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herencia

2 Comentarios
 
Herencia
26/02/2003 20:08
¿Creeis que en este país llegará alguna vez el momento en el que podamos heredar a quién nosotros queramos?

Tengo una tía que está sola(yo soy el único sobrino de los 12 que tiene que va a verla). Mi tía tiene una vecina con dos hijas que la quieren mucho y le dan mucho cariño, a mí y a mi tía nos gustaría que el día que ella falte todos sus bienes pasen a estas chicas, pero mis primos estan deseando de que la tia falte para ir por "su parte".

Un amigo me ha contado una situación similar con sus padres.
¿esto no va a cambiar?¿Por qué no nos dejan disponer de nuestros bienes?
Un saludo.
26/02/2003 20:26
En este país existe una libertad relativa para nombrar herederos.

Me explico: si una persona tiene hijos, y salvo que concurran circunstancias muy especiales, solo podrá disponer libremente de una tercera parte de sus bienes. Poco, desde luego.

Otro límite: la existencia de esposo o esposa, que tienen derecho al usufructo de una tercera parte de la herencia.

En los demás casos, es decir, si no hay hijos ni conyuge, una persona podrá disponer de sus bienes como más le guste.

Así pues, si tus primos son los hijos de tu tía (en tu mensaje no aclaras esto), mucho me temo que, guste o no guste a tu tía y a tí, forzosamente heredarán dos tercios de la herencia.

Claro que con la ayuda de un buen abogado, tu tía podría 'preparar' la herencia y darles una buena sorpresa y un buen disgusto a tus primos...

27/02/2003 11:47
Estimado Edu:
Si no entiendo mal la situación que planteas, tiene fácil solución.
Tu tía está sola porque no tiene ni padres, ni abuelos, ni hijos, ni nietos, ni bisnietos, ni cónyuge, ¿no es así?
Pues estos son los que el C.C. (art.807) declara como herederos forzosos, y para los cuales se ha de respetar la legítima.
Si es tal y como yo he entendido, y los familiares más cercanos que tiene son hermanos o sobrinos, puede hacer testamento y dejar sus bienes a quien le de la gana (las hijas de tu vecina, p.ej.).
El problema estará si no hace testamento, porque entonces el C.C. establece un orden de sucesión intestada, en el que la masa hereditaria se repartirá por partes iguales entre los familiares más próximos del parentesco.
Ante cualquier duda consulta a un Abogado, o en este caso, también te asesorará un Notario.
Un saludo
emarbra@abogadosdeasturias.com
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26/02/2003 20:08
¿Creeis que en este país llegará alguna vez el momento en el que podamos heredar a quién nosotros queramos?

Tengo una tía que está sola(yo soy el único sobrino de los 12 que tiene que va a verla). Mi tía tiene una vecina con dos hijas que la quieren mucho y le dan mucho cariño, a mí y a mi tía nos gustaría que el día que ella falte todos sus bienes pasen a estas chicas, pero mis primos estan deseando de que la tia falte para ir por "su parte".

Un amigo me ha contado una situación similar con sus padres.
¿esto no va a cambiar?¿Por qué no nos dejan disponer de nuestros bienes?
Un saludo.
26/02/2003 20:26
En este país existe una libertad relativa para nombrar herederos.

Me explico: si una persona tiene hijos, y salvo que concurran circunstancias muy especiales, solo podrá disponer libremente de una tercera parte de sus bienes. Poco, desde luego.

Otro límite: la existencia de esposo o esposa, que tienen derecho al usufructo de una tercera parte de la herencia.

En los demás casos, es decir, si no hay hijos ni conyuge, una persona podrá disponer de sus bienes como más le guste.

Así pues, si tus primos son los hijos de tu tía (en tu mensaje no aclaras esto), mucho me temo que, guste o no guste a tu tía y a tí, forzosamente heredarán dos tercios de la herencia.

Claro que con la ayuda de un buen abogado, tu tía podría 'preparar' la herencia y darles una buena sorpresa y un buen disgusto a tus primos...

27/02/2003 11:47
Estimado Edu:
Si no entiendo mal la situación que planteas, tiene fácil solución.
Tu tía está sola porque no tiene ni padres, ni abuelos, ni hijos, ni nietos, ni bisnietos, ni cónyuge, ¿no es así?
Pues estos son los que el C.C. (art.807) declara como herederos forzosos, y para los cuales se ha de respetar la legítima.
Si es tal y como yo he entendido, y los familiares más cercanos que tiene son hermanos o sobrinos, puede hacer testamento y dejar sus bienes a quien le de la gana (las hijas de tu vecina, p.ej.).
El problema estará si no hace testamento, porque entonces el C.C. establece un orden de sucesión intestada, en el que la masa hereditaria se repartirá por partes iguales entre los familiares más próximos del parentesco.
Ante cualquier duda consulta a un Abogado, o en este caso, también te asesorará un Notario.
Un saludo
emarbra@abogadosdeasturias.com