Muchas gracias por contestar. Por lo que entiendo, mi madre tiene el 66% y, como son cuatro hermanos, tiene también el 25% de la legítima estricta. Os lo agradezco.
Sí a mi también me parece que si tiene mejora ha de tener una parte en la legítima corta y por ello debería tener más del 66%, ya que le correspondería el 66% más lo que le corresponda de la legítima estricta o legítima corta
Efectivamente, es el 66% de la herencia. La herencia se divide en tres partes: legítima estricta, tercio de mejora, y tercio de libre disposición. Las dos primeros tercios forman lo que se denomina la legítima larga, 66% de la herencia, que ha de corresponder a los legítimarios (descendientes y en su defecto ascendientes). La legítima corta se divide entre los ligítimarios a partes iguales y el tercio de mejora se puede dejar a uno de los legitimarios o a varios, mejorándolo respecto a los demás. El tercio de libre disposición no queda afecto por lo que se puede dejar a quien se quiera. Lo que no entiendo es como se puede tener de una herencia el tercio de libre disposición y el tercio de mejora puesto que éste tercio forma parte de la legítima y para que legítimamente le pueda tocar a alguien ese alguien debe ser legitimario por lo que también tendrá parte en la legítima corta, con lo cual ya le corresponde más del 66% de la herencia, si le otorgan tercio de mejora y tercio de libre disposición, a lo que hay que añadir lo que le corresponda de la división entre legitimarios de la legítima corta.
¿Me puede explicar alguien qué tanto por ciento significa tener de una herencia el tercio de libre disposición así como el tercio de mejora? ¿ Es el 66 %? Muchísimas gracias.