce en tal sentido del art.7.
En cuanto a lo que especificamente alegan tus vecinos-q resta visibilidad al piso superior-es discutible y en todo caso habría que verlo in situ.
De todos modos al respecto concluyo que las vistas que restan a tu vecino son las de tu terraza nada mas, por tanto la decision adoptada por tu comunidad me parece un abuso de derecho y por ello puedes impugnar la decision ante los tribunales(ojo con el plazo).
Aunque tb puedes considerar que no perjudicas los derechos de tu vecino-vistas- y optar por instalar la pergola, arriesgandote a un proceso judicial en el que será el juez el que decida si perjudicas o no las vistas (que yo creo que no ya que lo que no le dejas ver es tu terraza) de tu vecino.

1 saludo.

31/07/2003 22:31
gracias nuevamente! " espero q la sangre no llegue al río"
helpman; help! | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

helpman; help!

2 Comentarios
 
Helpman; help!
30/07/2003 13:37
tengo 1 piso con terraza privada de 60m2 hacia la parte trasera del edificio. deseo instalar una pergola de madera q cubrira unos 45m2 e irá separada de la pared del edificio unos 40 cm

en una reunion de vecinos la mayoría se opuso alegando q restaba visibilidad al piso superior, aún cuando la altura 2,40 m no supera la placa q nos separa y no hay ni habrá nada delante de la terraza

dejé constancia en acta de mi inconformidad en la votación y busco asesoría legal para saber si realmente necesito la aprobacion de la junta.

1000 gracias
30/07/2003 20:30
En el caso que planteas entiendo de aplicacion el art. 7 de la LPH segun el cual:

1. El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquél cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad.

Pues bien, en éste caso estamos ante la instalacion de un elemento movible que por tanto no menoscaba o altera la seguridad del edificio, su estructura general, ya que se puede desmontar.

Respecto de la alteracion, opino que al ser la parte trasera la misma no se produce en tal sentido del art.7.
En cuanto a lo que especificamente alegan tus vecinos-q resta visibilidad al piso superior-es discutible y en todo caso habría que verlo in situ.
De todos modos al respecto concluyo que las vistas que restan a tu vecino son las de tu terraza nada mas, por tanto la decision adoptada por tu comunidad me parece un abuso de derecho y por ello puedes impugnar la decision ante los tribunales(ojo con el plazo).
Aunque tb puedes considerar que no perjudicas los derechos de tu vecino-vistas- y optar por instalar la pergola, arriesgandote a un proceso judicial en el que será el juez el que decida si perjudicas o no las vistas (que yo creo que no ya que lo que no le dejas ver es tu terraza) de tu vecino.

1 saludo.

31/07/2003 22:31
gracias nuevamente! " espero q la sangre no llegue al río"