Aunque sé por experiencia que el INEM si detecta que son padre e hijo a veces manda a la inspección a que inspeccione y a veces hay sorpresas.
Y he dicho a veces, porque es a veces. A veces hay trampa y a veces no la hay.
Y si no hya trampa, entonces sí existe el derecho, porque no en vano si padre e hijo no conviven, el hijo debe estar obligatioriamente encuadrado en el Reg General de la Seguridad Social, y esto es con todas las consecuencias, incluido el paro si surge el derecho teniendo derecho.
Si un autonomo ha contratado a su hijo para trabajar y le ha hecho un contrato por cuenta ajena (ya que el hijo vive independiente) si lo despide ¿¿¿¿¿puede el hijo cobrar el paro?????