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herencia

2 Comentarios
 
04/12/2003 21:02
Muchas gracias Alberto Julio, no te puedes imaginar lo que agradezco que me hayas sacado de dudas.

Un saludo
28/11/2003 00:06
Estimada Mayte, en primer lugar es de aplicacion la ley española. El testador pues, puede disponer de todos sus bienes privativos y la mitad de los gananciales con algunas restricciones y así, la herencia en derecho español se divide en tres partes, el tercio de legitima, el tercio la mejora y el tercio de libre disposición.-
En tu caso, los herederos, serian tu marido que heredaría el tercio de mejora en usufructo y tus hijos en cuanto al resto por partes iguales, siempre claro esta, que en el testamento no se mejore con dicho tercio de mejora a alguno de ellos, haciendo la salvedad de que el tercio de libre disposición puedes dejarselo sin restricción a quien desees.-
Sin embargo, en la practica lo habitual es que los cónyuges se dejen reciprocamente el usufructo vitalicio de todos sus bienes, dejando la nuda propiedad a resto de los legitimarios, q en este caso, serian los hijos.Dicha disposición es válida mientras ninguno de estos ultimos la impugne.-
Espero con ello, haberte aclarado algo el asunto.-
Un saludo.
Herencia
25/11/2003 22:29
Soy española, estoy casada con un ciudadano extranjero según la ley de su país (Egipto). Nuestro régimen económico es de separación de bienes y nuestra residencia habitual está en Madrid. Me gustaría saber quíenes son mis herederos, en caso de que yo falleciera, ¿qué ley se aplica, la española o la egipcia?. Muchas gracias
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04/12/2003 21:02
Muchas gracias Alberto Julio, no te puedes imaginar lo que agradezco que me hayas sacado de dudas.

Un saludo
28/11/2003 00:06
Estimada Mayte, en primer lugar es de aplicacion la ley española. El testador pues, puede disponer de todos sus bienes privativos y la mitad de los gananciales con algunas restricciones y así, la herencia en derecho español se divide en tres partes, el tercio de legitima, el tercio la mejora y el tercio de libre disposición.-
En tu caso, los herederos, serian tu marido que heredaría el tercio de mejora en usufructo y tus hijos en cuanto al resto por partes iguales, siempre claro esta, que en el testamento no se mejore con dicho tercio de mejora a alguno de ellos, haciendo la salvedad de que el tercio de libre disposición puedes dejarselo sin restricción a quien desees.-
Sin embargo, en la practica lo habitual es que los cónyuges se dejen reciprocamente el usufructo vitalicio de todos sus bienes, dejando la nuda propiedad a resto de los legitimarios, q en este caso, serian los hijos.Dicha disposición es válida mientras ninguno de estos ultimos la impugne.-
Espero con ello, haberte aclarado algo el asunto.-
Un saludo.
Herencia
25/11/2003 22:29
Soy española, estoy casada con un ciudadano extranjero según la ley de su país (Egipto). Nuestro régimen económico es de separación de bienes y nuestra residencia habitual está en Madrid. Me gustaría saber quíenes son mis herederos, en caso de que yo falleciera, ¿qué ley se aplica, la española o la egipcia?. Muchas gracias