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Horas de contrato cambiantes

6 Comentarios
 
Horas de contrato cambiantes
08/09/2020 14:18
Buenos días,
Mi empresa está haciendo un ERTE y está haciendo una práctica extraña que no sé si es legal o no.

Resulta que está subiendo o bajando las horas de contrato de personas y luego a final de mes hace una media, y eso es lo que sube a la seguridad social.

Por ejemplo, con alguien de 40h de contrato, una semana la tiene a 20h, otra a 40h, otra a 30h y la última a 20h. Luego hace la media de 20304020 y esa cifra es la que sube a final de mes a la s.s. , con lo cual no sube semanalmente esos cambios de altas y bajas.

¿Esto está bien hecho?

Mil gracias.
08/09/2020 14:57
No entiendo eso de "esos cambios de altas y bajas", verá la jornada debe venir reflejada en el cto, si jornada completa, (40 h/sem) y si jornada parcial el CTO debe indicar la parcialidad de éste sea el porcentaje que sea y esa es la jornada que deberá hacer, no se puede ir fluctuando una semana x h y la otra y h, existe una jornada irregular que la empresa puede utilizar como mejor le convenga pero si su cto, por ej, es de 40 h y esa sermana no llega a esas 40 h, podrá en la SS semana recuperar los horas echadas de menos pero a final de mes tiene que cobrar por la jornada de cto, (esas 40 h), las haya echo o no, ese ya es problema de la empresa por cumplir su cometido que es la organización del trabajo. El trabajador tiene que tener un salario estable y no estar a capricho de que la empresa le ofrezca trabajar una semana x h y la SS y h, si su cto es de 40 h/sem, es un trabajador a jornada completa y debe ser retribuido por esa jornada
Por otra parte, dice que le cambien el cto cada semana, dudo mucho que esto pueda ser así, los ctos debe firmarlos el trabajador
08/09/2020 16:00
Buenas tardes,

Si la empresa solicitó un ErTE, os habrá comunicado qué porcentaje de jornada reduce a cada uno. Esto de la comunicación escrita ES OBLIGATORIO.

Si trabajas 40 horas semanales antes del ERTe, pero te han puesto una reducción de jornada del 50% por ejemplo, como mucho harás 80 horas en un mes (aprox).
Esas 80, podrán ser distribuidas de la manera que la empresa quiera, pero sin pasarse de esas 80, ni un minuto más.

Otra cosa que es SAGRADA durante un ERTe son los fichajes, ahí sería interesante ver cuántas horas habéis hecho desde el principio del ERTe, y cuántas correspondían en realidad.
Pongamos que has estado 4 meses de ErTE, corresponderían unas 320 horas aprox. Si en el fichaje tienes 380, el jefe tiene que darte libres 60 horas antes de sacarte del ERTe. Y tiene que ser así porque durante un ERTe están prohibidas las "horas extra" o contratar personal para cubrir el trabajo de los que están en ErTE.

No lo digo yo... Lo dice la inspección de trabajo que se ha pasado por la empresa de alguien que conozco, y tenía un jefe un poco jeta.
08/09/2020 16:45
Muchas gracias por las respuestas.

Lo que decía es que si es legal que una empresa en ERTE puede hacer tantas modificaciones semanales de tus horas de contrato.
La empresa les da a firmar a cada trabajador la reducción o subida que tiene cada semana y este lo firma, pero no lo comunica a la seguridad social,hasta final de mes, que coge las 4 semanas y hace una media de todas esas jornadas y eso es lo que entrega al organismo. Avisa a cada trabajador un día o dos antes, por lo que el trabajador casi no puede conciliar vida familiar.
08/09/2020 18:37
jessperry
Ok, se me había pasado 1que era un ERTE, bien pues con más razón, si su CTO era al 100 % y le meten en un ERTE de reducción de jornada, por ej al 50 %, usted tendrá que hacer la mitad de la jornada pero a pesar de la posible jornada irregular no pueden jugar con los trabajadores y si tiene una reducción al 50 % tendrá que trabajar 4 horas diarias,como usted bien dice para la conciliación de la vida laboral y familiar y que se dejen de tocar las p...a los trabajadores, que se merecen un respeto.
08/09/2020 18:40
Cuando les notifique un cambio con dos días de aviso ustedes les dicen que al día SS irán a su turno y jornada preestablecido y sino que le de ese cambio por escrito que a la inspección de trabajo les molan mucho esos escritos y punto, hasta ahí debe llegar la conversación entre empleado y empleador.
08/09/2020 23:38
jessperry
Solo por complementar mi respuesta anterior, cualquier cosa que te mande hacer por encima de la jornada que marque el ERTE, si es por escrito mucho mejor... Más prueba para la inspección.

Te vas a la inspección, le das esos papelitos y les dices " oiga que yo he trabajado X horas pese a tener un erte de reduccion de un X %". Ya repartirá el inspector candela, y de paso tomarán las medidas para que la seg social cobre y a vosotros o se os pague o se os compense en tiempo.
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Horas de contrato cambiantes
08/09/2020 14:18
Buenos días,
Mi empresa está haciendo un ERTE y está haciendo una práctica extraña que no sé si es legal o no.

Resulta que está subiendo o bajando las horas de contrato de personas y luego a final de mes hace una media, y eso es lo que sube a la seguridad social.

Por ejemplo, con alguien de 40h de contrato, una semana la tiene a 20h, otra a 40h, otra a 30h y la última a 20h. Luego hace la media de 20304020 y esa cifra es la que sube a final de mes a la s.s. , con lo cual no sube semanalmente esos cambios de altas y bajas.

¿Esto está bien hecho?

Mil gracias.
08/09/2020 14:57
No entiendo eso de "esos cambios de altas y bajas", verá la jornada debe venir reflejada en el cto, si jornada completa, (40 h/sem) y si jornada parcial el CTO debe indicar la parcialidad de éste sea el porcentaje que sea y esa es la jornada que deberá hacer, no se puede ir fluctuando una semana x h y la otra y h, existe una jornada irregular que la empresa puede utilizar como mejor le convenga pero si su cto, por ej, es de 40 h y esa sermana no llega a esas 40 h, podrá en la SS semana recuperar los horas echadas de menos pero a final de mes tiene que cobrar por la jornada de cto, (esas 40 h), las haya echo o no, ese ya es problema de la empresa por cumplir su cometido que es la organización del trabajo. El trabajador tiene que tener un salario estable y no estar a capricho de que la empresa le ofrezca trabajar una semana x h y la SS y h, si su cto es de 40 h/sem, es un trabajador a jornada completa y debe ser retribuido por esa jornada
Por otra parte, dice que le cambien el cto cada semana, dudo mucho que esto pueda ser así, los ctos debe firmarlos el trabajador
08/09/2020 16:00
Buenas tardes,

Si la empresa solicitó un ErTE, os habrá comunicado qué porcentaje de jornada reduce a cada uno. Esto de la comunicación escrita ES OBLIGATORIO.

Si trabajas 40 horas semanales antes del ERTe, pero te han puesto una reducción de jornada del 50% por ejemplo, como mucho harás 80 horas en un mes (aprox).
Esas 80, podrán ser distribuidas de la manera que la empresa quiera, pero sin pasarse de esas 80, ni un minuto más.

Otra cosa que es SAGRADA durante un ERTe son los fichajes, ahí sería interesante ver cuántas horas habéis hecho desde el principio del ERTe, y cuántas correspondían en realidad.
Pongamos que has estado 4 meses de ErTE, corresponderían unas 320 horas aprox. Si en el fichaje tienes 380, el jefe tiene que darte libres 60 horas antes de sacarte del ERTe. Y tiene que ser así porque durante un ERTe están prohibidas las "horas extra" o contratar personal para cubrir el trabajo de los que están en ErTE.

No lo digo yo... Lo dice la inspección de trabajo que se ha pasado por la empresa de alguien que conozco, y tenía un jefe un poco jeta.
08/09/2020 16:45
Muchas gracias por las respuestas.

Lo que decía es que si es legal que una empresa en ERTE puede hacer tantas modificaciones semanales de tus horas de contrato.
La empresa les da a firmar a cada trabajador la reducción o subida que tiene cada semana y este lo firma, pero no lo comunica a la seguridad social,hasta final de mes, que coge las 4 semanas y hace una media de todas esas jornadas y eso es lo que entrega al organismo. Avisa a cada trabajador un día o dos antes, por lo que el trabajador casi no puede conciliar vida familiar.
08/09/2020 18:37
jessperry
Ok, se me había pasado 1que era un ERTE, bien pues con más razón, si su CTO era al 100 % y le meten en un ERTE de reducción de jornada, por ej al 50 %, usted tendrá que hacer la mitad de la jornada pero a pesar de la posible jornada irregular no pueden jugar con los trabajadores y si tiene una reducción al 50 % tendrá que trabajar 4 horas diarias,como usted bien dice para la conciliación de la vida laboral y familiar y que se dejen de tocar las p...a los trabajadores, que se merecen un respeto.
08/09/2020 18:40
Cuando les notifique un cambio con dos días de aviso ustedes les dicen que al día SS irán a su turno y jornada preestablecido y sino que le de ese cambio por escrito que a la inspección de trabajo les molan mucho esos escritos y punto, hasta ahí debe llegar la conversación entre empleado y empleador.
08/09/2020 23:38
jessperry
Solo por complementar mi respuesta anterior, cualquier cosa que te mande hacer por encima de la jornada que marque el ERTE, si es por escrito mucho mejor... Más prueba para la inspección.

Te vas a la inspección, le das esos papelitos y les dices " oiga que yo he trabajado X horas pese a tener un erte de reduccion de un X %". Ya repartirá el inspector candela, y de paso tomarán las medidas para que la seg social cobre y a vosotros o se os pague o se os compense en tiempo.