Si solo es el piso y no hay dinero a parte está complicado. Pues a la viuda le correspondería la mitad del piso y 1/3 del resto en usufruto, y el otro 50 % a partes iguales para los hijos. Para tramitar la herencia teneis que acudir a una notaria testamentaria, ahi os diran los tramites a seguir y la documentación que necesitais, (certificado de defuncion, certificado de ultimas voluntades...)hay que cambiar las escrituras del piso a nombre de los herederos y pagar el impuesto de sucesiones. Para la pensión tendra que ir la viuda con el certificado de defuncion y libro de familia a una oficina de la seg social y rellenar un impreso de solicitud. Si los niños son menores de edad también les corresponderá la pensión de orfandad.
Puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, eso quiere decir que las deudas se cubren solo con la parte de la herencia, no con los bienes particulares de la viuda. Si están casados en regimen de gananciales, antes de partir la herencia se liquidaría la sociedad de gananciales y le correspondería el 50 % de los bienes comunes que tuviera con su marido. La herencia no tiene que ver nada con la pensión de viudedad, tu amiga seguirá siendo viuda acepte la herencia o no y por lo tanto tendrá derecho a la pensión de viudedad.
ayudarnos hace 4 años el marido de mi amiga se fue de casa ya casa de su madre, pero ni se separaron ni se divorciaron y ella se hizo cargo del pago de los creditos del piso, ahora el ha fallecido y nos hemos enterado que tiene deudas en varios bancos y centro comerciales. que podemos hacer pues ella tiene que seguir pagando el piso y cobra solo 800€ al mes y tiene dos hijos a su cargo . si aceptamos la herencia aceptamos sus deudas y sino aceptamos nos tendremos que ir del piso , y no podriamos arreglar los papeles de viudedad y la verdad ese dinerito la vendria muy bien
por favor ayudarnos , que podemos hacer , que tramites tenemos que seguir gracias