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herencia y proceso penal

1 Comentarios
 
29/04/2014 15:51
Respecto al proceso penal, es causa de extincion de responsabilidad penal la muerte del reo.
Respecto a la herencia, que es lo primero que teneis que hacer, debes aceptarla notarialmente como se dice " A BENEFICIO DE INVENTARIO" asi de esta forma (a beneficio de inventario) heredaras solo los activos que tuviere la herencia y rechazas heredar las deudas que es esto lo que significa a beneficio de inventario, de esta forma cualquier responsabilidad civil derivada de ese procedimiento abreviado penal no recaeria en ti como heredero.
Lo ultimo que tienes que hacer una vez hayas aceptado la herencia a beneficio de inventario es comunicar al juzgado de instruccion penal que tu padre ha fallecido y por consiguiente que el abogado solicite el archivo del procedimiento contra tu padre puesto que al haberse extinguido la responsabilidad penal por el fallecimiento tampoco ha lugar a imposicion de multas ni responsabilidades civiles pues la responsabilidad civil del presunto delito no puede exigirse al no haberse podido juzgar y por consiguiente determinar la posible responsabilidad penal de la que se deriva toda multa o responsabilidad civil derivada de la comision del delito. PERO ESTO ULTIMO SIEMPRE DESPUES DE HABER ACEPTADO LA HERENCIA EN UN NOTARIO A BENEFICIO DE INVENTARIO.
Herencia y proceso penal
29/04/2014 12:35
mi padre tenia pendiente un proceso penal (proc. abreviado) por defraudación a la agencia tributaria q actualmente se encuentra en diligencias previas.
ante la posibilidad de q ese procedimiento termine asignándole responsabilidad y, por tanto , una multa q , sin duda , supera la herencia q me pudiese corresponder , me encuentro perdido.
mi pregunta: podría , ahora q ha fallecido mi padre tener traslado de esas diligencias aún cuando los demás imputados no quieran ?.
respecto a la herencia q me aconsejan?.
gracias .
herencia y proceso penal | PorticoLegal
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29/04/2014 15:51
Respecto al proceso penal, es causa de extincion de responsabilidad penal la muerte del reo.
Respecto a la herencia, que es lo primero que teneis que hacer, debes aceptarla notarialmente como se dice " A BENEFICIO DE INVENTARIO" asi de esta forma (a beneficio de inventario) heredaras solo los activos que tuviere la herencia y rechazas heredar las deudas que es esto lo que significa a beneficio de inventario, de esta forma cualquier responsabilidad civil derivada de ese procedimiento abreviado penal no recaeria en ti como heredero.
Lo ultimo que tienes que hacer una vez hayas aceptado la herencia a beneficio de inventario es comunicar al juzgado de instruccion penal que tu padre ha fallecido y por consiguiente que el abogado solicite el archivo del procedimiento contra tu padre puesto que al haberse extinguido la responsabilidad penal por el fallecimiento tampoco ha lugar a imposicion de multas ni responsabilidades civiles pues la responsabilidad civil del presunto delito no puede exigirse al no haberse podido juzgar y por consiguiente determinar la posible responsabilidad penal de la que se deriva toda multa o responsabilidad civil derivada de la comision del delito. PERO ESTO ULTIMO SIEMPRE DESPUES DE HABER ACEPTADO LA HERENCIA EN UN NOTARIO A BENEFICIO DE INVENTARIO.
Herencia y proceso penal
29/04/2014 12:35
mi padre tenia pendiente un proceso penal (proc. abreviado) por defraudación a la agencia tributaria q actualmente se encuentra en diligencias previas.
ante la posibilidad de q ese procedimiento termine asignándole responsabilidad y, por tanto , una multa q , sin duda , supera la herencia q me pudiese corresponder , me encuentro perdido.
mi pregunta: podría , ahora q ha fallecido mi padre tener traslado de esas diligencias aún cuando los demás imputados no quieran ?.
respecto a la herencia q me aconsejan?.
gracias .