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herencia familiar

4 Comentarios
 
Herencia familiar
07/12/2003 21:18
mi madre esta poniendo a nombre de un hermano todas las propiedades que en vida mi padre poseia.
Puede hacerlo legalmente?
Gracias por anticipado
10/12/2003 11:08
Hola Toño. Por supuesto que no es legal lo que está haciendo tu madre.

Normalmente al fallecer uno de los cónyuges el reparto de los bienes que se hace es el siguiente:

-En primer lugar hay que disolver la sociedad de gananciales (si es que era este el régimen económico del matrimonio). Por tanto, la mitad de todos los bienes pasaría a la propiedad exclusiva de tu madre y, en principio, puede disponer libremente de estos bienes (después te aclararé ciertos extremos, pues no es una afirmación totalmente cierta).

-La otra mitad de los bienes, se repartiría como sigue: 1/3 es la legítima del cónyuge viudo, que la tendría tu madre, pero como usufructuaria. Por tanto, para disponer de estos bienes tendría que contar con el consentimiento de todos los hijos (pues no tiene la propiedad sino un derecho de usufructo). Y los 2/3 restantes es lo que tendríais ustedes en propiedad.
Aclarar que si tu padre tenía testamento pudo haber dejado a tu madre el usufructo universal de todos sus bienes (es algo que ignoro y tendrías que comprobarlo). No obstante, como en el caso anterior, no puede disponer de esos bienes porque sólo es usufructuaria, por lo que necesitaría el consentimiento de todos los hijos.

Por tanto, si está poniendo a nombre de tu hermano bienes que posee en calidad de usufructuaria, está actuando fuera de la ley, pues el usufructuario sólo tiene derecho a disfrutarlos con carácter vitalicio, con obligación de conservarlos, percibiendo todos sus frutos o rentas. Pero no puede "disponer" de esos bienes, es decir, no puede enajenarlos (venderlos o donarlos) ni gravarlos (constituir sobre ellos hipotecas u otros derechos).

Si lo que está poniendo a nombre de tu hermano son bienes que le pertenecen en propiedad tras la disolución de la sociedad de gananciales, hay que tener en cuenta cómo lo está haciendo, es decir:

-Si lo que le está es donando bienes (lo cual no suele ser lo más frecuente), tu hermano está obligado a "llevar a colación" esos bienes donados cuando tenga lugar el fallecimiento de tu madre.

-Pero si lo que está es celebrando lo que se denominan "compraventas ficticias", tienes legitimación para impugnar ante los Tribunales el negocio jurídico, pues estamos ante un supuesto de negocio simulado (en concreto simulación relativa, pues bajo la apariencia de un contrato de compraventa se disimula una donación). En concreto puedes impugnar tanto la compraventa como la donación, pues tu madre lo que está haciendo es mermar la legítima a la que tienes derecho.

Espero haber sido de ayuda. Para más dudas puedes contactar con Susana Beltrán en sbeltran@ejaso.com

Saludos
12/12/2003 08:34
muchisimas gracias,me pondre encontacto contigo en cuanto cuente con todos los datos y como se ha producido estas transferencias
12/12/2003 08:34
muchisimas gracias,me pondre encontacto contigo en cuanto cuente con todos los datos y como se ha producido estas transferencias
16/02/2004 19:50
Perdoonadme que intervenga. Mi caso es bastante parecido. Mis padres (aun viven) han vendido parte de un terreno a mi hermano que formaba parte de la herencia para la construccion de una vivienda. ¿Es esto una compraventa ficticia? ¿Hay limite de tiempo para la inpuganción, o tengo que esperar a que alguno de los dos fallezca para inpugnar?
Además, han vendido el resto de los bienes (una casa y un terreno de campo en regimen gananciales,y parte de este dinero ha sido para que este hermano se construya un cortijo. ¿Que podemos hacer? ¿Tenemos derecho a reclamar?
Muchas gracias por vuestra ayuda
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07/12/2003 21:18
mi madre esta poniendo a nombre de un hermano todas las propiedades que en vida mi padre poseia.
Puede hacerlo legalmente?
Gracias por anticipado
10/12/2003 11:08
Hola Toño. Por supuesto que no es legal lo que está haciendo tu madre.

Normalmente al fallecer uno de los cónyuges el reparto de los bienes que se hace es el siguiente:

-En primer lugar hay que disolver la sociedad de gananciales (si es que era este el régimen económico del matrimonio). Por tanto, la mitad de todos los bienes pasaría a la propiedad exclusiva de tu madre y, en principio, puede disponer libremente de estos bienes (después te aclararé ciertos extremos, pues no es una afirmación totalmente cierta).

-La otra mitad de los bienes, se repartiría como sigue: 1/3 es la legítima del cónyuge viudo, que la tendría tu madre, pero como usufructuaria. Por tanto, para disponer de estos bienes tendría que contar con el consentimiento de todos los hijos (pues no tiene la propiedad sino un derecho de usufructo). Y los 2/3 restantes es lo que tendríais ustedes en propiedad.
Aclarar que si tu padre tenía testamento pudo haber dejado a tu madre el usufructo universal de todos sus bienes (es algo que ignoro y tendrías que comprobarlo). No obstante, como en el caso anterior, no puede disponer de esos bienes porque sólo es usufructuaria, por lo que necesitaría el consentimiento de todos los hijos.

Por tanto, si está poniendo a nombre de tu hermano bienes que posee en calidad de usufructuaria, está actuando fuera de la ley, pues el usufructuario sólo tiene derecho a disfrutarlos con carácter vitalicio, con obligación de conservarlos, percibiendo todos sus frutos o rentas. Pero no puede "disponer" de esos bienes, es decir, no puede enajenarlos (venderlos o donarlos) ni gravarlos (constituir sobre ellos hipotecas u otros derechos).

Si lo que está poniendo a nombre de tu hermano son bienes que le pertenecen en propiedad tras la disolución de la sociedad de gananciales, hay que tener en cuenta cómo lo está haciendo, es decir:

-Si lo que le está es donando bienes (lo cual no suele ser lo más frecuente), tu hermano está obligado a "llevar a colación" esos bienes donados cuando tenga lugar el fallecimiento de tu madre.

-Pero si lo que está es celebrando lo que se denominan "compraventas ficticias", tienes legitimación para impugnar ante los Tribunales el negocio jurídico, pues estamos ante un supuesto de negocio simulado (en concreto simulación relativa, pues bajo la apariencia de un contrato de compraventa se disimula una donación). En concreto puedes impugnar tanto la compraventa como la donación, pues tu madre lo que está haciendo es mermar la legítima a la que tienes derecho.

Espero haber sido de ayuda. Para más dudas puedes contactar con Susana Beltrán en sbeltran@ejaso.com

Saludos
12/12/2003 08:34
muchisimas gracias,me pondre encontacto contigo en cuanto cuente con todos los datos y como se ha producido estas transferencias
12/12/2003 08:34
muchisimas gracias,me pondre encontacto contigo en cuanto cuente con todos los datos y como se ha producido estas transferencias
16/02/2004 19:50
Perdoonadme que intervenga. Mi caso es bastante parecido. Mis padres (aun viven) han vendido parte de un terreno a mi hermano que formaba parte de la herencia para la construccion de una vivienda. ¿Es esto una compraventa ficticia? ¿Hay limite de tiempo para la inpuganción, o tengo que esperar a que alguno de los dos fallezca para inpugnar?
Además, han vendido el resto de los bienes (una casa y un terreno de campo en regimen gananciales,y parte de este dinero ha sido para que este hermano se construya un cortijo. ¿Que podemos hacer? ¿Tenemos derecho a reclamar?
Muchas gracias por vuestra ayuda