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Horarios en erte de media jornada

1 Comentarios
 
Horarios en erte de media jornada
06/05/2021 11:03
buenas, mi pregunta es la siguiente:
Tengo contrato fijo y ahora estoy a media jornada dentro de un erte, trabajo 4 horas por la mañana de 07:30 a 09:30 y de 13:30 a 15:30, de lunes a viernes, todo fue hablado con la empresa, quieren que trabaje el sabado 8 horas, y me dan descanso entre semana para que la suma total de horas sean las 20 horas, es legal ?, tambien me hacen trabajar alguna vez entre semana como una jornada completa, y me dicen lo mismo, que son 20 horas semanales, supuestamente yo estaría asegurado 4 horas, esto que hacen se puede hacer.
Al final en la nomina todo es igual.
06/05/2021 16:44
Arcangel75
Si está a media jornada de trabajo y la otra media en Erte deben limitarse al horario laboral que tendrían antes del ERTEel resto de combinaciones o cambios de horario deben ser aceptados por usted y si no sería una imposición por lo que sería una modif Sust de las condiciones laborales (art 41 ET), a esto, si no está de acuerdo, puede usted responder con el (art 41.3 ET)
Horarios en erte de media jornada | PorticoLegal
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Horarios en erte de media jornada

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Horarios en erte de media jornada
06/05/2021 11:03
buenas, mi pregunta es la siguiente:
Tengo contrato fijo y ahora estoy a media jornada dentro de un erte, trabajo 4 horas por la mañana de 07:30 a 09:30 y de 13:30 a 15:30, de lunes a viernes, todo fue hablado con la empresa, quieren que trabaje el sabado 8 horas, y me dan descanso entre semana para que la suma total de horas sean las 20 horas, es legal ?, tambien me hacen trabajar alguna vez entre semana como una jornada completa, y me dicen lo mismo, que son 20 horas semanales, supuestamente yo estaría asegurado 4 horas, esto que hacen se puede hacer.
Al final en la nomina todo es igual.
06/05/2021 16:44
Arcangel75
Si está a media jornada de trabajo y la otra media en Erte deben limitarse al horario laboral que tendrían antes del ERTEel resto de combinaciones o cambios de horario deben ser aceptados por usted y si no sería una imposición por lo que sería una modif Sust de las condiciones laborales (art 41 ET), a esto, si no está de acuerdo, puede usted responder con el (art 41.3 ET)