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herencia por fallecimiento de un hijo y accidente cónyuge

1 Comentarios
 
Herencia por fallecimiento de un hijo y accidente cónyuge
03/04/2019 16:51
Buenas tardes
De cara a la declaración 2018 , he mirado el borrador y no me aparecen:
1) El dinero heredado por el fallecimiento de mi hijo que falleció el año pasado. Creo recordar que el notario me indicó que al ser menos de unos 400.000 €, estaba exento de declarar y supongo que por eso no aparece nada en el borrador.

2) El dinero cobrado de un seguro por la caída accidental de mi esposa (hacemos declaración conjunta) que fueron 19000€ y que tampoco aparece. Igualmente creo recordar que el abogado que nos llevó el asunto nos dijo que los accidentes estaban exentos de trubutación

Muchas gracias
04/04/2019 10:16
Esticome
Que no esté en el borrador no significa nada, eres tú el responsable de revisarlo y proporcionar los datos que falten y sean exactos. De todas maneras:
1) Las herencias tributan a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), no a través de IRPF. No tiene que aparecer nada en el borrador ni incluirlo tú en la declaración porque no tributa a efectos de IRPF, salvo que hayas luego revendido lo heredado, este haya generado rentas o intereses, o algo así, pero no por la propia herencia. Ya habrás tenido que pagar lo que corresponda a través del ISD, y solo se tributa una vez por cada hecho.
2) Las indemnizaciones por seguros de accidente están exentas de tributación, según la ley del impuesto, salvo aquellos cuyas primas se hubieran desgravado como parte de una actividad laboral.
Vamos, que en tu caso parece, a falta de conocer más detalles, que estaría bien.
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herencia por fallecimiento de un hijo y accidente cónyuge

1 Comentarios
 
Herencia por fallecimiento de un hijo y accidente cónyuge
03/04/2019 16:51
Buenas tardes
De cara a la declaración 2018 , he mirado el borrador y no me aparecen:
1) El dinero heredado por el fallecimiento de mi hijo que falleció el año pasado. Creo recordar que el notario me indicó que al ser menos de unos 400.000 €, estaba exento de declarar y supongo que por eso no aparece nada en el borrador.

2) El dinero cobrado de un seguro por la caída accidental de mi esposa (hacemos declaración conjunta) que fueron 19000€ y que tampoco aparece. Igualmente creo recordar que el abogado que nos llevó el asunto nos dijo que los accidentes estaban exentos de trubutación

Muchas gracias
04/04/2019 10:16
Esticome
Que no esté en el borrador no significa nada, eres tú el responsable de revisarlo y proporcionar los datos que falten y sean exactos. De todas maneras:
1) Las herencias tributan a través del Impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD), no a través de IRPF. No tiene que aparecer nada en el borrador ni incluirlo tú en la declaración porque no tributa a efectos de IRPF, salvo que hayas luego revendido lo heredado, este haya generado rentas o intereses, o algo así, pero no por la propia herencia. Ya habrás tenido que pagar lo que corresponda a través del ISD, y solo se tributa una vez por cada hecho.
2) Las indemnizaciones por seguros de accidente están exentas de tributación, según la ley del impuesto, salvo aquellos cuyas primas se hubieran desgravado como parte de una actividad laboral.
Vamos, que en tu caso parece, a falta de conocer más detalles, que estaría bien.