Ponga la pregunta en el foro general de Derecho Civil. A rriesgo de error entiendo que para expropiar hay dos partes, el nudo propuetario que es Vd y el usufructuario y que dependiendo del valor del usufructo y la parte del bien expropiado debran repartir ese dinero Me sorprende que la administracion lograra apuntar en el registro civil esa expropiacion sin el concurso del nudo propietario Un saludo
Soy nuevo y desconozco si este el foro adecuado. Si no fuera asi, ruego me pedornen. Mi pregunta es: Soy heredero de un solar que por disposicion testamentaria se dejo en usufructo a otra persona, durante el tiempo que duro el usufructo se expropio parte de el recibiendo el usufructuario el benefico de esta expropiacion. ¿Ese dinero es para el usufructuario o el heredero junto con el solar tiene que recibir el dinero de la expropiacion?. Gracias por todo.