Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Homologacion de título de abogado

14 Comentarios
 
Homologacion de título de abogado
27/03/2009 20:14
Soy peruano y tengo el título de abogado de mi país, quisiera por favor me brinden los pasos que tengo que seguir para realizar la homologación de mi título de abogado aqui en barcelona.
Atentamente,
Arturo_2626
27/03/2009 20:20
Acude a la alta insepcción de educación de delegación de gobierno que es el organismo que realiza todo este tipo de trámites.

Un saludo.
29/03/2009 16:18
Soy peruano y tengo el título de abogado de mi país, quisiera por favor me brinden los pasos que tengo que seguir para realizar la homologación de mi título de abogado aqui en barcelona.
Atentamente,
Arturo_2626
29/12/2010 16:30
soy moldava,estoy haciendo homologacion de titulo en España,soy residente,pregunta:si puedo ejercer como abogada en España sin tener nacionalidad,gracias....un cordial saludo
29/12/2010 17:18
Hola.
Para el peruano:

1.- Primero, debes reunir toda la documentación, que puedes hallarla en la página web del Ministerio de Educación, sección Homologación de Títulos Universitarios Extranjeros. Debe venir toda la documentación legalizada con la Apostilla de La Haya (ya comenzó a surtir efectos el Convenio de La Haya para el Perú). Le indico la ruta de la página web del Ministerio para que lo vea usted mismo:
http://www.educacion.es/educacion/universidades/educacion-superior-universitaria/titulos/homologacion-titulos/homologacion-titulos-universitarios.html

Tienes que pagar una tasa de 91 euros.

2.- Debes presentarlos, si estás en Madrid, directamente en el Ministerio de Educación. Si estás en otra ciudad de España, puedes presentarlos en la Subdelegación del Gobierno en la provincia (o en la Delegación del Gobierno, si es una comunidad autónoma uniprovincial), dirígete a la sección que se llama ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN ( si estás en Barcelona, funciona en C/ Bergara 11); ellos se encargan de recibírtelo y remitirlo a Madrid.

3.- Iniciado el procedimiento, te notificarán, luego de algunos meses, con la llamada DILIGENCIA DE AUDIENCIA AL INTERESADO, a la que deberás responder o si no respondes, se entiende que te allanas a lo que dice. Esta resolución contiene ya la propuesta de resolución definitiva, que te dirá, como les dice a todos los que han estudiado Derecho en el extranjero, que deben rendir o bien una prueba de conjunto sobre derecho positivo español o bien cursar y aprobar un curso tutelado sobre derecho positivo español (a tu elección, pero si eliges uno, no podrás elegir lo otro). Luego, te notificarán con la resolución definitiva, dándote el plazo de dos años para que o bien rindas los exámenes o bien curses y apruebes el curso tutelado.

4.- Con la resolución, si eliges la vía de los exámenes, puedes matricularte en cualquier universidad pública española y rendir los exámenes. En esto, debes mirar las convocatorias que se hagan en todas las universidades, los programas de las asignaturas junto con la bibliografía y prepararlas. Por lo general, las convocatorias suelen tener lugar en junio y en septiembre, pero hay universidades que hacen en otros meses también. Eso, tendrás que verlo universidad por universidad.

5.- Cuando hayas rendido y aprobado todos los exámenes (eran 10 hasta donde sé), la última universidad en la que rendiste y aprobaste los últimos exámenes, remite al Ministerio de Educación un acta indicando que has superado la Prueba de Conjunto específica sobre derecho positivo español.

6.- Con el acta anterior, el Ministerio de Educación te expedirá la credencial de homologación, que tendrá los efectos del título en España.

7.- Con esa credencial, si tu interés es ejercer como abogado, deberás previamente solicitar al Ministerio de Justicia que te conceda la dispensa de la nacionalidad para ejercer la abogacía. Esto porque, en principio, en España solo pueden ejercer como abogados los españoles.

8.- Con la credencial más la dispensa de nacionalidad para ejercer la abogacía concedida por el Ministerio de Justicia, puedes ya inscribirte en el Colegio de Abogados que desees. Pero esto solo será posible hasta el 30 de octubre de 2011. A partir del 31 de octubre de 2011, entrará en vigor la Ley de acceso al ejercicio de la abogacía y la procura, que se publicó en el 2006 y se le dio un período de vacación de 5 años. Cuando entre en vigor esa ley, no será suficiente con tener el título de licenciado en Derecho, como hasta ahora, para poder ejercer la abogacía, sino que se tendrá que cursar un máster y luego rendir un examen de Estado, como sucede en otros países europeos. La mencionada ley solo hay buscado adaptarse al modelo universitario sugerido por el Plan Bolonia, pero también homogenizar el acceso a la abogacía en España con los demás países europeos. Esto ha generado y sigue produciendo protestas y descontentos entre estudiantes y profesorado de las facultades de Derecho, pero de momento, es lo que se avecina si no se extendiese el plazo para la entrada en vigor de la mencionada ley.


PARA LA MOLDAVA:
Si usted homologa el título y desea ejercer la abogacía en España, deberá necesariamente solicitar, previamente, la dispensa de nacionalidad para ejercer la abogacía. Este trámite debe hacerlo en el Ministerio de Justicia, aportando la documentación que se le indicará, que puede consultar en la página web del Ministerio de Justicia. Cuando la obtenga, puede usted matricularse en el Colegio de Abogados que estime conveniente y podrá ejercer. Pero tenga en cuenta lo que ya le he dicho al señor peruano: a partir del 31 de octubre del año 2011, no bastará tener el título de licenciado en Derecho para ejercer la abogacía, sino que será necesario, además, cursar un máster y rendir y aprobar un examen de Estado, como es habitual en otros países europeos.

Un cordial saludo y suerte.
04/05/2011 17:05
Exelente explicación

14/03/2013 06:59
Hola,

dos preguntas, ¿el curso tutelado sobre derecho positivo español se puede realizar en cualquier universidad en España o solo en la UNED? Despúes de recibir la DILIGENCIA DE AUDIENCIA AL INTERESADO, ¿es necesario que les avise que vía eligo?

Un cordial saludo.
15/03/2013 15:50
Hola.

La respuesta en la diligencia de AUDIENCIA AL INTERESADO, debe limitarse a decir que se acusa recibo y se está conforme (no tiene sentido presentar alegaciones, ya que hay un informe del Consejo Superior de Coordinación Universitaria, que determina que todos los títulos del ámbito del Derecho deben someterse a prueba de conjunto o a curso tutelado).

En la resolución final, solo le pondrán que la homologación queda condicionada a la superación de la prueba de conjunto o del curso tutelado, sin más. El interesado debe elegir. Pero la acreditación final, debe ser solo de prueba de conjunto o solo de curso tutelado: no cabe hacer parte prueba de conjunto y parte curso tutelado. Por eso, quien elige una vía, no puede ya elegir la otra, ni mucho menos, pretender combinarlas.

Si ha cursado algún máster o cursos de doctorado en alguna rama específica, puede hacerla valer en la universidad donde rinda la prueba o haga el curso tutelado. Si la universidad lo considera suficiente, puede exonerarla de rendir o de cursar esa asignatura en concreto, pero no las demás.

El curso tutelado puede hacerse en cualquier universidad española, pública o privada, que lo ofrezca con esos fines.

Si hace la prueba de conjunto, mucho mejor hacerla en universidades privadas: es más cara, pero tienen más convocatorias y ellas mismas ofrecen el temario y el material de estudio ya desarrollado.

Un cordial saludo.
04/07/2014 19:49
Hola. Me llamo Irene. Tengo titulo de Derecho obtenido en Bulgaria. He depositado todo nesesario en el Ministerio de Educacion de España y ya tengo la respuesta. Lo que me contestan es que tengo que hacer una prueba de aptitud o apuntarme en un curso tutelado sobre Derecho positivo. Lo que pasa es que no entiendo que diferencia hay entere las dosa cosas. Quiero trabajar como abogada o notaria, no he decidido aun y no se que elejir. Me puede decir alquien cual es la diferencia y que te da el uno y el otro? Es que yo estoy acostumbrada estudiar sola en casa asi aprendo mejor igual la prueba me vendra mejor, pero luego para practicar y todo eso.. no se si el curso te da mas practicas, contactos... Grasias
05/07/2014 18:25
Hola:

La diferencia es que en el caso de elegir someterse a la prueba de aptitud (antes llamada "prueba de conjunto"), debe preparar usted, por su cuenta, el examen, a partir del temario que cada universidad le facilite y la bibliografía que se le recomiende y consultar usted misma la legislación vigente en España. Es decir, aquí es la misma persona que deberá procurarse todo el material y estudiar por su cuenta.

En cambio, el curso tutelado, que puede tomarse de forma presencial o a distancia, implica matricularse, cursar las asignaturas, seguir el curso (si es a distancia) o asistir a clases y rendir las pruebas finales de la manera que se hubiera establecido por la normativa académica del curso. Hay diferentes universidades que lo tienen, con métodos de enseñanza y estudio diferentes.

Luego, para ejercer como abogada, debe obtener el título profesional de abogada, para lo cual, es necesario cursar un máster oficial de acceso a la abogacía y luego superar el examen de acceso a la profesión de abogado. Superado ese examen, se expide el título profesional de abogado. Es el sistema que está vigente desde la entrada en vigor de la Ley de acceso a las profesiones de abogado y procurador, que entró en vigor a finales de octubre de 2011.

Un cordial saludo.

23/08/2014 15:59
Hola;

estoy intentando encontrar una universida en Cataluña acreditada para hacer el curso tutelado sobre derecho español. Alguien me podría ayudar e indicar los centros en los que hacen este tipo de cursos?

Muchas gracias.
23/08/2014 19:06
Hola:

1.- La prueba de conjunto la suelen realizar las universidades públicas en dos convocatorias, que se llevan a cabo, por lo general, en los meses de febrero y junio.

2.- La Universitat Autònoma de Barcelona imparte, desde hace algunos años, un curso de Derecho español para juristas extranjeros. Puede informarse en la página web de la Facultad de Derecho de la citada universidad.

3.- Existen también universidades privadas donde puede informarse de si se imparte en ellas el referido curso tutelado:

-Universitat Abat Oliba CEU.

- Universitat Internacional de Catalunya.

- Universitat Ramón Llull (ESADE).

Un cordial saludo.
19/12/2014 19:24
Irene01, como lo tenes al tema de la homologacion? por favor contactame lilifrancoctes@gmail.Com
19/12/2014 19:26
Adriana83 ya homologaste el titulo?
29/01/2017 22:14
Arturo_2626
Hola
Si alguien puede ayudarme dándome información sobre el método de estudio de la universidad UAH para la homologacion del titulo de abogada.

GRACIAS
Homologacion de título de abogado | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Homologacion de título de abogado

14 Comentarios
 
Homologacion de título de abogado
27/03/2009 20:14
Soy peruano y tengo el título de abogado de mi país, quisiera por favor me brinden los pasos que tengo que seguir para realizar la homologación de mi título de abogado aqui en barcelona.
Atentamente,
Arturo_2626
27/03/2009 20:20
Acude a la alta insepcción de educación de delegación de gobierno que es el organismo que realiza todo este tipo de trámites.

Un saludo.
29/03/2009 16:18
Soy peruano y tengo el título de abogado de mi país, quisiera por favor me brinden los pasos que tengo que seguir para realizar la homologación de mi título de abogado aqui en barcelona.
Atentamente,
Arturo_2626
29/12/2010 16:30
soy moldava,estoy haciendo homologacion de titulo en España,soy residente,pregunta:si puedo ejercer como abogada en España sin tener nacionalidad,gracias....un cordial saludo
29/12/2010 17:18
Hola.
Para el peruano:

1.- Primero, debes reunir toda la documentación, que puedes hallarla en la página web del Ministerio de Educación, sección Homologación de Títulos Universitarios Extranjeros. Debe venir toda la documentación legalizada con la Apostilla de La Haya (ya comenzó a surtir efectos el Convenio de La Haya para el Perú). Le indico la ruta de la página web del Ministerio para que lo vea usted mismo:
http://www.educacion.es/educacion/universidades/educacion-superior-universitaria/titulos/homologacion-titulos/homologacion-titulos-universitarios.html

Tienes que pagar una tasa de 91 euros.

2.- Debes presentarlos, si estás en Madrid, directamente en el Ministerio de Educación. Si estás en otra ciudad de España, puedes presentarlos en la Subdelegación del Gobierno en la provincia (o en la Delegación del Gobierno, si es una comunidad autónoma uniprovincial), dirígete a la sección que se llama ALTA INSPECCIÓN DE EDUCACIÓN ( si estás en Barcelona, funciona en C/ Bergara 11); ellos se encargan de recibírtelo y remitirlo a Madrid.

3.- Iniciado el procedimiento, te notificarán, luego de algunos meses, con la llamada DILIGENCIA DE AUDIENCIA AL INTERESADO, a la que deberás responder o si no respondes, se entiende que te allanas a lo que dice. Esta resolución contiene ya la propuesta de resolución definitiva, que te dirá, como les dice a todos los que han estudiado Derecho en el extranjero, que deben rendir o bien una prueba de conjunto sobre derecho positivo español o bien cursar y aprobar un curso tutelado sobre derecho positivo español (a tu elección, pero si eliges uno, no podrás elegir lo otro). Luego, te notificarán con la resolución definitiva, dándote el plazo de dos años para que o bien rindas los exámenes o bien curses y apruebes el curso tutelado.

4.- Con la resolución, si eliges la vía de los exámenes, puedes matricularte en cualquier universidad pública española y rendir los exámenes. En esto, debes mirar las convocatorias que se hagan en todas las universidades, los programas de las asignaturas junto con la bibliografía y prepararlas. Por lo general, las convocatorias suelen tener lugar en junio y en septiembre, pero hay universidades que hacen en otros meses también. Eso, tendrás que verlo universidad por universidad.

5.- Cuando hayas rendido y aprobado todos los exámenes (eran 10 hasta donde sé), la última universidad en la que rendiste y aprobaste los últimos exámenes, remite al Ministerio de Educación un acta indicando que has superado la Prueba de Conjunto específica sobre derecho positivo español.

6.- Con el acta anterior, el Ministerio de Educación te expedirá la credencial de homologación, que tendrá los efectos del título en España.

7.- Con esa credencial, si tu interés es ejercer como abogado, deberás previamente solicitar al Ministerio de Justicia que te conceda la dispensa de la nacionalidad para ejercer la abogacía. Esto porque, en principio, en España solo pueden ejercer como abogados los españoles.

8.- Con la credencial más la dispensa de nacionalidad para ejercer la abogacía concedida por el Ministerio de Justicia, puedes ya inscribirte en el Colegio de Abogados que desees. Pero esto solo será posible hasta el 30 de octubre de 2011. A partir del 31 de octubre de 2011, entrará en vigor la Ley de acceso al ejercicio de la abogacía y la procura, que se publicó en el 2006 y se le dio un período de vacación de 5 años. Cuando entre en vigor esa ley, no será suficiente con tener el título de licenciado en Derecho, como hasta ahora, para poder ejercer la abogacía, sino que se tendrá que cursar un máster y luego rendir un examen de Estado, como sucede en otros países europeos. La mencionada ley solo hay buscado adaptarse al modelo universitario sugerido por el Plan Bolonia, pero también homogenizar el acceso a la abogacía en España con los demás países europeos. Esto ha generado y sigue produciendo protestas y descontentos entre estudiantes y profesorado de las facultades de Derecho, pero de momento, es lo que se avecina si no se extendiese el plazo para la entrada en vigor de la mencionada ley.


PARA LA MOLDAVA:
Si usted homologa el título y desea ejercer la abogacía en España, deberá necesariamente solicitar, previamente, la dispensa de nacionalidad para ejercer la abogacía. Este trámite debe hacerlo en el Ministerio de Justicia, aportando la documentación que se le indicará, que puede consultar en la página web del Ministerio de Justicia. Cuando la obtenga, puede usted matricularse en el Colegio de Abogados que estime conveniente y podrá ejercer. Pero tenga en cuenta lo que ya le he dicho al señor peruano: a partir del 31 de octubre del año 2011, no bastará tener el título de licenciado en Derecho para ejercer la abogacía, sino que será necesario, además, cursar un máster y rendir y aprobar un examen de Estado, como es habitual en otros países europeos.

Un cordial saludo y suerte.
04/05/2011 17:05
Exelente explicación

14/03/2013 06:59
Hola,

dos preguntas, ¿el curso tutelado sobre derecho positivo español se puede realizar en cualquier universidad en España o solo en la UNED? Despúes de recibir la DILIGENCIA DE AUDIENCIA AL INTERESADO, ¿es necesario que les avise que vía eligo?

Un cordial saludo.
15/03/2013 15:50
Hola.

La respuesta en la diligencia de AUDIENCIA AL INTERESADO, debe limitarse a decir que se acusa recibo y se está conforme (no tiene sentido presentar alegaciones, ya que hay un informe del Consejo Superior de Coordinación Universitaria, que determina que todos los títulos del ámbito del Derecho deben someterse a prueba de conjunto o a curso tutelado).

En la resolución final, solo le pondrán que la homologación queda condicionada a la superación de la prueba de conjunto o del curso tutelado, sin más. El interesado debe elegir. Pero la acreditación final, debe ser solo de prueba de conjunto o solo de curso tutelado: no cabe hacer parte prueba de conjunto y parte curso tutelado. Por eso, quien elige una vía, no puede ya elegir la otra, ni mucho menos, pretender combinarlas.

Si ha cursado algún máster o cursos de doctorado en alguna rama específica, puede hacerla valer en la universidad donde rinda la prueba o haga el curso tutelado. Si la universidad lo considera suficiente, puede exonerarla de rendir o de cursar esa asignatura en concreto, pero no las demás.

El curso tutelado puede hacerse en cualquier universidad española, pública o privada, que lo ofrezca con esos fines.

Si hace la prueba de conjunto, mucho mejor hacerla en universidades privadas: es más cara, pero tienen más convocatorias y ellas mismas ofrecen el temario y el material de estudio ya desarrollado.

Un cordial saludo.
04/07/2014 19:49
Hola. Me llamo Irene. Tengo titulo de Derecho obtenido en Bulgaria. He depositado todo nesesario en el Ministerio de Educacion de España y ya tengo la respuesta. Lo que me contestan es que tengo que hacer una prueba de aptitud o apuntarme en un curso tutelado sobre Derecho positivo. Lo que pasa es que no entiendo que diferencia hay entere las dosa cosas. Quiero trabajar como abogada o notaria, no he decidido aun y no se que elejir. Me puede decir alquien cual es la diferencia y que te da el uno y el otro? Es que yo estoy acostumbrada estudiar sola en casa asi aprendo mejor igual la prueba me vendra mejor, pero luego para practicar y todo eso.. no se si el curso te da mas practicas, contactos... Grasias
05/07/2014 18:25
Hola:

La diferencia es que en el caso de elegir someterse a la prueba de aptitud (antes llamada "prueba de conjunto"), debe preparar usted, por su cuenta, el examen, a partir del temario que cada universidad le facilite y la bibliografía que se le recomiende y consultar usted misma la legislación vigente en España. Es decir, aquí es la misma persona que deberá procurarse todo el material y estudiar por su cuenta.

En cambio, el curso tutelado, que puede tomarse de forma presencial o a distancia, implica matricularse, cursar las asignaturas, seguir el curso (si es a distancia) o asistir a clases y rendir las pruebas finales de la manera que se hubiera establecido por la normativa académica del curso. Hay diferentes universidades que lo tienen, con métodos de enseñanza y estudio diferentes.

Luego, para ejercer como abogada, debe obtener el título profesional de abogada, para lo cual, es necesario cursar un máster oficial de acceso a la abogacía y luego superar el examen de acceso a la profesión de abogado. Superado ese examen, se expide el título profesional de abogado. Es el sistema que está vigente desde la entrada en vigor de la Ley de acceso a las profesiones de abogado y procurador, que entró en vigor a finales de octubre de 2011.

Un cordial saludo.

23/08/2014 15:59
Hola;

estoy intentando encontrar una universida en Cataluña acreditada para hacer el curso tutelado sobre derecho español. Alguien me podría ayudar e indicar los centros en los que hacen este tipo de cursos?

Muchas gracias.
23/08/2014 19:06
Hola:

1.- La prueba de conjunto la suelen realizar las universidades públicas en dos convocatorias, que se llevan a cabo, por lo general, en los meses de febrero y junio.

2.- La Universitat Autònoma de Barcelona imparte, desde hace algunos años, un curso de Derecho español para juristas extranjeros. Puede informarse en la página web de la Facultad de Derecho de la citada universidad.

3.- Existen también universidades privadas donde puede informarse de si se imparte en ellas el referido curso tutelado:

-Universitat Abat Oliba CEU.

- Universitat Internacional de Catalunya.

- Universitat Ramón Llull (ESADE).

Un cordial saludo.
19/12/2014 19:24
Irene01, como lo tenes al tema de la homologacion? por favor contactame lilifrancoctes@gmail.Com
19/12/2014 19:26
Adriana83 ya homologaste el titulo?
29/01/2017 22:14
Arturo_2626
Hola
Si alguien puede ayudarme dándome información sobre el método de estudio de la universidad UAH para la homologacion del titulo de abogada.

GRACIAS