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Herencia

11 Comentarios
 
Herencia
10/02/2013 14:06
Hola, me gustaria saber como tenemos que repartir la herencia de mi abuela si sus 2 hijos han fallecido antes que ella. En el testamento mi padre esta como heredero universal y a mis 2 primos les deja la legitima. (en el momento en que se hizo el testamento mi padre vivia pero mi tia habia muerto ya) Al morir mi padre antes que mi abuela nos han dicho que el testamento queda anulado y que hay que repartirlo entre los nietos, me gustaria saber si es correcto y en el caso de reparticion cuantas partes habria que hacer. Gracias.
10/02/2013 15:55
Pues en principio, si no hay otra disposición al respecto, la herencia se ha de repartir a partes iguales entre todos los nietos, sí....
10/02/2013 17:26
Entonces no serian 2 partes , una correspondiente a mi padre y otra a mi tia?
10/02/2013 18:34
Si todos los hijos de su abuela murieron antes que ella, no, se reparte por partes iguales entre todos los nietos.
Hola MEY37.
Según el art. 912.3 CC “Cuando falta la condición puesta a la institución de heredero, o éste muere antes que el testador, o repudia la herencia sin tener sustituto y sin que haya lugar al derecho de acrecer." y según el art. 921 párrafo segundo del Código Civil dice “Los parientes que se hallaren en el mismo grado heredarán por partes iguales, salvo lo que se dispone en el artículo 949 sobre el doble vínculo.”.
Se reparte a partes iguales entre los nietos.
BARRERO & PARRA ABOGADOS
10/02/2013 20:46
Gracias!
10/02/2013 20:53
siento discrepar pero creo que, en este caso, los nietos heredan por derecho de representación y no por cabezas, como sugieren los anteriores posts.
Un saludo
Buenas tardes,
Según el art. 927 del CC "Quedando hijos de uno o más hermanos del difunto, heredarán a éste por representación si concurren con sus tíos. Pero, si concurren solos, heredarán por partes iguales."
Es decir, si hubiera algún hijo del causante vivo, los hijos de los herederos difuntos heredarían por representación y solamente la parte que correspondiese al heredero. Como en este caso todos los hijos están fallecidos al momento de la muerte del causante ellos heredan como herederos legítimos a partes iguales.
BARRERO & PARRA ABOGADOS

11/02/2013 01:59
Pues he de corregirme a mí mismo y darle la razón a Amoelderecho. Los nietos heredarán por estirpes, en representación de sus padres. Aplicando el art. 926 en relación al 933 CC.

Yo creía recordar que los nietos heredaban por derecho propio, pero no es así, error por mi parte. Lo que sí está claro, es que JAMÁS en la vida lo harán en aplicación del art. 927 CC, porque ése es para la herencia de colaterales ("Quedando hijos de uno o más HERMANOS del difunto.....).

Por lo tanto, si hablamos de Derecho Común, y el difunto tenía 3 hijos, la herencia se deberá dividir entre los 3 hijos, y de esa parte que salga, que cada nieto coja su parte.....

Ojo, ahora sí, salvo mejor opinión fundada en Dº, que todavía soy capaz de equivocarme de nuevo...
15/02/2013 09:30
Alguien me podria aclarar si es cierto que el testamento queda anulado por morir mi padre? porque en el caso de que fuera válido , si el constaba como heredero universal y nosotros heredamos por representación , no tendríamos que heredar la parte que le tocaba y mis primos solo la legítima. Gracias.
15/02/2013 13:09
MEY37; Te lo han explicado bien en un principio.
Cuando el heredero muere antes que el testador, se abre la sucesión intestada (sin testamento). Por lo tanto, es como si hubiera muerto tu abuelo sin testamento.

Entonces se reparte la herencia entre los 3 hijos (tu padre y sus 2 hermanos). Como también han fallecido, La parte que le correspondería a tu padre la heredáis en partes iguales entre tú y tus hermanos.
Y lo mismo con tus primos en representación de sus padres.
Por lo tanto, 1/3 de la herencia es tu tu padre, y se divide entre tus hermanos y tú.
Si me equivoco, admito correcciones.
16/02/2013 15:49
Gracias a todos, ahora ya me ha quedado claro.
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10/02/2013 14:06
Hola, me gustaria saber como tenemos que repartir la herencia de mi abuela si sus 2 hijos han fallecido antes que ella. En el testamento mi padre esta como heredero universal y a mis 2 primos les deja la legitima. (en el momento en que se hizo el testamento mi padre vivia pero mi tia habia muerto ya) Al morir mi padre antes que mi abuela nos han dicho que el testamento queda anulado y que hay que repartirlo entre los nietos, me gustaria saber si es correcto y en el caso de reparticion cuantas partes habria que hacer. Gracias.
10/02/2013 15:55
Pues en principio, si no hay otra disposición al respecto, la herencia se ha de repartir a partes iguales entre todos los nietos, sí....
10/02/2013 17:26
Entonces no serian 2 partes , una correspondiente a mi padre y otra a mi tia?
10/02/2013 18:34
Si todos los hijos de su abuela murieron antes que ella, no, se reparte por partes iguales entre todos los nietos.
Hola MEY37.
Según el art. 912.3 CC “Cuando falta la condición puesta a la institución de heredero, o éste muere antes que el testador, o repudia la herencia sin tener sustituto y sin que haya lugar al derecho de acrecer." y según el art. 921 párrafo segundo del Código Civil dice “Los parientes que se hallaren en el mismo grado heredarán por partes iguales, salvo lo que se dispone en el artículo 949 sobre el doble vínculo.”.
Se reparte a partes iguales entre los nietos.
BARRERO & PARRA ABOGADOS
10/02/2013 20:46
Gracias!
10/02/2013 20:53
siento discrepar pero creo que, en este caso, los nietos heredan por derecho de representación y no por cabezas, como sugieren los anteriores posts.
Un saludo
Buenas tardes,
Según el art. 927 del CC "Quedando hijos de uno o más hermanos del difunto, heredarán a éste por representación si concurren con sus tíos. Pero, si concurren solos, heredarán por partes iguales."
Es decir, si hubiera algún hijo del causante vivo, los hijos de los herederos difuntos heredarían por representación y solamente la parte que correspondiese al heredero. Como en este caso todos los hijos están fallecidos al momento de la muerte del causante ellos heredan como herederos legítimos a partes iguales.
BARRERO & PARRA ABOGADOS

11/02/2013 01:59
Pues he de corregirme a mí mismo y darle la razón a Amoelderecho. Los nietos heredarán por estirpes, en representación de sus padres. Aplicando el art. 926 en relación al 933 CC.

Yo creía recordar que los nietos heredaban por derecho propio, pero no es así, error por mi parte. Lo que sí está claro, es que JAMÁS en la vida lo harán en aplicación del art. 927 CC, porque ése es para la herencia de colaterales ("Quedando hijos de uno o más HERMANOS del difunto.....).

Por lo tanto, si hablamos de Derecho Común, y el difunto tenía 3 hijos, la herencia se deberá dividir entre los 3 hijos, y de esa parte que salga, que cada nieto coja su parte.....

Ojo, ahora sí, salvo mejor opinión fundada en Dº, que todavía soy capaz de equivocarme de nuevo...
15/02/2013 09:30
Alguien me podria aclarar si es cierto que el testamento queda anulado por morir mi padre? porque en el caso de que fuera válido , si el constaba como heredero universal y nosotros heredamos por representación , no tendríamos que heredar la parte que le tocaba y mis primos solo la legítima. Gracias.
15/02/2013 13:09
MEY37; Te lo han explicado bien en un principio.
Cuando el heredero muere antes que el testador, se abre la sucesión intestada (sin testamento). Por lo tanto, es como si hubiera muerto tu abuelo sin testamento.

Entonces se reparte la herencia entre los 3 hijos (tu padre y sus 2 hermanos). Como también han fallecido, La parte que le correspondería a tu padre la heredáis en partes iguales entre tú y tus hermanos.
Y lo mismo con tus primos en representación de sus padres.
Por lo tanto, 1/3 de la herencia es tu tu padre, y se divide entre tus hermanos y tú.
Si me equivoco, admito correcciones.
16/02/2013 15:49
Gracias a todos, ahora ya me ha quedado claro.