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herencia

1 Comentarios
 
Herencia
28/01/2009 20:27
Tengo un problema con la herencia de mi marido que paso a detallar:
Al fallecer su madre se ha hecho el inventario y asciende a :

BINES INMUEBLES: 1.017.437,35 eur
CUENTAS BANCARIAS: 442.396,54

TOTAL INVENTARIADO: 1.459.833,89 eur

Mi madre tenia testamento en el que decia que legaba a su esposo el usufructo universal y vitalicio de su herencia y lo facultaba para tomar posesión por si mismo de su legado y a su tres hijos a partes iguales.

De manera que el reparto quedaría así


- A MI PADRE:
SU MITAD: 749.460,50 eur
25% USUFRUCTO: 187.365,12 eur

- A CADA UN DE LOS TRES: 187.365,12 eur

Esto supone que tenemos que abonar el impuesto de sucesiones dado que el maximo es de 175000 euros o hay alguna manera para no pagar ese impuesto, que nos dicen que asciende a unos 18.000 euros a pagar cada una.
29/01/2009 17:07
Hay que ver lo que dice exactamente el testamento respecto de tu padre, porque si solo le lega el usufructo, no le correspondería la mitad que señalas en tu pregunta. En la liquidación del impuesto de sucesiones, el programa informático que se utiliza para calcular la liquidación ya calcula el valor del usufructo según la edad del usufructuario y el valor de los bienes, pero el resto de la herencia tendríais que repartirla entre los tres, y entiendo que la cuota a pagar sería mayor, pues no se descontaría la mitad del valor de la herencia por el usufructo de tu padre como has planteado en tu pregunta.

Por otra parte, podeis tratar de rebajar algo el valor de los inmuebles en la autoliquidación, pero eso solo te evita pagar en el momento de presentar la liquidación. Después de esto, la administración puede revisar los valores, y pagarías la diferencia correspondiente (si rebajas muy descaradamente los valores te garantizas una revisión segura de los valores, si la rebaja es pequeña a lo mejor cuela).
La forma de no pagar el impuesto sería no declararlo, pero no sería un método efectivo puesto que os arriesgaríais a que pudiera liquidarlo de oficio la administración con recargos, intereses... (digamos que no es recomendable esta opción).
Espero que pueda servirte de ayuda, un saludo.
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Herencia
28/01/2009 20:27
Tengo un problema con la herencia de mi marido que paso a detallar:
Al fallecer su madre se ha hecho el inventario y asciende a :

BINES INMUEBLES: 1.017.437,35 eur
CUENTAS BANCARIAS: 442.396,54

TOTAL INVENTARIADO: 1.459.833,89 eur

Mi madre tenia testamento en el que decia que legaba a su esposo el usufructo universal y vitalicio de su herencia y lo facultaba para tomar posesión por si mismo de su legado y a su tres hijos a partes iguales.

De manera que el reparto quedaría así


- A MI PADRE:
SU MITAD: 749.460,50 eur
25% USUFRUCTO: 187.365,12 eur

- A CADA UN DE LOS TRES: 187.365,12 eur

Esto supone que tenemos que abonar el impuesto de sucesiones dado que el maximo es de 175000 euros o hay alguna manera para no pagar ese impuesto, que nos dicen que asciende a unos 18.000 euros a pagar cada una.
29/01/2009 17:07
Hay que ver lo que dice exactamente el testamento respecto de tu padre, porque si solo le lega el usufructo, no le correspondería la mitad que señalas en tu pregunta. En la liquidación del impuesto de sucesiones, el programa informático que se utiliza para calcular la liquidación ya calcula el valor del usufructo según la edad del usufructuario y el valor de los bienes, pero el resto de la herencia tendríais que repartirla entre los tres, y entiendo que la cuota a pagar sería mayor, pues no se descontaría la mitad del valor de la herencia por el usufructo de tu padre como has planteado en tu pregunta.

Por otra parte, podeis tratar de rebajar algo el valor de los inmuebles en la autoliquidación, pero eso solo te evita pagar en el momento de presentar la liquidación. Después de esto, la administración puede revisar los valores, y pagarías la diferencia correspondiente (si rebajas muy descaradamente los valores te garantizas una revisión segura de los valores, si la rebaja es pequeña a lo mejor cuela).
La forma de no pagar el impuesto sería no declararlo, pero no sería un método efectivo puesto que os arriesgaríais a que pudiera liquidarlo de oficio la administración con recargos, intereses... (digamos que no es recomendable esta opción).
Espero que pueda servirte de ayuda, un saludo.