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Herencia: deudas comunidad y cuota participación

12 Comentarios
 
23/02/2018 10:10
Majota
Quizá a algún vecino del inmueble le interese, quizá como trastero, que no tendría que hacer ninguna obra. Se le vende al precio mínimo y te quitas el muerto, o directamente se lo regalas. Raro es que cualquier propiedad inmobiliaria no valga algo.
22/02/2018 21:24
paquito xocolatero
Ya he pensado en todas las posibilidades, esta seria una de ellas, no compensa no salen los números, esta en zona céntrica pero el edificio tiene mas de 70 años, sin ascensor,, el lugar donde vivo se mueve poco el mercado inmobiliario; y hay demasiados pisos de primera y segunda ocupación vacíos.
Venderla? un desván en cuarto piso sin ascensor.?

de todas formas gracias por tus ideas y sugerencias
22/02/2018 15:43
Majota
¿Y si tras eso la vendieras cuanto valdría? Si es más, hazlo, véndela, y te libras. O véndela tal cual. Muy raro sería que no salieras ganando por aceptar la herencia, aunque puede pasar.
Pero de cualquier manera, sobre las deudas con la comunidad, es que no es cosa de ellos que lo arregles o no, o que fallezca uno y herede quien sea. Hay que pagarlas, o embargarán.
21/02/2018 16:38
paquito xocolatero
hacer lo que haga falta para convertirla en hablitable rondarian los 60.000 € , UPSSSSSSS
21/02/2018 14:35
Majota
Y claro que el juez les dará la razón. Porque la tienen. No es asunto de los otros vecinos lo que hagáis o dejéis de hacer.
21/02/2018 14:34
Majota
Tendréis que legalizarlo como vivienda haciendo lo que haga falta, obras, contratar luz y lo que sea, y podréiss registrarlo y utilizarlo como queráis. Pero si figura en la escritura de propiedad horizontal con su cuota de participación, el dueño o los dueños que sean tendrán que pagar lo que toque, que no es culpa de los otros vecinos cómo tengan el desván o cómo lo dejen de tener.
Si se va a heredar un bien que tiene más deudas que lo que vale (a veces pasa), puedes no aceptar la herencia.
21/02/2018 13:39
paquito xocolatero
Daros las gracias por contestar en primer lugar.
En segundo deciros q ya todo lo q decis ya lo sabiamos, es un circulo vicioso del q no sabemos salir, el caso es q se hereda un desvan sin cedula de hatabilidad, sin registro, q se dividio con paredes se la doto de un wc y una cocina de carbon y un bañal y nos dicen q es un piso... y lo cojonudo q al final el juez les dara la razon en cuanto a las deudas. Menuda herencia envenenada ya q no puedo vender, alquilar ni siquiera puedo usarla yo pa evadirme xq no tiene luz ni agua... y sin posibilidad de tener estos servicios
En el catrastro me dicen q presente escritura y plano, con el fin de obtener referencia catrastral con un objetivo recaudatorio ( mas gastos ) y sigo sin poder hacer nada con este muerto y nunca mejor dicho
21/02/2018 11:32
Majota
Y de todas maneras se aplicarían las nuevas cuotas a los gastos que hubiera a partir de la modificación, no antes. De esa deuda no te libras.
21/02/2018 11:31
Majota
El administrador no puede modificar las cuotas de participación. Tendrán que hacerlo los vecinos (o un juez, en todo caso).
21/02/2018 11:30
Majota
Pues yo creo que no podéis modificar la cuota de participación, salvo que estén de acuerdo los vecinos. Se requiere unanimidad para eso.
20/02/2018 22:23
Trampolino
Me parece interesante lo que has escrito sobre el exceso de cabida, quien puede ampliar la informacion?. gracias
20/02/2018 19:38
Majota
Por la parte del desván se debe hacer una obra para tapiar e inutilizar esa superficie con un tabique, aislándolo del resto de la construcción. Después, instaremos un procedimiento por el exceso de cabida que figura en escrituras ante el registro de la propiedad, con una escritura notarial previa de la actual superficie del bien. Finalmente, obtenida resolución del Registrador, habrá que exponer el asunto al Administrador de la comunidad para que modifique la cuota de participación a la baja y eleve un poco la del resto de viviendas. La verdad que es un tema factible pero largo en el tiempo y costoso. Todo, por supuesto, salvo mejor criterio.
Herencia: deudas comunidad y cuota participación
20/02/2018 14:00
Hola a todos/as.
Mi hijo heredo de su abuela ( padre fallecido) un local a medias con otros 3 herederaa primas de mi hijo q heredan estando su madre viva porque esta tiene una deuda importante con hacienda y asi evitar el embargo de su parte, como somos asturianos tiene derecho a legitima. Paso a contar cual es el problema: mi hijo hereda un local proindiviso con sus primas y un desvan . El problema surge cuando vemos q este desvan ( segun escritura dedicado a diversos usos) no tiene referencia catrastral, ni cedula de habitabilidad ni posibilidades de conseguirla ( a no ser q se haga una obra mas q importante) y ademas descartamos convertirlo en habitable por la cuantia economica.Este desvan figura en escritura y en nota simple como un desvan de 108 metros de superficie construida con una cuota de 16.,91 %
La comunidad de vecinos del edificio nos envia un burofax para recordarnos q debemos 1100 a la comunidad y nos amenaza con juicio moritoro. Nosotros entendemos q un desvan no debe pagar lo mismo q un piso y q la cuota de participacion no puede ser la misma q los pisos, sin embargi nadie es capaz de darnos una solucion a este problema y se nos acaban las ideas,
Mi pregunta es: debe pagar este desvan igual q el resto de los pisos si no tiene condideracion de vivienda!! y nunca podra serlo? Y como se pueden corregir oos errores de la escritura en cuanto a superficie y cuota de participacion
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12 Comentarios
 
23/02/2018 10:10
Majota
Quizá a algún vecino del inmueble le interese, quizá como trastero, que no tendría que hacer ninguna obra. Se le vende al precio mínimo y te quitas el muerto, o directamente se lo regalas. Raro es que cualquier propiedad inmobiliaria no valga algo.
22/02/2018 21:24
paquito xocolatero
Ya he pensado en todas las posibilidades, esta seria una de ellas, no compensa no salen los números, esta en zona céntrica pero el edificio tiene mas de 70 años, sin ascensor,, el lugar donde vivo se mueve poco el mercado inmobiliario; y hay demasiados pisos de primera y segunda ocupación vacíos.
Venderla? un desván en cuarto piso sin ascensor.?

de todas formas gracias por tus ideas y sugerencias
22/02/2018 15:43
Majota
¿Y si tras eso la vendieras cuanto valdría? Si es más, hazlo, véndela, y te libras. O véndela tal cual. Muy raro sería que no salieras ganando por aceptar la herencia, aunque puede pasar.
Pero de cualquier manera, sobre las deudas con la comunidad, es que no es cosa de ellos que lo arregles o no, o que fallezca uno y herede quien sea. Hay que pagarlas, o embargarán.
21/02/2018 16:38
paquito xocolatero
hacer lo que haga falta para convertirla en hablitable rondarian los 60.000 € , UPSSSSSSS
21/02/2018 14:35
Majota
Y claro que el juez les dará la razón. Porque la tienen. No es asunto de los otros vecinos lo que hagáis o dejéis de hacer.
21/02/2018 14:34
Majota
Tendréis que legalizarlo como vivienda haciendo lo que haga falta, obras, contratar luz y lo que sea, y podréiss registrarlo y utilizarlo como queráis. Pero si figura en la escritura de propiedad horizontal con su cuota de participación, el dueño o los dueños que sean tendrán que pagar lo que toque, que no es culpa de los otros vecinos cómo tengan el desván o cómo lo dejen de tener.
Si se va a heredar un bien que tiene más deudas que lo que vale (a veces pasa), puedes no aceptar la herencia.
21/02/2018 13:39
paquito xocolatero
Daros las gracias por contestar en primer lugar.
En segundo deciros q ya todo lo q decis ya lo sabiamos, es un circulo vicioso del q no sabemos salir, el caso es q se hereda un desvan sin cedula de hatabilidad, sin registro, q se dividio con paredes se la doto de un wc y una cocina de carbon y un bañal y nos dicen q es un piso... y lo cojonudo q al final el juez les dara la razon en cuanto a las deudas. Menuda herencia envenenada ya q no puedo vender, alquilar ni siquiera puedo usarla yo pa evadirme xq no tiene luz ni agua... y sin posibilidad de tener estos servicios
En el catrastro me dicen q presente escritura y plano, con el fin de obtener referencia catrastral con un objetivo recaudatorio ( mas gastos ) y sigo sin poder hacer nada con este muerto y nunca mejor dicho
21/02/2018 11:32
Majota
Y de todas maneras se aplicarían las nuevas cuotas a los gastos que hubiera a partir de la modificación, no antes. De esa deuda no te libras.
21/02/2018 11:31
Majota
El administrador no puede modificar las cuotas de participación. Tendrán que hacerlo los vecinos (o un juez, en todo caso).
21/02/2018 11:30
Majota
Pues yo creo que no podéis modificar la cuota de participación, salvo que estén de acuerdo los vecinos. Se requiere unanimidad para eso.
20/02/2018 22:23
Trampolino
Me parece interesante lo que has escrito sobre el exceso de cabida, quien puede ampliar la informacion?. gracias
20/02/2018 19:38
Majota
Por la parte del desván se debe hacer una obra para tapiar e inutilizar esa superficie con un tabique, aislándolo del resto de la construcción. Después, instaremos un procedimiento por el exceso de cabida que figura en escrituras ante el registro de la propiedad, con una escritura notarial previa de la actual superficie del bien. Finalmente, obtenida resolución del Registrador, habrá que exponer el asunto al Administrador de la comunidad para que modifique la cuota de participación a la baja y eleve un poco la del resto de viviendas. La verdad que es un tema factible pero largo en el tiempo y costoso. Todo, por supuesto, salvo mejor criterio.
Herencia: deudas comunidad y cuota participación
20/02/2018 14:00
Hola a todos/as.
Mi hijo heredo de su abuela ( padre fallecido) un local a medias con otros 3 herederaa primas de mi hijo q heredan estando su madre viva porque esta tiene una deuda importante con hacienda y asi evitar el embargo de su parte, como somos asturianos tiene derecho a legitima. Paso a contar cual es el problema: mi hijo hereda un local proindiviso con sus primas y un desvan . El problema surge cuando vemos q este desvan ( segun escritura dedicado a diversos usos) no tiene referencia catrastral, ni cedula de habitabilidad ni posibilidades de conseguirla ( a no ser q se haga una obra mas q importante) y ademas descartamos convertirlo en habitable por la cuantia economica.Este desvan figura en escritura y en nota simple como un desvan de 108 metros de superficie construida con una cuota de 16.,91 %
La comunidad de vecinos del edificio nos envia un burofax para recordarnos q debemos 1100 a la comunidad y nos amenaza con juicio moritoro. Nosotros entendemos q un desvan no debe pagar lo mismo q un piso y q la cuota de participacion no puede ser la misma q los pisos, sin embargi nadie es capaz de darnos una solucion a este problema y se nos acaban las ideas,
Mi pregunta es: debe pagar este desvan igual q el resto de los pisos si no tiene condideracion de vivienda!! y nunca podra serlo? Y como se pueden corregir oos errores de la escritura en cuanto a superficie y cuota de participacion