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Herencia de un piso

2 Comentarios
 
Herencia de un piso
25/02/2020 22:51
Hola buenas noches. A ver si me pueden guiar.
La situación es la siguiente.
Yo vivo con mi marido en un piso del que somos propietarias mi hermana y yo, por herencia de mi padre, que a su vez heredó de mi abuela. También hay un usufructo por parte de mi madre al ser su viuda.
Mid dudas son las siguientes, mi marido y yo llevamos viviendo en dicho piso 8 años, haciendonos cargo evidentemente de los gastos que produce, como el IBI, Seguros, Comunidad y sus derramas correspondientes , además de las mejoras que hemos hecho en el inmueble, todo de nuestros bolsillos.
Me imagino que si yo faltara antes que mi marido él tendría usufructo, porque estamos casados en gananciales, pero si decidiéramos vender el piso ¿recibiríamos las dos hermanas el 50% aunque yo haya estado manteniendolo y gastando dinero en mejoras que puedo probar? Es que es un piso de 50 años, q acaba de pasar la inspección y necesita también mejoras por fuera, tejado, paredes porque hay filtraciones, canalones etc... Con lo que la derrama será importante ¿debería pedirle la mitad?
Yo no tengo hijos pero mi marido si de una anterior relación ¿si yo falleciera antes que él tendrían luego algún derecho en mis bienes sus hijos?
Perdón por ser tan extensa y gracias de antemano a quien pueda ayudarme.
26/02/2020 10:27
nereamata
-Si tú faltas él tendría usufructo: sí, pero solo de tu parte Tu hermana y tu madre también pueden vivir ahí.
-Si lo vendéis es al 50%: sí, salvo que de mutuo acuerdo o demanda judicial se compense con las cantidades que te debe.
-¿Deberías pedirle la mitad? De lo que sea "gasto necesario", sí, han de pagarlo los nudos propietarios en proporción a su cuota de propiedad. Serán gastos necesarios el IBI, las reparaciones para mantener el estado de la vivienda, o las derramas de la comunidad (incluyendo cambio de canalones y demás que citas), pero no las reformas o mejoras que no hayáis aprobado ambas, que hayas hecho tú por tu cuenta, como cambiar suelos o tal (no se puede obligar al otro a gastar en algo innecesario, y si uno lo reforma por su cuenta es para beneficio de la comunidad), ni tampoco los gastos ordinarios que ha de sufragar solo el que haga uso: cuotas ordinarias de comunidad (no derramas), gastos de agua, luz, etc.
-¿Tendrían los hijos de tu marido derecho a herencia si falleces tú antes? No, en principio, salvo que le quieras dejar tú algo en testamento. Sí podrían tenerla si la vivienda la heredara tu marido (de forma intestada la heredaría él en caso de fallecer primero tu madre y luego tú, si no heredaría primero tu madre, salvo el usufructo del cónyuge), y después lo que ya sería suyo (tu parte de esa vivienda) la heredarían sus hijos.
27/02/2020 12:04
paquito xocolatero
Muchísimas gracias Paquito xocolatero, por la prontitud de tu respuesta, por la aclaración de mis dudas y sobretodo tan claramente. Un saludo
Herencia de un piso | PorticoLegal
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Herencia de un piso
25/02/2020 22:51
Hola buenas noches. A ver si me pueden guiar.
La situación es la siguiente.
Yo vivo con mi marido en un piso del que somos propietarias mi hermana y yo, por herencia de mi padre, que a su vez heredó de mi abuela. También hay un usufructo por parte de mi madre al ser su viuda.
Mid dudas son las siguientes, mi marido y yo llevamos viviendo en dicho piso 8 años, haciendonos cargo evidentemente de los gastos que produce, como el IBI, Seguros, Comunidad y sus derramas correspondientes , además de las mejoras que hemos hecho en el inmueble, todo de nuestros bolsillos.
Me imagino que si yo faltara antes que mi marido él tendría usufructo, porque estamos casados en gananciales, pero si decidiéramos vender el piso ¿recibiríamos las dos hermanas el 50% aunque yo haya estado manteniendolo y gastando dinero en mejoras que puedo probar? Es que es un piso de 50 años, q acaba de pasar la inspección y necesita también mejoras por fuera, tejado, paredes porque hay filtraciones, canalones etc... Con lo que la derrama será importante ¿debería pedirle la mitad?
Yo no tengo hijos pero mi marido si de una anterior relación ¿si yo falleciera antes que él tendrían luego algún derecho en mis bienes sus hijos?
Perdón por ser tan extensa y gracias de antemano a quien pueda ayudarme.
26/02/2020 10:27
nereamata
-Si tú faltas él tendría usufructo: sí, pero solo de tu parte Tu hermana y tu madre también pueden vivir ahí.
-Si lo vendéis es al 50%: sí, salvo que de mutuo acuerdo o demanda judicial se compense con las cantidades que te debe.
-¿Deberías pedirle la mitad? De lo que sea "gasto necesario", sí, han de pagarlo los nudos propietarios en proporción a su cuota de propiedad. Serán gastos necesarios el IBI, las reparaciones para mantener el estado de la vivienda, o las derramas de la comunidad (incluyendo cambio de canalones y demás que citas), pero no las reformas o mejoras que no hayáis aprobado ambas, que hayas hecho tú por tu cuenta, como cambiar suelos o tal (no se puede obligar al otro a gastar en algo innecesario, y si uno lo reforma por su cuenta es para beneficio de la comunidad), ni tampoco los gastos ordinarios que ha de sufragar solo el que haga uso: cuotas ordinarias de comunidad (no derramas), gastos de agua, luz, etc.
-¿Tendrían los hijos de tu marido derecho a herencia si falleces tú antes? No, en principio, salvo que le quieras dejar tú algo en testamento. Sí podrían tenerla si la vivienda la heredara tu marido (de forma intestada la heredaría él en caso de fallecer primero tu madre y luego tú, si no heredaría primero tu madre, salvo el usufructo del cónyuge), y después lo que ya sería suyo (tu parte de esa vivienda) la heredarían sus hijos.
27/02/2020 12:04
paquito xocolatero
Muchísimas gracias Paquito xocolatero, por la prontitud de tu respuesta, por la aclaración de mis dudas y sobretodo tan claramente. Un saludo