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Herencia de mi madrina soltera. unicos herederos

2 Comentarios
 
Herencia de mi madrina soltera. unicos herederos
21/10/2021 20:02
Buenas tardes,
Ha muerto mi madrina (hermana de mi padre ya fallecido). No tiene hijos ni padres, hermano ni marido u otro heredero, solo mi hermana y yo, como sobrinos ahijados de ella.
Ella ha vivido y muerto en Murcia.
Yo vivo en Madrid desde hace años.
¿Como podría calcular el impuesto de sucesiones y lo que tenemos que pagar? ¿Me aplican las leyes de Murcia?

No se si tendre qué rechazar la herencia por no poder pagarla (ella tenía 2 inmuebles, 1 garaje y 1 coche=500.000€) y otros 300.000€ en el banco...

Muchas gracias de antemano
21/10/2021 22:57
Luigi88
Hola,

Creo que esto iría mejor en el foro de Derecho Tributario. Sí, se aplicaría el IS de la Comunidad de Murcia. No hace ninguna falta que renuncies a ella, pagáis el impuesto del importe en efectivo que queda en las cuentas corrientes y os adjudicáis el restante y los inmuebles. No conozco de memoria el IS de la CAMur, pero si la cuota, sin deducciones, fuese de 22,5% serían 180.000 eur, por lo que aún habría remanente en el efectivo.

Normalmente en las notarías colaboran con asesorías que se encargan de liquidar el IS.

Un saludo.
30/10/2021 18:42
elminster
Muchas gracias por tu información y consejo.
Un saludo!
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Herencia de mi madrina soltera. unicos herederos

2 Comentarios
 
Herencia de mi madrina soltera. unicos herederos
21/10/2021 20:02
Buenas tardes,
Ha muerto mi madrina (hermana de mi padre ya fallecido). No tiene hijos ni padres, hermano ni marido u otro heredero, solo mi hermana y yo, como sobrinos ahijados de ella.
Ella ha vivido y muerto en Murcia.
Yo vivo en Madrid desde hace años.
¿Como podría calcular el impuesto de sucesiones y lo que tenemos que pagar? ¿Me aplican las leyes de Murcia?

No se si tendre qué rechazar la herencia por no poder pagarla (ella tenía 2 inmuebles, 1 garaje y 1 coche=500.000€) y otros 300.000€ en el banco...

Muchas gracias de antemano
21/10/2021 22:57
Luigi88
Hola,

Creo que esto iría mejor en el foro de Derecho Tributario. Sí, se aplicaría el IS de la Comunidad de Murcia. No hace ninguna falta que renuncies a ella, pagáis el impuesto del importe en efectivo que queda en las cuentas corrientes y os adjudicáis el restante y los inmuebles. No conozco de memoria el IS de la CAMur, pero si la cuota, sin deducciones, fuese de 22,5% serían 180.000 eur, por lo que aún habría remanente en el efectivo.

Normalmente en las notarías colaboran con asesorías que se encargan de liquidar el IS.

Un saludo.
30/10/2021 18:42
elminster
Muchas gracias por tu información y consejo.
Un saludo!