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horario de trabjo y uniformes

2 Comentarios
 
12/11/2003 19:55
Además de lo que se expone en la anterior respuesta, a pesar de que no le deje todo bien claro en el Estatuto, en materia sobre el vestuario dentro del trabajo, hay que añadir que te deberías dirigir a algunos convenios del sector y a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se establece que si te tienes que cambiar en el puesto de trabajo, la empresa debe disponerte de un vestuario con taquillas para ello, además, y dependiendo del tipo de actividad, también será obligatorio el disponer de unas duchas. Si la empresa no dispone del dicho vestuario, yo entendería por sentido común que debería ir ya cambiado.
Por lo que dices que si a las 7 tienes que estar en el centro de trabajo o ya cambiada para iniciar la actividad, dependiendo de si tanto el contrato de trabajo o los convenios establecen que si tienes un periodo de tiempo para cambiarte de ropa, coincido con ROC en que a las 7 deberías estar cambiada y preparada para iniciar la actividad. Aunque en la práctica, no se suele empezar siempre a en punto....
Bueno, espero haberte ayudado....

Nos vemos!
12/11/2003 18:55
El E.T. que no es el famoso extra-terrestre de Spilberg, sino el Real Decreto legislativo 1/1995 de 24 de marzo, vulgarmente conocido como Estatuto de los Trabajadores,en su sección 5ª,art.34,habla de la jornada de trabajo.
En este caso lo que te interesan son los números 2 y 5 del mencionado artículo.
El nº 2 habla de la distribución de lajornada mediante acuerdo con los representates de los trabajadores. Y el nº 5 dice que;"El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo"
Esto quiere decir, a mi juicio,que si has de desempeñar tu trabajo(iniciar la tarea diaria) con una indumentaria específica, y salvo que tengais algun acuerdo concreto al respecto,si la jornada comienza a las 7, a las 7 hay que estar uniformado y listo para comenzar.
Horario de trabjo y uniformes
12/11/2003 17:52
Hola a todos:

Tengo una duda y es: Cuando se trabaja en una empresa que se va uniformado y la entrada es a las 7 de la mañana, hay que entrar a las 7 ya uniformado? o se entra a las 7 y es a partir de esa hora cuando se tiene uno que cambiar? Hay algun articulo o ley que estipule esto?
Muchas gracias por todo de antemano
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Además de lo que se expone en la anterior respuesta, a pesar de que no le deje todo bien claro en el Estatuto, en materia sobre el vestuario dentro del trabajo, hay que añadir que te deberías dirigir a algunos convenios del sector y a la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, por la que se establece que si te tienes que cambiar en el puesto de trabajo, la empresa debe disponerte de un vestuario con taquillas para ello, además, y dependiendo del tipo de actividad, también será obligatorio el disponer de unas duchas. Si la empresa no dispone del dicho vestuario, yo entendería por sentido común que debería ir ya cambiado.
Por lo que dices que si a las 7 tienes que estar en el centro de trabajo o ya cambiada para iniciar la actividad, dependiendo de si tanto el contrato de trabajo o los convenios establecen que si tienes un periodo de tiempo para cambiarte de ropa, coincido con ROC en que a las 7 deberías estar cambiada y preparada para iniciar la actividad. Aunque en la práctica, no se suele empezar siempre a en punto....
Bueno, espero haberte ayudado....

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El E.T. que no es el famoso extra-terrestre de Spilberg, sino el Real Decreto legislativo 1/1995 de 24 de marzo, vulgarmente conocido como Estatuto de los Trabajadores,en su sección 5ª,art.34,habla de la jornada de trabajo.
En este caso lo que te interesan son los números 2 y 5 del mencionado artículo.
El nº 2 habla de la distribución de lajornada mediante acuerdo con los representates de los trabajadores. Y el nº 5 dice que;"El tiempo de trabajo se computará de modo que tanto al comienzo como al final de la jornada diaria el trabajador se encuentre en su puesto de trabajo"
Esto quiere decir, a mi juicio,que si has de desempeñar tu trabajo(iniciar la tarea diaria) con una indumentaria específica, y salvo que tengais algun acuerdo concreto al respecto,si la jornada comienza a las 7, a las 7 hay que estar uniformado y listo para comenzar.
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12/11/2003 17:52
Hola a todos:

Tengo una duda y es: Cuando se trabaja en una empresa que se va uniformado y la entrada es a las 7 de la mañana, hay que entrar a las 7 ya uniformado? o se entra a las 7 y es a partir de esa hora cuando se tiene uno que cambiar? Hay algun articulo o ley que estipule esto?
Muchas gracias por todo de antemano