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Herencia envenenada

3 Comentarios
 
Herencia envenenada
25/03/2023 20:47
Hola, me encuentro que soy heredero con hermanos y primos, de una octava parte de una porción de vivienda. El tema es que solo disponemos de un recibo de Ibi que pagaba mi abuela, nada más. Todos han fallecido.
¿Que necesitamos hacer y donde dirigirnos para no dejar este marrón a nuestros hijos?.
Muchas gracias, espero vuestras respuestas.
27/03/2023 10:34
En el recibo del ibi aparece la referencia catastral, con eso ya puedes consultar en el catastro y en el registro de la propiedad. Id un día todos al notario y tramitad la herencia. Quien quiera aceptarla que lo haga, quien no, no, os la asignáis, vendéis la vivienda y arreglado.
Ojalá me llovieran venenos así.
Siempre puedes renunciar de todas maneras.
17/05/2023 11:51
paquito xocolatero
El tema es que son 22 metros cuadrados de superficie construida, entre 8 nietos. Habría que hacer escrituras que no existen (gastos) y después renunciar (gastos) a esa octava parte. Los vecinos serían los más interesados en adquirirla. Qué menos que pague los gastos que nos ha ocasionado. Gracias
18/05/2023 09:33
Aunque no haya escrituras ni la vivienda esté inscrita en el Registro de la Propiedad si figura en el catastro se puede incluir en la herencia, es lo que suele pasar con viviendas en pueblos que nunca se inscribieron y no pasa nada. Tendréis los gastos de notaría para la escritura de herencia (y puede que la declaración de herederos), e impuestos (ISD y plusvalía) si corresponde. Con eso ya la podéis vender. Y si la rechazáis (que tenéis que hacerlo si no la queréis por ser legitimarios) los gastos de notaría por rechazar la herencia (poco dinero, pero ya te olvidas). O uno u otro, no los dos, pero entiendo que (salvo que haya deudas o algo así) siempre interesa lo primero. Otra cosa es que interese lo suficiente si valoras el engorro.
Herencia envenenada | PorticoLegal
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Herencia envenenada
25/03/2023 20:47
Hola, me encuentro que soy heredero con hermanos y primos, de una octava parte de una porción de vivienda. El tema es que solo disponemos de un recibo de Ibi que pagaba mi abuela, nada más. Todos han fallecido.
¿Que necesitamos hacer y donde dirigirnos para no dejar este marrón a nuestros hijos?.
Muchas gracias, espero vuestras respuestas.
27/03/2023 10:34
En el recibo del ibi aparece la referencia catastral, con eso ya puedes consultar en el catastro y en el registro de la propiedad. Id un día todos al notario y tramitad la herencia. Quien quiera aceptarla que lo haga, quien no, no, os la asignáis, vendéis la vivienda y arreglado.
Ojalá me llovieran venenos así.
Siempre puedes renunciar de todas maneras.
17/05/2023 11:51
paquito xocolatero
El tema es que son 22 metros cuadrados de superficie construida, entre 8 nietos. Habría que hacer escrituras que no existen (gastos) y después renunciar (gastos) a esa octava parte. Los vecinos serían los más interesados en adquirirla. Qué menos que pague los gastos que nos ha ocasionado. Gracias
18/05/2023 09:33
Aunque no haya escrituras ni la vivienda esté inscrita en el Registro de la Propiedad si figura en el catastro se puede incluir en la herencia, es lo que suele pasar con viviendas en pueblos que nunca se inscribieron y no pasa nada. Tendréis los gastos de notaría para la escritura de herencia (y puede que la declaración de herederos), e impuestos (ISD y plusvalía) si corresponde. Con eso ya la podéis vender. Y si la rechazáis (que tenéis que hacerlo si no la queréis por ser legitimarios) los gastos de notaría por rechazar la herencia (poco dinero, pero ya te olvidas). O uno u otro, no los dos, pero entiendo que (salvo que haya deudas o algo así) siempre interesa lo primero. Otra cosa es que interese lo suficiente si valoras el engorro.