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horas extras portería

4 Comentarios
 
Horas extras portería
01/10/2010 00:36
se puede negar un vecino a que le repercutan las horas extras del portero que solo interesan a algunos vecinos y a empresas de la finca?
Bastaría con un escrito al Administrador para que no le incluya en ese servicio que considera no necesario.
Alguna referencia legal o jurisprudencia
saludos cordiales
01/10/2010 11:01
¿Ese acuerdo fue aprobado en Junta? Si es afirmativo, tiene 30 días desde la comunicación para oponerser a el, si su voto fue negativo o no asisitió a la reunión.
01/10/2010 18:19
Gracias Talid. Entiendo por ello que solo introduciendolo como punto del orden del día de la proxima juta se puede uno oponer. Y si todos los presentes y ausentes (por omisión o delegación) aceptasen, menos uno que no quiere esa situación y que casi siempre está fuera y no utiliza el servicio. ¿tendría que seguir pagando o deberían no repercutirle ese gasto? Muchas gracias por tu orientación.
04/10/2010 12:34
Si se niega pero está aprobado en la Junta, pida que se especifque en Acta su nombre y la oposición. Si el aumento de cuota para este nuevo servicio fuese superior al importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, no viene obligado a pagarlo. En caso contrario (que sería lo más normal...), si no excede, debe pagarlo.
04/10/2010 15:48
Muchisimas gracias. Voy a tomar tres mensualidades ordinarias de gastos comunes. Y ver si el aumento de cuota por horas extraordinarias es superior. Supongo que no es fácil. En gastos comunes añaden reparaciones de ascensor, luz de escalera y portal, gastos de administración. Es decir si el salario es mas menos 1200 e. los gastos añadidos son muchos.
saludos cordiales.
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Horas extras portería
01/10/2010 00:36
se puede negar un vecino a que le repercutan las horas extras del portero que solo interesan a algunos vecinos y a empresas de la finca?
Bastaría con un escrito al Administrador para que no le incluya en ese servicio que considera no necesario.
Alguna referencia legal o jurisprudencia
saludos cordiales
01/10/2010 11:01
¿Ese acuerdo fue aprobado en Junta? Si es afirmativo, tiene 30 días desde la comunicación para oponerser a el, si su voto fue negativo o no asisitió a la reunión.
01/10/2010 18:19
Gracias Talid. Entiendo por ello que solo introduciendolo como punto del orden del día de la proxima juta se puede uno oponer. Y si todos los presentes y ausentes (por omisión o delegación) aceptasen, menos uno que no quiere esa situación y que casi siempre está fuera y no utiliza el servicio. ¿tendría que seguir pagando o deberían no repercutirle ese gasto? Muchas gracias por tu orientación.
04/10/2010 12:34
Si se niega pero está aprobado en la Junta, pida que se especifque en Acta su nombre y la oposición. Si el aumento de cuota para este nuevo servicio fuese superior al importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, no viene obligado a pagarlo. En caso contrario (que sería lo más normal...), si no excede, debe pagarlo.
04/10/2010 15:48
Muchisimas gracias. Voy a tomar tres mensualidades ordinarias de gastos comunes. Y ver si el aumento de cuota por horas extraordinarias es superior. Supongo que no es fácil. En gastos comunes añaden reparaciones de ascensor, luz de escalera y portal, gastos de administración. Es decir si el salario es mas menos 1200 e. los gastos añadidos son muchos.
saludos cordiales.