Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Herencia compleja

1 Comentarios
 
Herencia compleja
27/05/2019 10:47
Hola, mi madre y mi tía poseían después de heredar una casa de la que las dos eran propietarias al 50%. En el mes de febrero murió y mi tia y ahora mis primos quieren vender esa casa. Mi madre tiene dudas sobre si ya se han cambiado las escrituras y ya figuran ellos como propietarios del 50% que le correspondía a mi tia ya que no ha sabido nada del.tema. ¿Ella tiene que firmar para esos cambios en las.escrituras al recibir mis primos su herencia?En caso de mi madre estar de acuerdo con la venta, antes ¿tendrián que haber hecho el cambio en las escrituras?
27/05/2019 15:38
Camufladatoy
Las escrituras son la propia adjudicación de herencia, no es obligatorio volver a escriturar ni inscribir en el RP, y con eso en principio es suficiente para poder vender la casa, aunque el posible comprador siempre preferirá que estén en el RP. Se puede ir al RP con las dos adjudicaciones de herencia ante notario y registrarlo con el porcentaje adecuado, si les interesa hacerlo.
Herencia compleja | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Herencia compleja

1 Comentarios
 
Herencia compleja
27/05/2019 10:47
Hola, mi madre y mi tía poseían después de heredar una casa de la que las dos eran propietarias al 50%. En el mes de febrero murió y mi tia y ahora mis primos quieren vender esa casa. Mi madre tiene dudas sobre si ya se han cambiado las escrituras y ya figuran ellos como propietarios del 50% que le correspondía a mi tia ya que no ha sabido nada del.tema. ¿Ella tiene que firmar para esos cambios en las.escrituras al recibir mis primos su herencia?En caso de mi madre estar de acuerdo con la venta, antes ¿tendrián que haber hecho el cambio en las escrituras?
27/05/2019 15:38
Camufladatoy
Las escrituras son la propia adjudicación de herencia, no es obligatorio volver a escriturar ni inscribir en el RP, y con eso en principio es suficiente para poder vender la casa, aunque el posible comprador siempre preferirá que estén en el RP. Se puede ir al RP con las dos adjudicaciones de herencia ante notario y registrarlo con el porcentaje adecuado, si les interesa hacerlo.