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Horas extraordinarias

2 Comentarios
 
Horas extraordinarias
01/03/2003 12:58
Hola. Se me da un caso, que creo es muy facil, pero que me ha llevado a una confusion con otra persona.

Mi pregunta es: en un contrato a tiempo parcial del 50 % de la jornada habitual, este trabajador realiza 10 horas mas en el mes. Las debo considerar como horas extraordinarias?
yo siempre he pensado que no lo son porque no superan la jornada maxima ordinaria. Es mas creo que en contratos parciales no se pueden realizar horas extraordinarias; sin embargo el convenio colectivo que le afecta, habla del tope de horas extraordinarias al año en funcion de la jornada que tengan en contrato.
Como veis tengo un cacao muy grande en la cabeza, y no tengo forma de documentarlo con la respuesta adecuada.
Saludos y gracias-.
01/03/2003 19:29
Con la normativa actual (art.12.4 c del E.T.) no se pueden hacer horas extras salvo daños extraordinarios o temas de prevención. Si a la empresa se le queda corta la jornada puede intentar aumentar el contrato o pactar las horas complementarias. Lo de la mención en el convenio quizás viene de atrás cuando en legislaciones anteriores (tan cambiantes en el tema de contratos a tiempo parcial) sí se permitía.
03/03/2003 12:50
Poco más se puede añadir a la contestación concreta y concisa de pang. Acaso comentar las horas complementarias:

- el pacto puede acordarse en el momento del contrato o posteriormente.

- el numero de horas complementarias no puede superar el 15% de las horas ordinarias del contrato, si bien en convenio colectivo puede elevarse ese porcentaje hasta el 60%. La suma de unas y otras debe ser inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo.

- la distribución y la forma de las horas complementarias debe respetar lo establecido en convenio y si no establece nada al respecto el trabajador debe conocer con 7 días de antelación el día y la hora de realización de las horas complementarias.

- las horas complementarias se abonan como las ordinarias y deben constar en la nómina y documentos de cotizacion.
Saludos.
Horas extraordinarias | PorticoLegal
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01/03/2003 12:58
Hola. Se me da un caso, que creo es muy facil, pero que me ha llevado a una confusion con otra persona.

Mi pregunta es: en un contrato a tiempo parcial del 50 % de la jornada habitual, este trabajador realiza 10 horas mas en el mes. Las debo considerar como horas extraordinarias?
yo siempre he pensado que no lo son porque no superan la jornada maxima ordinaria. Es mas creo que en contratos parciales no se pueden realizar horas extraordinarias; sin embargo el convenio colectivo que le afecta, habla del tope de horas extraordinarias al año en funcion de la jornada que tengan en contrato.
Como veis tengo un cacao muy grande en la cabeza, y no tengo forma de documentarlo con la respuesta adecuada.
Saludos y gracias-.
01/03/2003 19:29
Con la normativa actual (art.12.4 c del E.T.) no se pueden hacer horas extras salvo daños extraordinarios o temas de prevención. Si a la empresa se le queda corta la jornada puede intentar aumentar el contrato o pactar las horas complementarias. Lo de la mención en el convenio quizás viene de atrás cuando en legislaciones anteriores (tan cambiantes en el tema de contratos a tiempo parcial) sí se permitía.
03/03/2003 12:50
Poco más se puede añadir a la contestación concreta y concisa de pang. Acaso comentar las horas complementarias:

- el pacto puede acordarse en el momento del contrato o posteriormente.

- el numero de horas complementarias no puede superar el 15% de las horas ordinarias del contrato, si bien en convenio colectivo puede elevarse ese porcentaje hasta el 60%. La suma de unas y otras debe ser inferior a la jornada de un trabajador a tiempo completo.

- la distribución y la forma de las horas complementarias debe respetar lo establecido en convenio y si no establece nada al respecto el trabajador debe conocer con 7 días de antelación el día y la hora de realización de las horas complementarias.

- las horas complementarias se abonan como las ordinarias y deben constar en la nómina y documentos de cotizacion.
Saludos.