Estoy embarazada de 4 meses y tengo q acudir al ginecologo y aqui la unica posibilidad es por la tarde, que es cuando tengo mi turno en mi puesto de trabajo.
Ayer mi jefa me comunicó que tengo 18 horas anuales para acudir al medico, y yo querria saber hasta q punto es cierto esto.
Ademas me quieren dar un dia entero por acudir al medico y supongo q eso me lo quitaran de dichas horas, es legal??
Si son simples visitas al ginecólogo, y tu jefa dice que hay ese límite de 18 horas anuales, me temo que venga ese límite reflejado en el convenio que os es de aplicación, límite que por otra parte es una mejora con respecto al Estatuto de los Trabajadores, el cual no prevee ningún permiso retribuido para la visita a médicos.
Ese límite lo puedes comprobar leyendo tu convenio.
En algún caso podría servirte este apartado del Artículo 37 del estatuto de los trabajadores, si haces clases preparatorias del parto.
En cuanto a tener que coger la jornada completa, no tendría porque ser así, ya que ese permiso que presuntamente da tu convenio colectivo sería para la propia visita al médico, no para coger la jornada completa.
Art. 37 3. El trabajador, previo aviso y justificación, podrá ausentarse del trabajo, con derecho a remuneración, por alguno de los motivos y por el tiempo siguiente:
6. Por el tiempo indispensable para la realización de exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto que deban realizarse dentro de la jornada de trabajo.