a) Velar por el buen régimen de la casa, sus instalaciones y servicios, y hacer a estos efectos las oportunas advertencias y apercibimientos a los titulares. b) Preparar con la debida antelación y someter a la Junta el plan de gastos previsibles, proponiendo los medios necesarios para hacer frente a los mismos. c) Atender a la conservación y entretenimiento de la casa, disponiendo las reparaciones y medidas que resulten urgentes, dando inmediata cuenta de ellas al presidente o, en su caso, a los propietarios. d) Ejecutar los acuerdos adoptados en materia de obras y efectuar los pagos y realizar los cobros que sean procedentes. e) Actuar, en su caso, como secretario de la Junta y custodiar a disposición de los titulares la documentación de la comunidad. f) Todas las demás atribuciones que se confieran por la Junta.
tengo humedades en mi vivienda que vienen de zonas comunitarias como es la pared del edificio, le he enviado una carta al administrador comunicándolo y requiriéndole para que realice las acciones que le correspondan o a las que esté obligado y para que contacte con la constructora y les de parte de ello; y me dice que la carta he de dirigirla al presidente o la comunidad, que él no debe de ser el destinatario de ella porque nada puede hacer si no se lo ordena la presidenta o la comunidad decidido en junta. ¿es cierto?¿cómo he de proceder?¿tiene obligación de recogerme la carta y firmarme recibido y tiene obligación de hacer algo aunque nadie se lo mande?. Gracias